En cumplimiento de la obligación legal contenida
en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, se notifica a doña Cristina Rodríguez
del Aguila, con D.N.I. 25.688.422-K, con último
domicilio conocido en Calle Los Arcos,
Urbanización el Manantial, número 32, El Puerto de Santa
María (Cádiz), el extracto de la resolución dictada
en procedimiento de reintegro por pagos indebidos
en la nómina de la Armada relativo a la interesada,
por los motivos siguientes:
Concepto del pago indebido: por un error material
de carácter técnico, se abonó a la interesada una
Gratificación por Servicios Extraordinarios mayor
que la establecida por la normativa aplicable.
Fecha de las nóminas del pago indebido: marzo
y abril de 1998.
Importe total a reintegrar por pago indebido:
707,71 euros.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo
105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y
en virtud de las competencias atribuidas a esta
Dirección en el punto 5 de la Orden del Ministerio de
Defensa 22/1991, he resuelto anular las nóminas
correspondientes a los meses de marzo y abril de
1998, en lo que afecta exclusivamente al pago
indebido producido y, en consecuencia, declaro indebido
el pago de setecientos siete euros con setenta y
un céntimos (707,71) percibidos por la interesada.
La presente resolución pone fin a la vía
administrativa y contra la misma podrá interponerse
recurso potestativo de reposición ante mi Autoridad,
en el plazo de un mes, o bien recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo
Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses,
en ambos casos a contar desde el día siguiente en
que la misma le sea notificada.
El expediente del presente procedimiento se
encuentra a disposición del interesado en la Sección
de Retribuciones de la Dirección de Asuntos
Económicos de la Armada, Calle Juan de Mena, 1,
28014 Madrid.
Madrid, 13 de abril de 2004.-Por delegación del
Ministro de Defensa (O.M. 4/1996, de 11 de enero
BOE 16), D. Pedro Fernández Estalayo, Director
de Asuntos Económicos de la Armada.-14.226.
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