Desconociéndose el actual domicilio de don Antonio Bonilla Barcia, titular del contrato de cesión de uso de la vivienda militar, por no hallársele en el de la calle Poblado Naval, Zona 11, 2472, Piso 1.º-Izda, de Rota (Cádiz), se le hace saber por la Directora General de Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, y en el expediente incoado para el ejercicio del desahucio de la vivienda, se ha formulado con fecha 18 de marzo de 2.005, Resolución de desahucio por impago, por la causa contemplada en la letra a) («La falta de pago del canon arrendaticio de uso o de las cantidades cuyo abono haya asumido o sean repercutibles al usuario, correspondientes a tres mensualidades») del artículo 10, párrafo 1.º, de la Ley 26/1999, de 9 de julio, modificada por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre de medidas fiscales, administrativas y del orden social, posteriormente por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, y finalmente por la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, en la que se acuerda resuelto el contrato de cesión de uso de la citada vivienda, haciéndole saber que en base al artículo 17 de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de las Fuerzas Armadas, y el artículo 35 del Real Decreto 991/2000 de 2 de julio, de desarrollo de aquella, dicha Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Directora General Gerente del Instituto para la vivienda de las Fuerzas Armadas, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación, en base a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o el correspondiente al domicilio de aquel en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con los artículos 10.1.i), 14.1 regla segunda, y 46 de la Ley 28/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 17 de mayo de 2005.-El Instructor, José Luis Casas Aybar.
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