El Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, en el recurso ordinario de alzada interpuesto por el Contribuyente Promociones Turísticas Trevelez, S. L. (NIF B 18289686), contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, de 25 de mayo de 2001, desestimatoria de la reclamación económico-administrativa interpuesta contra el acuerdo de liquidación de fecha 29 de julio de 1999, relativa al Impuesto sobre el Valor Añadido [y al ejercicio 1998, por importe de 30.823.581 pesetas (185.253,45 euros)] acuerda: desestimar la presente reclamación, confirmando la resolución impugnada.
Lo que notifico reglamentariamente a Vd. advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía económico-administrativa puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la fecha de este edicto.
Madrid, 18 de abril de 2005.-Antonio Longás Lafuente, Vocal.
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