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Documento BOE-B-2005-129128

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental Sobre resolución del Ministerio de Fomento por la que se aprueba el expediente de información pública y del proyecto de trazado de «remodelación de los enlaces Alameda y Barriguilla. Autovía del Mediterráneo, A-7. Tramo: Ronda Oeste de Málaga». Provincia de Málaga. Clave: 45-MA-4070.

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 31 de mayo de 2005, páginas 4703 a 4703 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2005-129128

TEXTO

Con fechas 14 de julio de 2004 y 25 de febrero de 2005 se han redactado los Informes de Seguimiento y con fecha 14 de julio de 2004 la Oficina de Supervisión de Proyectos, ha emitido el Informe de Supervisión, preceptuado en el artículo 128 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, y la Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras de 7 marzo de 2001, sobre la Supervisión de Proyectos en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Carreteras. Con fecha 6 de abril de 2005, la Dirección General de Carreteras ha propuesto la aprobación del Expediente de Información Pública y definitiva del citado Proyecto, en base a las siguientes consideraciones:

1. El Proyecto de Trazado de referencia (en lo sucesivo Proyecto) está compuesto por los documentos que integran el proyecto redactado en julio de 2004.

2. El Proyecto, conforme con lo indicado en la Orden de Estudio, ha sido redactado por la empresa consultora PYCSA, mediante un contrato de asistencia técnica que ha sido suscrito con fecha 29 de mayo de 2003, siendo el Ingeniero Autor del proyecto (en lo sucesivo Autor) la Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Doña. Mercedes Jaimes Lorenzo, y actuando como Director del Proyecto el Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, D. José Antonio Domingo Atencia, afecto a la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental. 3. El Proyecto incluye los documentos con la extensión y el contenido que su Autor ha considerado necesarios para cumplir con lo indicado en el artículo 28 del Reglamento General de Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre, habiéndose comprobado que, en general, se ajusta a lo exigido en dicho artículo. 4. El proyecto reúne los requisitos que su Autor ha considerado necesarios para cumplir con lo exigido por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, y concretamente con lo establecido en sus artículos 125 y 127 en lo relativo a que los proyectos deber referirse necesariamente a obras completas. 5. El Expediente de Información Pública ha sido tramitado de acuerdo con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en cumplimiento de cuanto establece el artículo 10 de la vigente Ley 25/1988, de Carreteras y concordantes de su Reglamento, habiéndose analizado las alegaciones presentadas. 6. Se ha dado cumplimiento a la Orden Circular 7/2001 del Director General de Carreteras de 1 de octubre de 2001, y su modificación de 11 de abril de 2002, y el Proyecto de Construcción puede ser completado, nunca de forma total, en una serie de puntos. 7. El presupuesto base de licitación estimado del Proyecto es de 22.764.268,34 euros, que incluye 3.139.899,08 euros en concepto de IVA (16%). En su virtud, resuelvo:

1. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el Proyecto, cuyo presupuesto estimado es de 22.764.268,34 euros, que incluye 3.139.899,08 euros en concepto de IVA (16%), con las siguientes prescripciones a cumplimentar en la redacción del Proyecto de Construcción correspondiente: 1.1 Se deberán cumplimentar las observaciones incluidas en el Informe de Seguimiento, de 14 de julio de 2004.

1.2 Se deberá prever la integración de los espacios libres que quedan entre los viales proyectados con las zonas verdes de la ciudad, disponiendo una vegetación formada por árboles de gran porte, flora autóctona y especies aclimatadas a la zona. 1.3 Se deberá incluir las redes de riego necesarias y los trabajos de mantenimiento de la vegetación prevista. 1.4 Se deberá tener en cuenta la información proporcionada por el Ayuntamiento de Málaga sobre la red de saneamiento para el desagüe en la misma del sistema de drenaje proyectado, completándolo con las obras necesarias. 1.5 Se deberán conectar los ramales 11, 12 y 15 con la nueva glorieta prevista por el Ayuntamiento de Málaga para la zona comercial.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Ministra del Departamento, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquélla en el «Boletín Oficial del Estado», sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Granada, 17 de mayo de 2005.-El Jefe de la Demarcación, Fdo.: Juan Francisco Martín Enciso.

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