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Documento BOE-B-2005-236111

FUNDACIÓN LUIS VIVES

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 3 de octubre de 2005, páginas 8860 a 8860 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2005-236111

TEXTO

Resolución del Director Gerente de la Fundación Luis Vives por la que se convocan las ayudas para el fortalecimiento de las organizaciones no gubernamentales que promuevan la inserción laboral de personas en riesgo de exclusión, en el marco del programa operativo de lucha contra la discriminación (2000-2006)

Artículo único.

1. Al amparo de lo establecido en la Resolución de 30 de julio de 2001, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas en el marco de la Subvención Global del Programa Operativo de Lucha contra la Discriminación (2000 - 2006) , y modificaciones posteriores se convocan las ayudas correspondientes al ejercicio 2006.

2. El plazo para la presentación de preproyectos será de treinta días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución. Las solicitudes deberán ser presentadas en formato papel y en soporte digital ajustado al formulario «Preproyecto 2006» en la oficina del Fondo Social Europeo de la Fundación Luis Vives en la Calle Mesón de Paños 6, 1.º centro 28013 Madrid en horario de 9:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas, bien directamente, bien por correo certificado, en cuyo caso el matasellos de correos servirá para certificar la fecha de presentación. Se excluyen por tanto otro tipo de medios de certificar dicha fecha. 3. Toda la información, formularios y documentación relativa a la convocatoria 2006 estará disponibles en la web de la Fundación Luis Vives (www.fundacionluisvives.org) así como en nuestra oficina del FSE mencionada. 4. Los preproyectos deberán ajustarse a alguno de los 4 ejes definidos en las bases de la convocatoria:

Eje 1: Cualificación de los recursos humanos de las entidades.

Eje 2: Trabajo en red. Eje 3: Introducción y gestión de Calidad. Eje 4: Desarrollo de herramientas de gestión y Nuevas Tecnologías.

5. Para la convocatoria correspondiente a 2006 se tiene prevista la presentación y revisión de solicitudes en dos fases, con el objeto de realizar una selección de los proyectos más idóneos y apoyar en la formulación y adecuación de los mismos.

6. La solicitud, resolución y gestión de dichas ayudas se regirán por lo establecido en las mencionadas Bases Reguladoras en su redacción dada por Resolución del Director Gerente de la Fundación Luis Vives de 22 de septiembre de 2005, disponibles en la página web de la fundación, www.fundacionluisvives.org y en nuestra oficina FSE referida. 7. La fecha de inicio del plazo de realización de los proyectos de esta convocatoria será desde el 1 de enero de 2006 hasta 2 meses después de la publicación de la resolución de concesión de las ayudas Fundación Luis Vives - Fondo Social Europeo del ejercicio 2006. 8. Las correspondientes resoluciones de concesión de las ayudas serán publicadas en el Boletín Oficial del Estado.

9. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 23 de septiembre de 2005.-Director Gerente, José Manuel Fresno García.-49.468.

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