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Documento BOE-B-2005-179116

Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos por la que se procede a la publicación oficial de extracto de la resolución n.º R/00439/2005, de fecha 24/06/2005, recaída en el procedimiento sancionador n.º PS/00025/2005 por imposibilidad de notificación en su domicilio.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 28 de julio de 2005, páginas 6865 a 6866 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia Española de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2005-179116

TEXTO

Estando acreditado en el procedimiento la imposibilidad de notificación a Gabinet Roles, S. L., con domicilio en Provenza 242, entresuelo 3, 08008 Barcelona, procede acudir al medio de notificación previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. En consecuencia, a continuación se transcribe, para que sirva de notificación, extracto de la resolución n.º: R/00439/2005, de fecha 24/06/2005, recaída en el procedimiento sancionador n.º 00025/2005: El Director de la Agencia Española de Protección de Datos resuelve: «Primero: Imponer a la entidad Cabinet Roles, S. L., por una infracción del artículo 21 de la LSSI -Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico-, tipificada como grave en el artículo 38.3.b) de dicha norma, según redacción original, una multa de 30.001 € (treinta mil euros con un céntimo) de conformidad con lo establecido en el artículo 39.1.b) de la citada Ley». La sanción impuesta deberá hacerla efectiva en el plazo de pago voluntario que señala el artículo 20 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, mediante su ingreso en la cuenta n.º 0182 2370 43 0200000785 a nombre de la Agencia Española de Protección de Datos del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S. A. o en caso contrario, se procederá a su exacción por vía de apremio. Si recibe la notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos inclusive, el plazo para efectuar el pago voluntario será hasta el día 5 del mes siguiente o inmediato hábil posterior, y si recibe la notificación entre los días 16 y último de cada mes, ambos inclusive, el plazo del pago será hasta el 20 del mes siguiente o inmediato hábil posterior. De conformidad con lo establecido en el apartado 2 del artículo 37 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en la redacción dada por el artículo 82 de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, la presente Resolución se hará pública, una vez haya sido notificada a los interesados. La publicación se realizará conforme a lo previsto en la Instrucción 1/2004, de 22 de diciembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre publicación de sus Resoluciones.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa (artículo 48.2 de la Ley Orgánica 15/1999), y de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Director de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, o, directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 del referido texto legal.

Madrid, 15 de julio de 2005.-El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, José Luis Piñar Mañas.

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