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Documento BOE-B-2005-170088

Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía de Málaga, de autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto línea eléctrica de 20 kV en los términos municipales de Archidona y Villanueva del Trabuco (Expt. AT 678/6.162).

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 18 de julio de 2005, páginas 6445 a 6445 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2005-170088

TEXTO

Visto el expediente tramitado a instancia de la entidad mercantil Endesa Distribución Eléctrica, S.L., para la autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones correspondiente al proyecto de referencia, y en orden a los siguientes

Antecedentes de hecho Primero.-Mediante escrito de fecha 5 de marzo de 2004, don Pedro Mañas Muñoz en nombre y representación de la entidad mercantil Endesa Distribución Eléctrica, S.L. solicitó autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto de Línea aérea/subterránea, para la consolidación y paso a doble circuito de la línea aérea a 20 kV, denominada «Huertas», desde futura línea procedente de la subestación Archidona hasta las inmediaciones del polígono industrial de «Salinas», en Villanueva del Trabuco, cuyas características principales son Línea aérea doble circuito de 20 kV con conductor LA-110, de 5.061 metros de longitud con apoyos metálicos y línea subterránea doble circuito de 20 kV con conductor de aluminio RHV 12/20 kV, de 240 mm2 de sección y 442 m. de longitud, afectando a los términos municipales de Archidona y Villanueva del Trabuco. A esta solicitud la compañía peticionaria adjuntó relación concreta e individualizada de los bienes y derechos que consideraba de necesaria expropiación u ocupación.

Segundo.-El trámite de información pública de este expediente se realizó mediante exposición en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Archidona y Villanueva del Trabuco y anuncio en las siguientes publicaciones: «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» n.º 159, de 13 de agosto de 2004; «Boletín Oficial del Estado» n.º 162, de 6 de julio de 2004; «Boletín Oficial de la Provincia de Málaga» n.º 92, de 13 de mayo de 2004 y «Diario la Opinión» de Málaga de fecha 7 de agosto de 2004, sin que se hayan recibido alegaciones al mismo.

Fundamentos de Derecho Primero.-Esta Delegación Provincial es competente para conocer y resolver el presente expediente conforme a lo establecido en los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas; Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Vistas la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico; Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre Autorización de Instalaciones Eléctricas; Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954; Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957 y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Delegación Provincial, resuelve:

Conceder autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de la instalación de referencia, con arreglo a las condiciones siguientes: 1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y reglamentos de aplicación, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.

2. El plazo de puesta en marcha será de doce meses, contados a partir de la fecha de la presente resolución. 3. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. 4. Asimismo, el titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los Organismos y Corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por el mismo. Además el titular deberá disponer de todos los permisos de paso, cruce y ocupación necesarios. 5. El director de obra de las citadas instalaciones certificará que las mismas se ajustan al proyecto y a los reglamentos que sean de aplicación. 6. En el caso de proyectos de modificación de instalaciones existentes, se aportarán las revisiones reglamentarias de las instalaciones que alimenta. 7. La presente autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables, y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su notificación, conforme determina el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Málaga, 17 de enero de 2005.-La Delegada Provincial, Fdo.: María Gámez Gámez.

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