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Documento BOE-B-2005-220055

Resolución de 29 de julio de 2005 la Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Cádiz, por la que se concede Autorización Administrativa de proyecto al «Proyecto para la Distribución de Gas Natural y la actividad de suministro a tarifa en el término municipal de Puerto Real (Cádiz), del que es titular «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal», en el término municipal de Puerto Real (Cádiz). Expediente: GAS 3434/03.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 14 de septiembre de 2005, páginas 8270 a 8271 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2005-220055

TEXTO

Antecedentes de hecho

Primero: Con fecha 15/04/03, D. Pedro Ángel Santos Nieto, en nombre y representación de «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal» con C.I.F. A-41791625, y domicilio a efecto de notificaciones en Avenida del Tejar, local 9. 11500 El Puerto de Santa María (Cádiz), solicitó de esta Delegación Provincial autorización administrativa previa para la distribución de gas natural y actividad de suministro en el término municipal de Puerto Real (Cádiz), todo ello de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el Real Decreto 1434/2002 de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

Segundo: El proyecto fue sometido a información pública en el Boletín Oficial del Estado número 140 de 12 de junio de 2003, Boletín Oficial de la Provincia número 123 de 30 de mayo de 2003, en el Diario de Jerez de 16 de mayo de 2003 y en el Diario de Cádiz de 16 de mayo de 2003 durante el plazo reglamentario. Tercero: Durante el periodo de información publica se presentaron como alegaciones proyectos en competencia de la empresa «Gas Natural de Andalucía, Sociedad Anónima» así como de «Gas Asturias, Sociedad Anónima Unipersonal» solicitando la preceptiva autorización administrativa para ellos. Así mismo se presentó por parte del ayuntamiento de Puerto Real informes técnicos en referencia a aspectos técnicos en materia de protección del medio ambiente, urbanismo y de adecuación al régimen de ordenación del territorio. De todos ellos se dio traslado a «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal», no habiendo separatas de proyecto a remitir a diferentes organismos por considerarse este un proyecto genérico susceptible de ser concretado en su trazado en la fase de proyecto de ejecución. En este sentido, las alegaciones del ayuntamiento fueron con fecha de 19 de junio de 2003, entrada el 25 de junio de 2003 y con número de registro 33653, siendo estas:

Urbanismo del Ayuntamiento de Puerto Real, manifestando que: El trazado de gas no se encuentra incluido dentro del Sistema General de Infraestructuras y Servicios del Ayuntamiento por lo que debería ser tramitado como un Plan Especial, teniéndose en cuenta sus limitaciones por otras infraestructuras así como la calificación de sectores y zonas desuelo no urbanizable especialmente protegidos.

Medio Ambiente del ayuntamiento de Puerto Real, manifestando que:

El trazado de gas puede afectar al Parque de «El Porvenir» catalogado como Jardín Histórico de la Provincia por lo que la intervención en la zona requeriría pronunciamiento de la Delegación Provincial de Cádiz.

Los tramos de gas que se aproximen al borde litoral podrían afectar a yacimientos arqueológicos y también al casco histórico por lo que deberían ajustarse a los criterios del Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Casco Histórico de Puerto Real. Posibles afecciones a vías pecuarias que transcurren por el interior del municipio ante los cuales tendrán que pronunciarse la Consejería de Medio ambiente.

«Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal», responde con escrito de fecha de entrada 23 de junio de 2005 y número de registro 15403 manifestando las siguientes razones:

Que «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal» en cumplimiento tanto de la Ley 34/98, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, como del Real Decreto 1434/2002, de 31 de diciembre se coordinará con los planes urbanísticos.

Que en cumplimiento de la Ley 7/2000 de Ordenación Urbanística de Andalucía se presentará Plan Especial, o en su caso Proyecto de actuación, cuando se presenten proyectos de ejecución de las redes de distribución por suelo no urbano. En cuanto al Proyecto de Autorización Administrativa Previa no es constructivo, no considerando necesario la presentación de Plan especial por el momento. Que «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal» en todo momento, conjuntamente con el proyecto de ejecución de redes de distribución en suelo no urbano presenta Estudio de Impacto Ambiental, en cumplimiento de la normativa aplicable.

Gas Natural de Andalucía manifiesta en escrito recibido el 6 de junio de 2003 con número de registro de entrada 29779 que:

Se presenta proyecto en competencia de la misma autorización administrativa, denominado «Proyecto de autorización administrativa previa para la distribución de gas natural en Puerto Real (Cádiz)» considerando que ofrece mayores prestaciones, tanto de índole técnica, como de carácter económico solicitando que les sea otorgado a ellos la autorización administrativa para dicho término.

«Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal», responde a dichas alegaciones con escrito de fecha de entrada 23 de junio de 2005 y número de registro 15407 manifestando las siguientes razones:

Primero: Que según indican los artículos 67 y 73, y concordantes de la Ley 34/98 de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos las solicitudes pueden ser comparadas y en su caso concedidas o denegadas en base a justificaciones técnico-económicas que pueden recoger los proyectos y a la energía a suministrar y a la garantía del servicio.

Segundo: Que en base a lo anterior se indica que «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal» es una empresa con una amplia experiencia en la distribución de gases canalizados. Que actualmente se encuentra fuertemente implantada en la zona de actuación, teniendo otorgadas las autorizaciones administrativas de las poblaciones de El Puerto de SantaMaría, San Fernando y Chiclana entre otros. Tercero: Que «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal» es una empresa 100 por 100 del grupo Endesa Gas y por tanto tiene completamente garantizadas la capacidad tanto técnica como económica para ejecutar las instalaciones descritas en el proyecto. Cuarto: Que el proyecto presentado se encuentra englobado dentro de un plan de gasificación que no comprende únicamente la población de Puerto Real sino la gasificación de toda la Bahía de Cádiz. Esta gasificación se realizará entre dos empresas del Grupo Endesa Meridional de Gas y Endesa Gas Transportista. Quinto: Que existe el apoyo explícito de la Junta de Andalucía para el proyecto de gasificación de la Bahía de Cádiz, rubricado en el Acuerdo Específico de Colaboración entre la Junta de Andalucía y Endesa Gas Transportista y Meridional de Gas sobre Infraestructura Gasista desarrollado en el convenio marco para el desarrollado del Plan Energético de Andalucía 2001-2006. Sexto: Que actualmente el grupo Endesa Gas, en virtud del acuerdo de colaboración con la Junta de Andalucía, ha presentado el proyecto de «Gasoducto de Transporte para suministro a la Bahía de Cádiz», donde se incluye una posición para suministro a Puerto Real. Se encuentra construyendo las redes en las poblaciones de San Fernando, Chiclana y el Puerto Santa María entre otras. Séptimo: Que actualmente «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal», tiene firmados distintos contratos para suministro de gas canalizado en el término municipal de Puerto Real a un número aproximado de 2.500 viviendas, concretamente con la promotora Chival para dar suministro a la urbanización «Aldea real», con la Junta de Compensación de la urbanización Casines, con la promotora Proconsport, etc. Octavo: Que «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal»se encuentra actualmente distribuyendo en Puerto Real con propano provisional y cuenta con clientes por tanto. Noveno: Que el Grupo Endesa Gas es el único capaz de dar una solución global para satisfacer las necesidades de suministro en la población y llegar tanto a los polígonos industriales como a los consumos domésticos-comerciales.

«Gas de Asturias, Sociedad Anónima Unipersonal», manifiesta en escrito recibido el 4 de julio de 2003 con número de registro de entrada 35945 que:

Se presenta proyecto en competencia de la misma autorización administrativa, denominado «Proyecto de autorización administrativa previa para la distribución de gas natural en Puerto Real (Cádiz)» solicitando que les sea otorgado a ellos la autorización administrativa para dicho término.

«Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal», responde con escrito de fecha de entrada 23 de junio de 2005 y número de registro 15404 manifestando las siguientes razones:

Primero: Que según indican los artículos 67 y 73, y concordantes de la Ley 34/98 de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos las solicitudes pueden ser comparadas y en su caso concedidas o denegadas en base a justificaciones técnico-económicas que pueden recoger los proyectos y a la energía a suministrar y a la garantía del servicio.

Segundo: Que en base a lo anterior se indica que «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal» es una empresa con una amplia experiencia en la distribución de gases canalizados. Que actualmente se encuentra fuertemente implantada en la zona de actuación teniendo otorgadas las autorizaciones administrativas de las poblaciones de El Puerto de Santa María, San Fernando y Chiclana entre otros. Tercero: Que «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal» es una empresa 100 por 100 del grupo Endesa Gas y por tanto tiene completamente garantizadas la capacidad tanto técnica como económica para ejecutar las instalaciones descritas en el proyecto. Cuarto: Que el proyecto presentado se encuentra englobado dentro de un plan de gasificación que no comprende únicamente la población de Puerto Real sino la gasificación de toda la Bahía de Cádiz. Esta gasificación se realizará entre dos empresas del Grupo Endesa Meridional de Gas y Endesa Gas Transportista. Quinto: Que existe el apoyo explícito de la Junta de Andalucía para el proyecto de gasificación de la Bahía de Cádiz, rubricado en el Acuerdo Específico de Colaboración entre la Junta de Andalucía y Endesa Gas Transportista y Meridional de Gas sobre Infraestructura Gasista desarrollado en el convenio marco para el desarrollado del Plan Energético de Andalucía 2001-2006. Sexto: Que actualmente el grupo Endesa Gas, en virtud del acuerdo de colaboración con la Junta de Andalucía, ha presentado el proyecto de «Gasoducto de Transporte para suministro a la Bahía de Cádiz», donde se incluye una posición para suministro a Puerto Real. Se encuentra construyendo las redes en las poblaciones de San Fernando, Chiclana y el Puerto Santa María entre otras. Séptimo: Que actualmente «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal», tiene firmados distintos contratos para suministro de gas canalizado en el término municipal de Puerto Real a un número aproximado de 2.500 viviendas, concretamente con la promotora Chival para dar suministro a la urbanización «Aldea real», con la Junta de Compensación de la urbanización Casines, con la promotora Proconsport, etc. Octavo: Que «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal» se encuentra actualmente distribuyendo en Puerto Real con propano provisional y cuenta con clientes por tanto. Noveno: Que el Grupo Endesa Gas es el único capaz de dar una solución global para satisfacer las necesidades de suministro en la población y llegar tanto a los polígonos industriales como a los consumos domésticos-comerciales.

Fundamentos de Derecho

Primero: Esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa es competente para resolver sobre la citada autorización, según lo dispuesto en los artículos 13.14 y 15.5 del Estatuto de autonomía de Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, (Boletín Oficial del Estado número 9 de 11 de enero de 1982), el artículo 2.9, 1.º y 2.º del Real Decreto 1091/1981, de 24 de abril, por el que establece el traspaso de competencias, funciones y servicios del Estado en materia de industria, energía y minas, (Boletín Oficial del Estado número 139, de 11 de junio), el punto II del Anexo al Real Decreto 4164/1982, de 29 de diciembre, por el que se traspasan funciones y servicios del Estado en materia de industria, energía y minas, (Boletín Oficial del Estado número 62, de 14 de marzo), el artículo 1.º y la Disposición Transitoria Única del Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 3, de 25 de abril), el Decreto 2001/2004 de 11 de mayo por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 95 de 17 de mayo), así como por lo dispuesto en la Resolución de 28 de enero de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre delegación de competencias en materia de instalaciones de gas.

Segundo: La Autorización administrativa, está regulada en la Ley 34/1998 de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y en el Real Decreto 1434/2002 de 27 de diciembre de 2002, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.

Vistos: Los preceptos legales citados, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reformada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, el Real Decreto 1434/2002 de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, el Decreto 2913/1973, de 26 de octubre , por el que se aprueba el Reglamento General del Servicio Público de gases combustibles, y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa, a propuesta del Servicio de Industria, Energía y Minas, resuelve:

Primero: Autorizar, a solicitud de «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal», el «Proyecto para solicitud de autorización administrativa previa de la distribución de gas canalizado en el término municipal de Puerto Real (Cádiz)», según el proyecto presentado por «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal», en esta Delegación Provincial, redactado y firmado por el Ingeniero Industrial D. Pedro Santos Nieto, colegiado número 2.617, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Andalucía Occidental delegación de Cádiz, con fecha 4 de abril de 2003 y número de visado 1077, cuyas principales características y condicionantes son: Características: Presión de diseño: Inferior a 16 bar (MPB en áreas industriales y conexión con la estación de regulación y medida APA/MPB y MPA en la mayoría de su trazado).

Presupuesto: 871.647,43 euros. Instalaciones: Partiendo de la red de distribución básica en media presión B (MPB), desde una estación de regulación y medida APA/MPB conectada al gaseoducto Jerez- El Puerto de Santa María-Puerto Real-San Fernando-Chiclana. A partir de esta prolongación de la red se instalan estaciones de regulación y medida MPB/MPA, en función de las necesidades, para alimentar la red de distribución en media presión A que suministra al mercado doméstico y comercial del núcleo principal de población. Esta red de MPA se compondrá de unos ramales principales que formarán parte de la infraestructura básica de la red para el municipio, y a partir de ella, zona a zona, se irán ejecutando redes de distribución secundaria en función de la demanda del mercado. Tanto la ERM APA/MPB como las ERM MPB/MPA estarán compuestas por dos líneas de regulación automática con capacidad suficiente para atender el consumo punta previsto. Las instalaciones proyectadas tienen carácter orientativo en su trazado, aunque no en sus criterios de diseño, pudiéndose variar el trazado por las calles por las que discurre para atender criterios municipales, así como a los condicionantes técnicos que se aleguen por los distintos órganos afectados en la fase de aprobación del proyecto de ejecución. «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal» se compromete a ejecutar los compromisos de expansión que ya presenta en las alegaciones en el término municipal afectado. Para los clientes industriales de los polígonos industriales del norte y sur se dispondrán soluciones específicas con redes de gran capacidad. Longitud aproximada: Red primaria de distribución, con conexión a la Estación de Regulación de aproximadamente 2,6 km en MPB (con tubo PE DN 200 SDR 11) y 4,2 km en MPA (con tubo PE DN 200 SDR 17,6 y PE DN 160 SDR 17,6), incluyendo los ramales principales en MPA. También incluye dos estaciones de regulación MPB/MPA. Red secundaria de distribución realizada para realizar la distribución propiamente dicha en MPA a los usuarios y con diámetro de tubería según consumos y que se prevé que llegue a alcanzar una longitud aproximada de 50,5 km según se valla extendiendo para dar suministro a los futuros clientes.

Condicionantes:

1.º La Autorización necesaria para la ejecución de este proyecto, deberá ser solicitada en el plazo de doce meses a partir de la fecha de notificación del otorgamiento de esta Autorización Administrativa. El inicio de las obras tendrá que iniciarse en un plazo no superior de dieciocho meses contados a partir de la fecha de notificación de esta autorización administrativa.

2.º Toda modificación que afecte a los datos básicos y a los contenidos del proyecto requerirá autorización expresa de esta Delegación Provincial. 3.º «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal», deberá depositar en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de notificación de esta Autorización Administrativa, una fianza del 2 por 100 del presupuesto del proyecto. El importe de esta fianza asciende a 17.432,95 euros. Dicha fianza se constituirá en la Caja General de Depósitos de la Consejería de Economía y Hacienda a disposición de la Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa de Cádiz, en metálico, en valores del Estado o mediante aval bancario con entidades de seguros de las sometidas a la ley 33/1984 de 2 de agosto sobre Ordenación de Seguro Privado. «Meridional de Gas, Sociedad Anónima Unipersonal», deberá remitir a esta Delegación Provincial la documentación acreditativa de la constitución de la citada fianza en un plazo de treinta días desde la notificación de esta Autorización. 4.º Esta Delegación Provincial se reserva el derecho a dejar sin efecto esta autorización por incumplimiento de las condiciones impuestas, por la declaración inexacta de los datos suministrados u otra causa excepcional que lo justifique. 5.º Esta autorización se otorga independientemente y sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia autonómica, municipal, provincial y otras, necesarias de acuerdo con la normativa sectorial aplicable en cada caso.

Esta Resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá ser objeto de recurso de alzada, a interponer en el plazo de un mes, contado desde el día de su notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, de conformidad con lo establecido en el art. 107.1 de la Ley 4/1999, por la que se modifica la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.

Cádiz, 29 de junio de 2005.-La Delegada Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa, Angelina M.ª Ortiz del Río.

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