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Documento BOE-B-2005-139051

Anuncio del Instituto de la Cinema- tografía y de las Artes Audiovisuales por el que se notifica la propuesta de resolución del expediente 84.04.

Publicado en:
«BOE» núm. 139, de 11 de junio de 2005, páginas 5224 a 5224 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-B-2005-139051

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59, apartado 5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), se notifica a la Empresa Cines Bahia, S.L., como titular del cine «Axial», de Mazarrón (Murcia), la propuesta de resolución formulada el 28 de febrero de 2005 por el Instructor del expediente sancionador n.º 84/2004, seguido en virtud de lo establecido en el artículo 18 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto (RPS), dado que dicho acto no ha podido serle notificado en la forma prevista por el apartado 2 del citado artículo 59 de la LRJPAC, al haberse intentado sin efecto la notificación ordinaria del mismo remitida al último domicilio conocido, que es C/ José Antonio, 86, 30158 Los Garres (Murcia). De acuerdo con lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, la propuesta de resolución que se notifica no se publica en su integridad, encontrándose a disposición del interesado el texto íntegro de la misma, así como la totalidad de los documentos obrantes en el expediente, en la sede de este Instituto (Secretaría General. Servicio de Inspección y Sanciones) ubicado en la Plaza del Rey, s/n, 28071 Madrid. El expediente se inició mediante acuerdo de iniciación, fechado el 2 de diciembre de 2004, dictado por el Director General de este Instituto a la vista de la posible comisión por la empresa de una infracción leve de las tipificadas en el artículo 12.3 de la Ley 15/2001, de 9 de julio, de Fomento y Promoción de la Cinematografía y el Sector Audiovisual, por vulneración de lo establecido en el artículo 9.1 de la citada Ley 15/2001 en relación con el artículo 13 del Real Decreto 81/1997 y con el Apartado Noveno de la Orden de 7 de julio de 1997. Dicho acuerdo de iniciación fue debidamente notificado el 17 de diciembre de 2004, habiendo formulado la empresa expedientada alegaciones al mismo. En la propuesta de resolución se propone declarar a la Empresa responsable de la comisión de una infracción grave, correspondiente al hecho primero, de las tipificadas en el artículo 12.2 de la Ley 15/2001, de 9 de julio, de Fomento y Promoción de la Cinematografía y el Sector Audiovisual, y la correspondiente al hecho segundo infracción leve, conforme a lo establecido en el artículo 12.3 de la misma, y la Instrucción de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, sobre la tramitación de expedientes de sanción en materia de control de rendimientos de obras cinematográficas, de fecha 25-10-01, por vulneración de lo establecido en el artículo 9.1 de la citada Ley 15/2001 en relación con el artículo 13 del Real Decreto 81/1997 y con el Apartado Noveno de la Orden de 7 de julio de 1997, e imponerle una sanción de multa por importe de 3.150,01 €.

Frente a la citada propuesta de resolución dispone el interesado de un plazo de quince días para la formulación de alegaciones y presentación de los documentos e informaciones que estime convenientes a su defensa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19, apartado 1, del RPS.

Madrid, 25 de mayo de 2005.-La Secretaria General. Fdo.: Milagros Mendoza Andrade.

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