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Documento BOE-B-2005-158057

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovacion, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía de Málaga, por la que se otorga autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y se reconoce, en concreto, la utilidad pública del proyecto «Marbella Este (Ojén). Armario Regulador A.R. 5.000», en el término municipal de Marbella (Exp. GNL-55).

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 4 de julio de 2005, páginas 5950 a 5950 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2005-158057

TEXTO

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha 11 de febrero de 2005 D. Francisco Javier Lara Fornelino en nombre y representación de la mercantil Gas Natural SDG, S. A., presentó solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y reconocimiento, en concreto, de utilidad pública del proyecto «Marbella Este (Ojén). Armario Regulador A.R. 5.000», en el término municipal de Marbella. Con dicha solicitud la compañía peticionaria adjuntó relación concreta e individualizada de los bienes y derechos considerados de necesaria expropiación u ocupación.

Segundo.-El trámite de información pública de este expediente se realizó mediante exposición en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Marbella y en las siguientes publicaciones: Boletín Oficial del Estado núm. 85, de 9 de abril de 2005; Boletín Oficial de la Provincia de Málaga núm. 59, de 30 de marzo de 2005; Diario Sur de 1 de abril de 2005 y Diario La Opinión de Málaga de 1 de abril de 2005. Tercero.-Durante el periodo de información pública no se presentaron alegaciones.

Fundamentos de Derecho

Esta Delegación Provincial es competente para conocer y resolver el presente expediente, conforme a lo establecido en los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas, Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto 201/2004, de 11 de mayo, que regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Vistas la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; Reglamento General del servicio público de gases combustibles aprobado por Decreto 2913/1973, de 26 de octubre; Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos aprobado por Orden del Ministerio de Industria y Energía de 18 de noviembre de 1974, modificado por Órdenes 26 de octubre de 1983, 6 de julio de 1984 y 9 de marzo de 1994; Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental; Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental; Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954; Reglamento de la Ley de Expropiación forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957 y la Ley30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Delegación Provincial, resuelve:

Otorgar autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y reconocer la utilidad pública solicitada por Gas natural SDG, S. A., de acuerdo con el proyecto «Marbella Este (Ojén). Armario Regulador A.R. 5.000», visado por el Iltr. Colegio Oficial de Ingenieros correspondiente, con arreglo a las condiciones siguientes: 1. En todo momento deberá cumplirse cuanto se establece en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles, así como las normas complementarias; Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, aprobado por Orden de 18 de noviembre de 1974, modificado por Órdenes de 26 de octubre de 1983, 6 de julio de 1984 y 9 de marzo de 1994.

2. El plazo para la puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan, será de doce meses a partir de la fecha de la presente resolución. 3. Las instalaciones que se autorizan por la presente resolución habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto denominado «Marbella Este (Ojén). Armario Regulador A.R. 5.000» y demás documentación técnica presentada, quedando especificado en los siguientes datos básicos:

a) Descripción de las instalaciones: Arqueta para válvula de seccionamiento a la salida de la Posición S-06.3 de Enagás, S. A. (instalación auxiliar del Gasoducto Málaga-Estepona), en el término municipal de Marbella, justo antes de la entrada en el Armario de Regulación, y cercana al cerramiento de la posición;

6 metros de tubería de acero al carbono de Æ 4'' API 5L Gr. B, para alimentación del A.R.; Armario de Regulación (A.R.) tipo 5.000 (caudal nominal: 5.000 Nm3/h; presión de cálculo y máxima de servicio en la zona de entrada: 16 bar efec.; presión de salida: regulable entre 0,5 y 4 bar efec. y las seguridades serán tasadas de forma escalonada y como máximo hasta 4,8 bar efec.); 7 metros de tubería de acero al carbono de Æ 6'' API 5L Gr. B, de salida del A.R.; Arqueta para válvula de línea a la salida del A.R., finalizada en un cap, para prever futuras ampliaciones de la Red de Distribución.

b) El presupuesto total de las instalaciones objeto de la presente autorización asciende a la cantidad de 28.165,64 euros. 4. Para introducir modificaciones que afecten a los datos básicos a que se refiere la condición 3.ª será necesario obtener autorización de esta Delegación Provincial.

5. Una vez finalizadas las obras de instalación, se efectuarán los ensayos y pruebas oportunas, informando con un plazo de 48 horas de antelación a la realización de los mismos a esta Delegación Provincial. 6. Esta Delegación Provincial aprobará también las condiciones concretas de aplicación del proyecto e introducirá las modificaciones de detalle que resulten convenientes. 7. Gas Natural SDG, S. A., dará cuenta de la terminación de las instalaciones a esta Delegación Provincial para su reconocimiento definitivo y levantamiento del acta de puesta en marcha, sin cuyo requisito no podrán entrar en funcionamiento. Para ello se aportará a esta Delegación Provincial un certificado final de obra firmado por Técnico Superior competente, visado por el Colegio Oficial correspondiente, en el que conste que la construcción y montaje se ha efectuado de acuerdo con la normativa técnica vigente que le sea de aplicación, acompañado de la documentación correspondiente a las pruebas y ensayos realizados, certificados por Organismo de Control Autorizado. 8. Esta Delegación Provincial se reserva el derecho a dejar sin efecto esta autorización en el momento que se demuestre el incumplimiento de las condiciones impuestas, por la declaración inexacta de los datos suministrados, u otra causa excepcional que lo justifique legalmente.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector Hidrocarburos, la presente autorización administrativa, aprobación del proyecto y el reconocimiento, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados y dará lugar a la urgente ocupación de los mismos, de conformidad con lo establecido en el art. 103 y siguiente del citado cuerpo legal, así como la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y su Reglamento, de fecha 26 de abril del 1957.

La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otras necesarias para la ejecución de las obras de las instalaciones.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, conforme determina el artículo 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Málaga, 13 de junio de 2005.-La Delegada Provincial, María Gámez Gámez.

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