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Documento BOE-B-2005-246132

Anuncio del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales por el que se notifica el inicio del expediente 80/05.

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 14 de octubre de 2005, páginas 9333 a 9333 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-B-2005-246132

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59, apartado 5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), se notifica a «Atlántico Multicines, S.L», como titular del cine «Antilla Sala 3», de Lepe-La Antilla (Huelva), el acuerdo de iniciación del expediente sancionador n.º 80/05, dictado el 5 de los corrientes por el Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, en virtud de lo establecido en el artículo 13, apartado 2, de la Ley 15/2001, de 9 de julio, de Fomento y Promoción de la Cinematografía y el Sector Audiovisual, así como en el artículo 21 y siguientes del Real Decreto 81/1997, de 24 de enero, y de conformidad con lo previsto en el artículo 14 del Real Decreto 1398/1993, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora (RPS), de 4 de agosto, al haberse intentado sin efecto la notificación ordinaria del mismo, prevista por el apartado 2 del citado artículo 59 de la LRJPAC, en el último domicilio conocido, C/ San Pablo, 2. 41001 Sevilla, y a la vista de la posible comisión por la empresa de una infracción leve de las tipificadas en el artículo 12 de la Ley 15/2001, de 9 de julio citada, por vulneración de lo establecido en el artículo 9 de la misma, y artículo 12 del Real Decreto 81/1997, de 24 de enero, en relación con el apartado sexto de la Orden de 7 de julio de 1997, que podrá ser sancionada con apercibimiento o multa de hasta 3.000 euros de acuerdo con el artículo 13 de la misma ley. Se nombra Instructor del procedimiento al Servicio de Inspección y Sanciones de la Secretaría General, siendo competente para su resolución esta misma Dirección General, conforme a lo prescrito en el artículo 13 de la Ley 15/2001. El acuerdo de iniciación que se notifica no se publica en su integridad de acuerdo con lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, encontrándose a disposición del interesado el texto íntegro del mismo, así como la totalidad de documentos obrantes en el expediente, en la sede de este Instituto (Secretaría General. Servicio de Inspección y Sanciones) ubicado en la Plaza del Rey, n.º 1. 28071 Madrid.

Frente al citado acuerdo de iniciación dispone el interesado de un plazo de quince días para la formulación de alegaciones y presentación de documentos e informaciones que estime convenientes a su defensa, de acuerdo con el artículo 16, apartado 1, del precitado Real Decreto 1398/1993.

Madrid, 21 de septiembre de 2005.-La Secretaria General, Milagros Mendoza Andrade.

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