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Documento BOE-B-2005-119110

Anuncio de Confederación Hidrográfica del Tajo sobre el proyecto de abastecimiento a Torrejón El Rubio (Cáceres). Clave: 03.310.366/2111.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 2005, páginas 4290 a 4290 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2005-119110

TEXTO

La Dirección General del Agua, con fecha 23 de marzo de 2005, ha resuelto autorizar la incoación del expediente de información pública del proyecto de la obra indicada, de su estudio de impacto ambiental y de los bienes y derechos afectados, a los efectos establecidos en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Publicas y del procedimiento administrativo común, y en los artículos 17 y 18 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954. A dichos efectos se abre un plazo de treinta (30) días hábiles a contar desde la fecha de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de Extremadura», a fin de que las entidades y particulares puedan examinar los documentos en las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Tajo en Madrid, avda. de Portugal, 81 y presentar las alegaciones que consideren oportunas. El objeto del proyecto es definir a nivel de construcción, las obras de captación, transporte y almacenamiento del agua potable del sistema de abastecimiento a Torrejón El Rubio, que garantice el suministro de agua potable a esta población con un horizonte temporal de 30 años. Dichas obras e instalaciones son las siguientes:

Estación de bombeo desde el emablse de Jaricejo.

Conducción hasta los depósitos de Torrejón el Rubio. Nueva ETAP en Torrejón el Rubio con sus depósitos de regulación.

Las obras afectan a los términos municipales de Jaraicejo y Torrejón El Rubio.

El presupuesto total de las obras, IVA incluido, asciende a la cantidad de 24.947.316,70 euros y el plazo de ejecución estimado es de quince (15) meses. Se hace mención expresa de que los beneficiarios de las obras estarán obligados a pagar el canon de regulación y la tarifa de utilización del agua, de acuerdo con el artículo 114 del Texto Refundido de la Ley de Aguas (RD Legislativo 1/2001, de 20 de julio). Para su cálculo se estará en lo dispuesto en los artículos 304 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RD 849/1986).

Madrid, 29 de abril de 2005.-La Secretaria General, Gemma Pocino Campayo.

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