Al no haberse podido celebrar el levantamiento
de las Actas Previas a la Ocupación, relativas al
citado proyecto el día 6 de Abril de 2004, en el
término municipal de Aldealengua de Pedraza, tal
y como figuraba en el edicto de ésta Confederación
Hidrográfica del Duero de fecha 12 de marzo de
2004, al darse la circunstancia prevista en el art. 57.1
del Reglamento de Expropiación Forzosa de 26 de
Abril de 1957, y en cumplimiento de lo previsto
al efecto del mismo; y, teniendo en consideración,
por una parte que se ha dado cumplimiento a lo
establecido en el artículo 52.1 y 2 de la Ley de
Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de 1954,
y por otra parte, que la Secretaría de Estado de
Aguas y Costas del Ministerio de Medio Ambiente,
con fecha 12 de Diciembre de 2003 aprobó el
proyecto: "Comunidad de Villa y Tierra de Pedraza.
Abastecimiento Comarcal. Presa del río Ceguilla",
al que resulta de directa aplicación, el art. 118 de
la Ley 53/2002, de 30 de Diciembre, de medidas
fiscales, administrativas y del orden social (B.O.E.
n.o 313), motivo por el cual dicha obra lleva implícita
la declaración de utilidad pública, interés general,
y necesidad de ocupación así como la urgencia a
los efectos de ocupación de los bienes y derechos
afectados, conforme el art. 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa; en consecuencia, esta
Confederación Hidrográfica del Duero, en uso de las facultades
que le confiere el artículo 98 de la vigente Ley
de Expropiación Forzosa de 16 de Diciembre de
1.954, y en cumplimiento de lo dispuesto en la
reglas 2.a y 3.a de su artículo 52, ha resuelto
convocar, en segunda convocatoria, a los titulares de
determinados bienes y derechos afectados por el
mencionado proyecto, de acuerdo con los Edictos
publicados en el Boletín Oficial del Estado, Boletín
Oficial de la Provincia de Segovia, en los periódicos
"El Adelantado de Segovia", "El Norte de Castilla.
Edición Segovia" y expuestos, con relación de
titulares de los bienes y derechos, en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Aldealengua de Pedraza,
donde radican los bienes y derechos afectados y
en las oficinas de Aguas del Duero, S.A. (C/ Duque
de la Victoria, n.o 20-1.o; 47001 Valladolid); en su
calidad de Sociedad Estatal gestora de las
mencio
nadas obras; para que, sin perjuicio de trasladarse
al lugar de las fincas, si se considerase necesario,
asistan al levantamiento de las correspondientes
Actas Previas a la Ocupación en el lugar, fecha
y horas que a continuación se indican:
Lugar: Ayuntamiento Aldealengua de Pedraza.
Fecha: 10 de mayo de 2004. Horas: De diez a
catorce.
A dichos actos, a los que deberán asistir el
Representante de la Confederación Hidrográfica del
Duero y el Perito de la Sociedad Estatal Aguas del
Duero, S. A., así como el Alcalde del Ayuntamiento
de Aldealengua de Pedraza o Concejal en quien
delegue; deberán asimismo, comparecer, los
interesados afectados personalmente o bien
representados por persona provista de poder notarial,
identificándose mediante la presentación de su D.N.I.
y aportando los documentos acreditativos de su
titularidad y el último recibo del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles que corresponda al bien afectado,
pudiendo hacerse acompañar, si así lo desean, de un
Notario y Peritos, con gastos a su costa; para lo cual
serán notificados por correo certificado y con acuse
de recibo.
Asimismo la presente publicación se realiza
igualmente a los efectos previstos en la Ley 30/1.992,
de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, según la nueva redacción
dada por la Ley 4/1.999, de 13 de Enero, sirviendo
como notificación a los posibles interesados no
identificados, a los titulares de bienes y derechos
afectados que sean desconocidos y a aquéllos de los
que se ignore su paradero.
Es de señalar que la presente publicación se
realiza, además, a los efectos de apertura del trámite
de información pública contemplado en los artículos
17.2, 18 y 19.2 de la Ley de Expropiación Forzosa,
para que en el plazo de quince días (que conforme
establece el artículo 56.2 del Reglamento de
Expropiación Forzosa, podrá prorrogarse hasta el
momento en el que se proceda al levantamiento de las
citadas Actas Previas a la Ocupación) los
interesados, así como las personas que siendo titulares
de algún derecho o interés económico sobre los
bienes afectados y que se hayan podido omitir en
la relación aneja a los Edictos expuesta en el Tablón
de Anuncios del Ayuntamiento señalado, y en las
oficinas de Aguas del Duero, S.A (C/ Duque de
la Victoria, n.o 20-1.o; 47001 Valladolid), puedan
formular por escrito las alegaciones que estimen
oportunas, a los solos efectos de subsanar posibles
errores que se hubieran podido cometer al relacionar
los bienes y derechos afectados por las
expropiaciones, poniendo a su disposición el número de
teléfono de atención 902 36 41 61, para cualquier
aclaración o duda.
Valladolid, 7 de abril de 2004.-El Presidente.
Fdo.: José Carlos Jiménez Hernández.-&14.137.
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