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Desconociéndose el actual domicilio de don Eduardo Sánchez Pintado, titular del contrato de cesión de uso de vivienda militar, por no hallársele en el del Recinto de la Base Aérea de Torrejón, n.º 15-B, de Torrejón de Ardoz (Madrid), se le hace saber por la Directora General Gerente del Instituto para la vivienda de las Fuerzas Armadas, en el expediente incoado para el ejercicio del desahucio de la vivienda militar, que se ha formulado con fecha de 1 de julio de 2005, Propuesta de Resolución, por la causa de resolución de contrato de vivienda militar contemplada en la letra b) («Cambio de destino cuando implique cambio de localidad o área geográfica o cuando la vivienda esté vinculada al citado destino») del artículo 9, de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, posteriormente por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social y finalmente por la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social. Durante el plazo de ocho días a partir de la publicación de la presente Propuesta de Resolución, podrá alegar cuanto considere conveniente a su defensa, en relación con la propuesta formulada, que se elevará con todas las actuaciones y alegaciones formuladas, para su resolución definitiva a la Ilma. Sra. Directora General Gerente del INVIFAS.
Madrid, 27 de septiembre de 2005.-El Instructor, José Luis Casas Aybar.
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