El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta, en su sesión ordinaria celebrada en fecha 28 de abril de 2005, en uso de las facultades que le confiere el art. 40.5.ñ) de la vigente Ley 27/92, de 24 de noviembre, modificada por la Ley 62/97, de 26 de diciembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, adoptó el acuerdo de autorizar a la sociedad «Intima Elegancia, S. L.», el cambio del destino de la concesión administrativa de la que es titular del local número 20 del complejo denominado Pueblo Marinero para ejercer la actividad de «Restauración, Cafetería-Pub», manteniéndose en las condiciones marcadas por la O. M. de 22 de mayo de 1992 y la Resolución del Consejo de Administración de 1 de julio de 1999.
Lo que se publica para general conocimiento.
Ceuta, 27 de mayo de 2005.-José Francisco Torrado López, Presidente.
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