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Documento BOE-B-2005-145047

Anuncio de la Generalidad de Cataluña, Departamento de Trabajo e Industria, Servicio territorial de Lleida, de información pública sobre la autorización administrativa, declaración de utilidad pública y aprobación del proyecto para la distribución, suministro de gas natural, conexión a la ERM Castellnou de Seana y red de distribución en Castellnou de Seana (expediente DICT 25-00008861-2005).

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 2005, páginas 5488 a 5489 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2005-145047

TEXTO

De acuerdo con lo previsto en el Reglamento general del servicio público de gases combustibles; la Ley 34/1998, de 7 de octubre, de hidrocarburos; los artículos 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, se somete a información pública el proyecto para la conducción y suministro de gas natural, conexión a la ERM Castellnou de Seana y red de distribución en Castellnou de Seana. Peticionario: Gas Natural SDG Sociedad Anónima, con domicilio en la calle Joan d'Àustria, 39, de Barcelona. Objeto: Autorización administrativa, declaración de utilidad pública y aprobación del proyecto para la distribución de gas natural, conexión a la ERM Castellnou de Seana y red de distribución a Castellnou de Seana. La declaración de utilidad pública llevará implícita, según el artículo 105 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Término municipal afectado: Castellnou de Seana.

Características de las instalaciones:

Conexión a la ERM ya existente.

Emplazamiento en la ERM existente 03-23. Conexión a la ERM -Castellnou de Seana. Red de alta presión APA. Presión máxima: 16 bar. Longitud: 12 m. Diámetro: 3 pulgadas acero. Estación de regulación y medida: APA/MPB. Presión de entrada máxima: 16 bar. Presión de salida: regulable entre 4 y 1 bar. Caudal nominal: 1.000 Nm3/h. Red de distribución MPB. Presión máxima: 4 bar. Longitud: 5'5 m., 804,50m. Diámetros: 3'', 160 mm PE. Estación de regulación y medida (armario regulador) MPB/MPA. Presión de entrada máxima: 4 bar. Presión de salida: Regulable entre 0'4 y 0'055 bar. Caudal nominal: 1.000 Nm3/h. Red en media presión MPA. Presión máxima: 0,4 bar. Longitud: 3m., 6m. Diámetro: 6'' acero, 160 mm PE. Instalaciones accesorias. Línea telefónica: enterrada. Acometida eléctrica: línea de baja tensión. Sistema de protección catódica.

Las canalizaciones objeto de este proyecto se protegerán mediante un sistema de protección catódica, con inyección de corriente procedente de la estación de protección catódica que protegerán el gasoducto del cual parte esta canalización.

Según lo previsto en la disposición adicional 19 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, el proyecto prevé, a lo largo de la canalización de gas natural y dentro de la misma zanja, la instalación del soporte físico vacío que contendrá el sistema de telecontrol. La servidumbre de paso constituida a favor de la red básica de transporte, redes de transporte y redes de distribución de gas, incluye las líneas y equipos de telecomunicación que puedan pasar, tanto si son para el servicio propio de la explotación gasista, como para el servicio de telecomunicaciones públicas, y sin perjuicio del justiprecio que, si procede, pueda corresponder, si se agrava esta servidumbre. Presupuesto total: 108.350 euros. Afecciones derivadas del proyecto:

a) La imposición de servidumbre perpetua de paso en la franja de 3 m. para presiones máximas de servicio iguales o inferiores a 16 bar., dentro de la cual correrá subterránea la canalización o tubería, junto con los accesorios, elementos auxiliares y la señalización que convenga, todo ello tanto subterráneo como a la vista.

Los límites de la mencionada franja quedarán definidos a 1,5 m., respectivamente, a cada lado del eje del trazado del conducto. Esta franja se utilizará para instalar la canalización, hacer la renovación y hacer la vigilancia y el mantenimiento; para ello, se dispondrá en la mencionada franja del libre acceso del personal y de los elementos y medios necesarios, con pago de los daños que se ocasionen en cada caso. Los límites de esta franja quedarán dentro de los de la ocupación temporal. b) La servidumbre de ocupación temporal durante el período de ejecución de las obras en una franja o pista de donde se hará desaparecer toda clase de obstáculo, cuya anchura máxima será la que se indica en los planos parcelarios, con pago de los daños que se ocasionen en cada caso. c) La prohibición de hacer trabajos de labranza, cava u otros de similares a una profundidad superior a los 50 cm. a la franja a que hace referencia el apartado a). d) La prohibición de plantar árboles o arbustos de tallo alto y de hacer algún movimiento de tierras en la franja a que hace referencia el apartado a).

No se permitirá levantar edificaciones o construcciones de ningún tipo, aunque tengan carácter provisional o temporal, ni hacer ningún acto que pueda dañar o perturbar el buen funcionamiento, la vigilancia, la conservación, las reparaciones y las sustituciones necesarias, si se precisan, de la canalización y de las instalaciones auxiliares a las distancias inferiores a 1,5 m. medidas a cada lado del eje de la canalización instalada.

Todo lo que se ha indicado en los apartados anteriores no será de aplicación en los bienes de dominio público. Ocupación de dominio: Ocupación permanente y perpetua de las parcelas que se señalan en los planos parcelarios, al vuelo, al suelo y al subsuelo, necesarios para la construcción de las instalaciones de recepción, filtro, regulación de presión y medida del gas y sus elementos anexos, armarios para la instalación de la protección catódica y la instalación de los conjuntos de válvulas de línea y derivación, incluida la construcción del cierre y los cierres de protección de las instalaciones de elementos extraños o de intrusos.

Se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios y titulares de bienes y derechos afectados por este proyecto, cuya relación se incluye en el anexo de este anuncio, y también para las personas que son titulares de derechos reales o de intereses económicos sobre los bienes afectados, y han sido omitidas, para que puedan examinar el expediente donde constan las características técnicas y las afecciones derivadas del proyecto, en los Servicios Territoriales de Trabajo e Industria, avenida del Segre, 7, de Lleida, y presentar los escritos de alegaciones en el plazo de veinte días, a partir de la publicación de este anuncio.

Lleida, 6 de mayo de 2005.-Pilar Nadal Reimat, Directora de los Servicios Territoriales.

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