El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta, en su sesión ordinaria celebrada en fecha 28 de abril de 2005, en uso de las facultades que le confiere el art. 40.5.ñ) de la vigente Ley 27/92 de 24 de noviembre, modificada por la Ley 62/97 de 26 de diciembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, adoptó el acuerdo de autorizar a D. Andrés Rocher Gamero la ocupación de 600,00 m2 de terreno e instalaciones de dominio público portuario, ubicada en el muelle de Alfau, para ejercer la actividad de «almacenamiento y venta de mercancías propias, en comercio al mayor de frutas y verduras», en las siguientes condiciones:
Plazo: Hasta el 31 de diciembre de 2025.
Tasas: Tasa por ocupación privativa del dominio público portuario = 13.029,60 euros anuales. Tasa por apro-vechamiento especial del dominio público portuario en el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios = 2.605,92 euros anuales. Tasa por servicios generales, de acuerdo con la legislación vigente.
Lo que se publica para general conocimiento.
Ceuta, 7 de junio de 2005.-José Francisco Torrado López, Presidente.
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