Contido non dispoñible en galego
A los efectos previstos en los artículos 3, 8 y 10 del Decreto 6/2003, de 16 de enero (B.O.C. de 29 de enero de 2003), así como en lo previsto en los artículos 52, 53 y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, además de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y su Reglamento, que resultan de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 54/1997, y en el Decreto 50/1991, de 29 de abril (B.O.C. de 14-5-91), de Evaluación de Impacto Ambiental para Cantabria se somete al trámite de información pública la petición de autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública para la construcción de la instalación eléctrica:
«LAT 55 kV Parque Eólico de Cañoneras-Subestación de Ramales. Modificación tramo del apoyo n.° 60 a la Subestación de Ramales.» Peticionario: Eólica 2000, S.L.
Domicilio: Barrio Rubó s/n. Boo de Piélagos (Cantabria). Lugar donde se va a establecer la instalación: Términos municipales de Soba y Ramales de la Victoria. Finalidad de la instalación: Línea de alta tensión desde el futuro Parque Eólico de Cañoneras hasta la Subestación de Ramales de la Victoria. Características de la instalación:
Línea eléctrica aérea y subterránea trifásica Parque Eólico de Cañoneras-Subestación de Ramales. Modificación tramo del apoyo n.° 60 a la Subestación de Ramales: Tramo aéreo: Tensión: 55 kV. Longitud: 430 metros. Conductor: LA-280. Origen: Apoyo n.° 60. Final: Apoyo n.° 64.
Tramo subterráneo: Tensión: 55 kV. Longitud: 1.730 metros. Conductor: DHZ-1-400. Origen: Apoyo n.° 64. Final: Subestación de Ramales.
La declaración, en concreto, de utilidad pública en virtud de lo establecido en el artículo 54 de la Ley 54/1997, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. En el correspondiente expediente expropiatorio la peticionaria de la instalación asumirá, en su caso, la condición de entidad beneficiaria.
Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente para los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por la ejecución de las obras, cuya relación se inserta al final de este anuncio, todo ello en orden a que por cualquier interesado pueda ser examinado el proyecto de la instalación en la Dirección General de Industria, sita en la calle Castelar n.° 13, principal derecha, 39004 de Santander, y formularse al mismo tiempo, en el plazo de veinte días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, cualesquiera alegaciones que se consideren oportunas, incluyendo las procedentes, en su caso, por razón de lo dispuesto en el artículo 161 del Real Decre-to 1955/2000, así como aportar por escrito los datos oportunos para subsanar posibles errores en la relación indicada.
Asimismo, la presente publicación se realiza a los efectos de notificación previstos en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santander, 16 de diciembre de 2004.-El Director General de Industria, Pedro Obregón Cagigas.
Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados |
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Datos catastrales |
Vuelo |
Apoyo |
Faja Seguridad |
|||||||||
Finca |
Paraje |
Propietario |
Dirección |
Polígono |
Parcela |
Cultivo |
Metros lineales |
Superficie m2 |
Número |
Superficie m2 |
Anchura |
|
Término municipal de Soba |
||||||||||||
65 |
La Pared. |
Junta Vecinal de San Juan. |
San Juan de Soba s/n (Soba) 39806 Cantabria. |
52 |
10 |
Pradería. |
343 |
6.860 |
61-62 |
6,66 |
20 |
|
67 |
Bolaiz. |
Joaquín Gutiérrez Martínez (Herederos). |
Francisco Gutiérrez Cuadra. C/ Real 6, Lanestosa 48891 Vizcaya. |
52 |
1 |
Pradería. |
340 |
6.800 |
63 |
39,06 |
20 |
|
68 |
Bolaiz. |
Manuel Maza Quintana y dos hermanos. |
Gral. Bakali, 1, 39800 Ramales de la Victoria. |
28 |
90 |
Pradería. |
14 |
280 |
- |
- |
20 |
|
69 |
Bolaiz. |
Joaquín Gutiérrez Martínez (Herederos). |
Francisco Gutiérrez Cuadra. C/ Real 6, Lanestosa 48891 Vizcaya. |
28 |
88 |
Pradería. |
16 |
320 |
- |
- |
20 |
|
Término municipal de Ramales de la Victoria |
||||||||||||
70 |
Salto del Oso. |
Manuel Maza Quintana y dos hermanos. |
Gral. Bakali, 1, 39800 Ramales de la Victoria. |
13 |
115 |
Pradería. |
30 |
600 |
- |
- |
20 |
|
71 |
Salto del Oso. |
Manuel Maza Quintana y dos hermanos. |
Gral. Bakali, 1, 39800 Ramales de la Victoria. |
13 |
114 |
Pradería. |
25 |
500 |
- |
- |
20 |
|
72 |
Mies de San Cibrián. |
Ayuntamiento de Ramales de la Victoria. |
P.º Barón Adzaneta n.º 5, 39800 Ramales de la Victoria. |
13 |
113 |
Pradería. |
7 |
140 |
64 |
28,62 |
20 |
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