Contido non dispoñible en galego
Por resolución de la Dirección General de Carreteras, de fecha 11 de diciembre de 2000, fue aprobado el proyecto constructivo: «Autopista de peaje Santiago de Compostela-Ourense. Tramo Santiago de Compostela-Alto de Santo Domingo, p.k. 0,000 al p.k. 56,606». Modificado n.º 3. Términos municipales de Silleda y Lalín (Pontevedra), lo que implica la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras a los fines de expropiación forzoza, a tenor de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 25/1988, de 29 de julio (Boletín Oficial del Estado del 30), de Carreteras. La ocupación de los bienes y derechos afectados por las expropiaciones a que dan lugar la ejecución de las obras incluidas en el mencionado proyecto, está declarada de urgencia conforme al artículo 16 de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de Construcción, Conservación y Explotación de Autopistas, a cuyo régimen jurídico remite la Orden del Ministerio de Fomento de 27 de noviembre de 1988 por la que se aprueba el pliego de cláusulas administrativas particulares; y el Real Decreto del Ministerio de Fomento 1702/1999, de 29 de octubre, por el que se adjudica la concesión administrativa de las obras referidas, implica la declaración de utilidad pública de las mismas, conforme al artículo 16 del mismo texto legal. En consecuencia, es de aplicación a los efectos expresados, lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y 56 y siguientes de su Reglamento de 26 de abril de 1957. En su virtud, y en cumplimiento de lo establecido en el citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y concordantes del Reglamento para su aplicación, esta Demarcación de Carreteras en uso de las facultades que le confiere la Orden de la Presidencia del Gobierno de 7 de febrero de 1986 en relación con el Real Decreto 821/1980, de 18 de abril, ha resuelto señalar fechas para proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación, a cuyo efecto se convoca a los propietarios y titulares de las fincas afectadas por las obras, para que en los locales que se indican a continuación, y en los días y horas que se relacionan seguidamente, comparezcan para que se efectúe el levantamiento de las actas previas a la ocupación, que habrá de recoger los datos necesarios para la valoración previa y oportuno justiprecio de los mismos, sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas si se considera necesario:
Ayuntamiento de Silleda. Casa da Cultura.
C/ Vista Alegre, n.º 16. Bandeira. Día: 15-2-2005. Horario: De 10 a 14 horas.
Ayuntamiento de Lalín. Oficina Agraria.
Dependencias Municipales. Plaza Mercado, n.º 1. Lalín. Día: 16-2-2005. Horario: De 10 a 13 horas.
A este levantamiento de actas previas, que será notificado individualmente por correo certificado a los titulares, así como la hora de convocatoria, deberán asistir personalmente o bien representados por personas debidamente autorizadas para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (antigua contribución), pudiendo hacerse acompañar a su costa, si lo estiman oportuno, de sus Peritos y Notarios.
Asimismo, en previsión de la aplicación del artículo 56 del Reglamento de Expropiación Forzosa, se abre información pública durante el plazo de quince días, y, en todo caso, hasta el momento del levantamiento de actas previas a la ocupación correspondiente a fin de que los interesados, así como las personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos que hayan podido omitirse en la relación que estará expuesta en el tablón de edictos de los Ayuntamientos de Silleda y Lalín, puedan presentar por escrito ante la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia, C/ Concepción Arenal, n.º 1, 1.º , A Coruña, cuantas alegaciones estimen oportunas, a efectos de subsanar los posibles errores que se hayan podido padecer al relacionar los bienes o derechos que se afectan.
La relación de bienes afectados, así como los plazos parcelarios correspondientes, se expondrá asimismo en la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia, C/ Concepción Arenal, n.º 1, 1.º, A Coruña, y en las oficinas de la entidad beneficiaria de la expropiación, Autopista Central Gallega, Concesionaria Española, S.A., con domicilio en Vedra (A Coruña), lugar de El Feal-San Mamede de Ribadulla.
A Coruña, 11 de enero de 2005.-El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Ángel González del Río.-1.137.
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