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Documento BOE-B-2005-192151

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la instalación de la subestación de «Bescanó», constituida por los parques de 400 kV y de 220 kV, en el término municipal de Bescanó (Gerona).

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 12 de agosto de 2005, páginas 7526 a 7528 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2005-192151

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Servicio Territorial en Gerona del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública, de la instalación que se cita. Resultando que la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», ha sido sometida a información pública de acuerdo con lo previsto en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, habiéndose presentado alegaciones por don Manuel Corella Polo, en representación de la Asociación Vilanna Bescanó Natura, por el Grupo Independiente Bescanoni-Esquerra Republicana de Cataluña del Ayuntamiento de Bescanó, y por don Jordi Camps Serramitja en representación de la Asociación Angles Verd. Resultando que remitida separata del proyecto al Ayuntamiento de Bescanó, a los efectos previstos en los artículos 127 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el mismo se emite escrito de fecha 20 de febrero de 2004 en el que se manifiesta:

Que en el informe técnico de construcción hay una serie de deficiencias consistentes en: a) Falta de determinación de las cotas de los diferentes puntos de la instalación;

b) no se indica la situación y cantidad de luces exteriores por lo que no se puede valorar el efecto en la contaminación lumínica; c) no se prevén los puntos de evacuación de las aguas pluviales; d) no se indica el acceso con transporte especial; e) no se indica el sistema de abastecimiento de aguas; f) no se indican los riesgos y medidas en la protección contra incendios; g) no se indican las incidencias en las líneas de distribución existentes; h) no se indican los efectos de las posibles descargas atmosféricas; i) en los movimientos de tierras no se definen los perfiles y volúmenes de desmonte y relleno; j) en los servicios auxiliares sería necesaria la determinación de la ubicación y punto de conexión del centro de transformación, así como la indicación específica de las características del grupo electrógeno de emergencia; k) no se indican los valores correspondientes a los niveles sonoros y de vibraciones.

Que el proyecto de la subestación de Bescanó constituye un complemento del Proyecto Nueva alimentación a Gerona a 400 kV, y que se ha desfragmentado un proyecto conjunto que sería Sentmenat- Bescanó -Baixas.

Que en relación a las especificaciones medioambientales:

a) Se solicita que la gestión de residuos se realice de forma que no se afecten acuíferos, cursos de agua y la escorrentía superficial general;

b) que se tendrían que establecer con más claridad todos los sistemas de gestión de residuos; c) que se ha de determinar con claridad el trazado de los caminos de acceso y auxiliares; d) que se deben cuantificar con exactitud todos los movimientos de tierras; e) que se ha de concretar el sistema y características de todos los elementos de tratamiento de residuos; f) que se ha de establecer un sistema de iluminación que evite la contaminación lumínica de acuerdo con la normativa vigente; g) que se ha de especificar con más detalle el Proyecto de Adecuación Paisajística; h) que las posibles afecciones a bienes públicos o privados no se pueden dejar a la improvisación que se desprende del proyecto; i) que se ha de aceptar la intervención de las administraciones con competencias y en particular al Ayun-tamiento de Bescanó.

Que solicitan la agrupación de los proyectos que constituyen el Eje Sentmenat-Baixas.

Que actualmente existe una línea transpirenaica que sigue el trazado Sentmenat-Vic-Baixas que se considera suficiente para el comercio energético transfronterizo. Resultando que por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», se contesta al escrito del Ayuntamiento de Bescanó, manifestando que:

Respecto al informe técnico de construcción: a) Sobre la falta de determinación de las cotas de los diferentes puntos de la instalación, se hace constar en el plano de implantación general el nivel para la plataforma de ubicación de las máquinas con una pendiente en el resto de la plataforma de la subestación del 5%.

b) Con respecto a la contaminación lumínica, Red Eléctrica tiene establecido un sistema de iluminación normalizado en su documento DYES/3B/4.3. El alumbrado de viales se efectuará mediante columnas de tres metros de altura; el alumnado del parque de intemperie se realizará mediante proyectores estancos soportados en la estructura metálica; y el alumbrado en las zonas exteriores deberá garantizar el nivel de iluminación suficiente como para orientarse. Como norma, y en aquellos ambientes especialmente sensibles, se plantea la utilización de equipos del tipo Arena. c) Sobre la evacuación de las aguas pluviales se tiene previsto que se realice de forma natural con la menor afección posible a las fincas colindantes. d) Sobre el acceso con transporte especial, está previsto que se realice desde la carretera nacional (N-144), colindante, evitando atravesar ninguna localidad por parte de Red Eléctrica. e) Sobre el abastecimiento de aguas, se prevé la instalación de un depósito de aguas o la utilización de algún hipotético pozo cercano. f) Sobre la protección contra incendios se adoptarán los criterios generales de protección. g) Sobre las líneas de distribución existentes se prevé la reubicación, de modo aéreo, de la línea existente por la misma finca propiedad de Red Eléctrica de España para que se evite la interferencia de la misma con el resto de las instalaciones del proyecto. h) Sobre las posibles descargas atmosféricas se recogen los cálculos referentes a la red de protección contra él rayo mediante la denominada «Red de tierras aéreas». i) Sobre los movimientos de tierras, dadas las características de los equipos que posteriormente se instalarán, se tiene previsto llevar dichos residuos a una gravera o en su caso a un gestor de residuos autorizado. j) Sobre los servicios auxiliares, indicar que el diseño normalizado por Red Eléctrica de España contempla la redundancia de alimentaciones como criterio de seguridad mediante la disponibilidad de una alimentación independiente con una acometida de media tensión. k) Sobre los niveles sonoros y de vibraciones, se cumplirá en todo momento con los requisitos medioambientales de la Comunidad Autónoma de Cataluña, en especial en lo referente a los campos electromagnéticos.

Respecto a que el proyecto de la subestación de Bescanó constituye un complemento del Proyecto Nueva Alimentación a Gerona a 400 kV, y que se ha fragmentado un proyecto conjunto que sería Sentmenat-Bescanó-Baixas, cabe señalar que no parece factible desarrollar y planificar la red de transporte en un único acto y con una sola resolución, ya que resultaría un trámite muy complejo, largo y difícilmente realizable en los plazos de tiempo que habitualmente son demandados por los usuarios.

Además para proceder a la acumulación de expedientes, el artículo 73 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, exige como requisito básico que entre los respectivos objetivos de los expedientes exista la «identidad sustancial o íntima conexión», y los expedientes citados por dicho Ayuntamiento tienen objeto y contenido diferente. Sobre las especificaciones medioambientales y sus interpretaciones, se ha de señalar que estas medidas se han recogido en la redacción actual del Proyecto. En fases posteriores, cuando éste se vaya ajustando, se podrán ir matizando y precisando las mismas, de forma que el desarrollo de todas las actividades queden perfectamente controladas desde un punto de vista ambiental y la gestión de todas las actividades se desarrolle de acuerdo al Sistema de Gestión Ambiental de Red Eléctrica de España, dado que posee las certificaciones exigidas, esto es, ISO 14000 y EMAS. Que con respecto a la alternativa planteada de que la opción de doblar el circuito Sentmenat-Vic-Baixas es mejor que acometer la nueva interconexión mediante el conjunto de instalaciones que representa el enlace Sentmenat-Vic-Bescanó-Figueras-Baixas, cabe señalar que el desarrollo de la nueva alimentación eléctrica a Gerona, mediante el doble enlace Sentmenat-Vic-Bescanó, se planteó como medida compensatoria, de acuerdo a los requerimientos de la Generalidad de Cataluña y cumpliendo las recomendaciones de la Comisión de Expertos creada por el Parlamento deCataluña, que se desmontase la línea Vic-Juiá a 220 kV, en el tramo Vic-Bescanó. Esta circunstancia motiva que la alimentación en un futuro del sistema Gerona-Costa Brava dependería de una única línea desde Vic hasta Bescanó, quedando alimentada dicha zona por tanto en antena. Que queda clara la imposibilidad de la actual red de suministro de 110 a 132 kV de absorber la demanda actual de la zona, poniendo de manifiesto la inviabilidad de suministrar la energía suficiente a la nueva infraestructura del Tren de Alta Velocidad sin disponer del apoyo de la red a 400 kV. Que los requerimientos técnicos del GIF descartan una posible alimentación desde la red de 110 kV puesto que no cumple con los requisitos establecidos por tal organismo para una correcta calidad en el suministro a la línea de alta velocidad.

Resultando que con fecha 26 de mayo de 2004 el Ayuntamiento de Bescanó remite escrito sobre la respuesta de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», reiterando su total oposición ya que «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónim», se limita a dar explicaciones superficiales sobre las alegaciones presentadas.

Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Servicio Territorial de Urbanismo de Gerona y al Ayuntamiento de Bescanó a fin de que, de conformidad con establecido en las disposiciones adicionales, duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, emitan informe sobre su adaptación al planeamiento urbanístico, por los mismos se emiten escritos en los que se manifiesta:

Que la construcción de la subestación se encuentra proyectada sobre Suelo no Urbanizable.

Que la tramitación ha de ajustarse a lo previsto en los artículos 47.2 y 48 de la Ley 2/2002, de 14 de marzo, de Urbanismo de Cataluña.

Resultando que por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» se contesta a los escritos de las referidas Administraciones, manifestando:

Que se toma razón de la compatibilidad de la instalación proyectada al planeamiento urbanístico que resulta de aplicación, al encontrarse proyectada la nueva subestación eléctrica en Suelo no Urbanizarle.

Que la citada subestación formará parte de la red de transporte mallada peninsular, siendo competencia de la Administración General del Estado, no tratándose por ello de una instalación de la red de suministro, siendo su aprovechamiento no sólo supramunicipal sino supraautonómico, por lo que no existe un interés urbanístico a proteger, y, por tanto, al exceder su ámbito al de la comunidad autónoma, no resultaría de aplicación lo establecido en los artículos 47 y 48 de la Ley 2/2002, de 14 de marzo, de Urbanismo de Cataluña, siendo de aplicación a la subestación proyectada las citadas disposiciones adicionales de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas.

Resultando que por el Ayuntamiento de Anglés, por don Manuel Corella Polo en representación de la Asociación Vilanna Bescanó Natura, por Grupo Independiente Bescanoni-Esquerra Republicana de Cataluña del Ayuntamiento de Bescanó, y por don Jordi Camps Serramitja en representación de la Asociación Anglés Verd, se presentan alegaciones manifestando: Que el proyecto no estudia alternativas reales a la problemática que hay en Gerona.

Que hay más alternativas para el crecimiento de la demanda energética de las comarcas gerundenses. Que las necesidades energéticas del TAV requieren de una nueva línea de alimentación de alta tensión, pero no justifica que se pretenda construir una subestación con tres parques. Que actualmente existe una línea transpirenaica que sigue el trazado Sentmenat-Vic-Baixas que se considera suficiente para el comercio energético transfronterizo. Que el proyecto perpetúa un modelo exageradamente ineficiente y contaminante.

Resultando que por Red Eléctrica se contesta a las alegaciones anteriores manifestando que:

La provincia de Gerona es una de las pocas provincias del territorio nacional que aún no tiene una alimentación directa y próxima desde la red de transporte, siendo, sin embargo, una de las áreas en las que el desarrollo eco-nómico de la población y los incrementos de la demanda de electricidad es mayor a nivel nacional.

Para dar solución a este problema tanto en el documento de «Planificación de los sectores de electricidad y gas. Desarrollo de las redes de transporte, 2002-2011», aprobado por el Consejo de Ministros en fecha 13 de diciembre de 2003, como en el «Plan Energético de Cataluña en el Horizonte 2010» elaborado conjuntamente por el Instituto Catalán de la Energía y la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo del anterior Gobierno de Cataluña, incluyeron la previsión de construcción de la subestación de Bescanó a 400 kV. El mencionado Plan Energético Catalán fue presentado en la Comisión de Industria, Comercio y Turismo del Parlamento de Cataluña el 15 de noviembre de 2001, y publicado en el Boletín Oficial de Cataluña en mayo de 2002, por lo que se le ha dado una difusión apreciable. Para dar cumplimiento a las conclusiones a las que llegó la Comisión de Expertos consistentes en acometer urgentemente la construcción de instalaciones de energía eléctrica que hicieran posible la alimentación a Gerona, Red Eléctrica de España ha apreciado que la mejor opción es construir una nueva subestación que, a partir de la red de 400 kV que se va a instalar en la región, inyecte energía a la red de transporte a 220 kV y de distribución a 132 y 110 kV de la zona, siendo la subestación el punto de conexión entre estas redes. El incremento de demanda energética en las comarcas gerundenses ha aumentado en los últimos siete años en torno al 40-45%, teniendo que tener presente, además, la entrada en el área de nuevos consumidores de gran tamaño, como el que representa el Tren de Alta Velocidad, para el que la red de suministro y generación actual de la zona es claramente insuficiente, haciéndolo inviable si no se incrementa notablemente la capacidad del sistema. Con la infraestructura actual de suministro de energía eléctrica de Cataluña compuesta por cuatro ejes de alimentación, la zona de Gerona (capital) depende de la red de transporte de 400 kV a través de dos apoyos distantes con las consiguientes conexiones a 220 kV, lo que motiva unriesgo elevado de degradación de calidad de servicio debido especialmente a la probabilidad de fallo de dichas conexiones. Queda clara la imposibilidad de la actual red de suministro a 110 y 132 kV de absorber la demanda actual de la zona, poniendo de manifiesto la clara inviabilidad de suministrar la energía suficiente a la nueva infraestructura del Tren de Alta Velocidad sin disponer del apoyo de la red a 400 kV. Los requerimientos técnicos del GIF descartan una posible alimentación desde la red a 110 kV puesto que no cumple con los requisitos establecidos por tal organismo para una correcta calidad en el suministro a la línea de alta velocidad. Con respecto a la alternativa planteada de que la opción de doblar el circuito Sentmenat-Vic-Baixas es mejor que acometer la nueva interconexión mediante el conjunto de instalaciones que representa el enlace Sentmenat-Vic-Bescanó-Figueras-Baixas, cabe señalar que el desarrollo de la nueva alimentación eléctrica a Gerona, mediante el doble enlace Sentmenat-Vic-Bescanó, se planteo como medida compensatoria, de acuerdo a los requerimientos de la Generalidad de Cataluña y cumpliendo las recomendaciones de la Comisión de Expertos creada por el Parlamento de Cataluña, que se desmontase la línea Vic-Juiá a 220 kV, en el tramo Vic-Bescanó. Esta circunstancia motiva que la alimentación en un futuro del sistema Gerona-Costa Brava dependería de una única línea desde Vic hasta Bescanó, quedando alimentada dicha zona por tanto en antena. Con respecto a la ineficiencia del modelo en el que se sustenta el proyecto, Red Eléctrica de España tiene como actividad la operación del sistema eléctrico y la gestión de la red de transporte, siendo, por tanto, responsable del desarrollo de dicha red, de tal forma que se garantice el mantenimiento y mejora de una red configurada bajo criterios homogéneos y coherentes; y a su vez ejerce como tal la actividad de transporte de energía eléctrica, proyectando, construyendo, poniendo en servicio y operando las instalaciones de transportes incluidas en la planificación aprobada en el Consejo de Ministros y ratificada por el Congreso de los Diputados.

Visto el informe favorable emitido por la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña.

Visto el informe emitido por la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada con fecha 23 de junio de 2005. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la instalación de la subestación de «Bescanó», constituida por los parques de 400 kV y de 220 kV, en el término municipal de Bescanó (Gerona), cuyas características principales son: Configuración: a) Parque a 400 kV: Tipo intemperie en configuración de interruptor ymedio, previsto para seis calles con las siguientes posiciones: Calle 1: Posición de Línea Vic-Posición del transformador 400/132 kV (futuro).

Calle 2: Posición de Línea Sentmenat-Posición futura. Calle 3: Posición de Línea Massanet 1-Posición de línea Baixas. Calle 4: Posición de autotransformador AT 1 (futuro)-Posición de Línea Figueras. Calle 5: Posición de Línea Massanet 2-Posición de autotransformador AT-2 400/220 kV. Calle 6: Posición de banco de condensadores 1 (futura)-Posición de banco de condensadores 2 (futura).

b) Parque a 220 kV: Tipo intemperie en configuración de doble barra con las siguientes posiciones:

Posición 1: Libre.

Posición 2: Línea Juiá 3. Posición 3: Futura. Posición 4: Futura. Posición 5: Acoplamiento de barras. Posición 6: Transformador a 400/220 kV. Posición 7: Línea Juiá 2. Posición 8: Línea Juiá 1.

Aparamenta: Se instalarán interruptores de mando unipolar, transformadores de intensidad, seccionadores pantógrafos, seccionales rotativos de tres columnas, seccionales rotativos de tres columnas con cuchillas de puesta a tierra, transformadores de tensión capacitivos, bobinas de bloqueo, autoválvulas, pararrayos y aisladores soporte.

Redes de tierras superiores e inferiores. Servicios auxiliares de corriente alterna y corriente continua. Construcción de un edificio de mando y control y seis casetas de relés en el parque de 400 kV y tres casetas de relés en el parque de 220 kV. Sistema de protecciones, de medida y de control. Sistema de comunicaciones por onda portadora, fibra óptica y telefonía interna. Sistema de alumbrado y fuerza. La finalidad de la subestación a 400/220 kV de Bescanó es posibilitar la alimentación al Área de Gerona desde la red a 400 kV. Igualmente, posibilitará la alimentación al área de Gerona capital y a toda la zona Sur hasta Sant Celoni, así como al tren de alta velocidad en el tramo Gerona-Frontera francesa. Por otra parte, será el origen de la línea de interconexión a 400 kV Bescanó-Frontera Francesa.

2. No pronunciarse sobre la declaración, en concreto, de utilidad pública, al corresponder al Consejo de Ministros en la resolución del expediente ante oposición del Ayuntamiento de Bescanó, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Ilustrísimo Señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcio-namiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 15 de julio de 2005.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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