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Documento BOE-B-2005-121060

Resolución de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, relativa al expediente de Expropiación Forzosa de los bienes y derechos afectados por las obras de ejecución del Proyecto Clave: 12- GR- 3150 , Autovía del Mediterráneo. CN-340 de Cádiz y Gibraltar a Barcelona, Tramo: Enlace de Polopos-Enlace de Albuñol. Término Municipal: Rubite, Polopos, Sorvilan y Albuñol.

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 21 de mayo de 2005, páginas 4366 a 4366 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2005-121060

TEXTO

Con fecha 15 de diciembre de 2004, la Dirección General de Carreteras aprobó el proyecto reseñado y ordenó a esta Demarcación la incoación del expediente de expropiación forzosa de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras correspondientes conforme lo establecido en el artículo 8 de la vigente Ley de Carreteras de 29 de julio de 1988, tal aprobación lleva implícitas las declaraciones de utilidad pública y necesidad de ocupación, a los fines de expropiación, ocupación temporal o imposición o modificación de servidumbres. Mediante Ley de 27 de diciembre de 2001, de acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado, que en su artículo 77 modifica el artículo 8 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las mencionadas obras. A tenor de ello, la tramitación del correspondiente expediente expropiatorio se ha de ajustar a lo previsto en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes de su Reglamento, de 26 de abril de 1957. En consecuencia, haciendo uso de las facultades que le otorga el artículo 98 de la citada Ley de Expropiación Forzosa y atendiendo a lo señalado en las reglas 2 y 3 de su artículo 52, así como a lo previsto en el artículo 56.2 de su Reglamento, esta Demarcación ha resuelto:

Primero.-Incoar el Expediente de Expropiación Forzosa en los términos y a los efectos previstos en los ar-tículos 21.1 y 36.2 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Segundo.-Publicar la relación de interesados, bienes y derechos en el tablón de anuncio de los Ayuntamientos de Rubite, Polopos, Sorvilan y Albuñol y en los de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental. Además de en los medios antes citados, del señalamiento se dará cuenta a los interesados mediante citación individual y a través de la inserción del presente Anuncio en el diario «Ideal» de Granada, así como en el Boletín Oficial de la provincia de Granada y en el Boletín Oficial del Estado. La publicación en los Boletines Oficiales, a tenor de lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero. Tercero.-Convocar a los propietarios que figuran en dicha relación para que asistan al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación que tendrá lugar en las dependencias de los mencionados Ayuntamientos durante los días y horas que se especifican en aquella y al final de esta Resolución, sin perjuicio de trasladarse al terreno afectado, si se estima necesario. A dicho acto deberán comparecer los titulares de los bienes y derechos que se expropian por sí o representados por persona provista de Poder debidamente autorizado, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar -a su costa- de Peritos y de Notario, si así lo estiman oportuno.

Conforme establece el artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa, publicada dicha Resolución y hasta el momento en que se proceda al Levantamiento de las citadas Actas Previas a la Ocupación, los interesados, así como todas aquellas personas cuyos derechos o intereses legítimos hayan podido omitirse al elaborar la relación de bienes y titulares afectados, podrán formular por escrito ante esta Demarcación (Avenida de Madrid, n.º 7. Primera Planta. Granada) cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir al confeccionar la relación de bienes y derechos afectados.

Para su mejor información, y durante el periodo señalado, los interesados tendrán a su disposición los Planos-Parcelarios de expropiaciones en los Ayuntamientos de Rubite, Polopos, Sorvilan y Albuñol y en las dependencias de esta Demarcación de Carreteras.

Granada, 4 de mayo de 2005.-El Jefe de la Demarcación, Juan Francisco Martín Enciso.

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