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Documento BOE-B-2005-255129

Edicto del Ayuntamiento de Cervo por el que se anuncia la expropiación urgente para la ejecución del proyecto de recuperación y regeneración del borde litoral de la Playa de la Caosa y acondicionamiento de la desembocadura del Río Ouro.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 25 de octubre de 2005, páginas 9737 a 9737 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2005-255129

TEXTO

Por Decreto 516/2005, de 22 de septiembre, de la Consellería de la Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de la Xunta de Galicia, publicado en el «Diario Oficial de Galicia» número 194, de 7 de octubre, se declara la urgente ocupación por el Ayuntamiento de Cervo (Lugo) de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras del proyecto de recuperación y regeneración del borde litoral de la playa de la Caosa y acondicionamiento de la desembocadura del Río Oro, con los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa. En cumplimiento y ejecución de la disposición citada y del acuerdo adoptado en el Pleno de esta Corporación en sesión de 7 de julio de 2004 y demás antecedentes y normas aplicables, se anuncia el levantamiento de actas previas a la ocupación, a la que se refiere la norma segunda del artículo 42 de la Ley de expropiación forzosa, que tendrá lugar el vigésimo quinto día hábil contado a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado, en los lugares en que se encuentren situados los bienes objeto de expropiación, a los que se trasladará un equipo técnico y administrativo, y para esos actos se cita a los propietarios, a los demás afectados y a cuantas personas o entidades puedan ostentar derechos sobre tales bienes. Las operaciones podrán continuarse en días y horarios posteriores, si fuese preciso, sin necesidad de repetir las citaciones, bastando a tal efecto el anuncio verbal en la jornada de tarde y con ocasión del levantamiento de las últimas actas que se extiendan, en que así se hará saber públicamente a los asistentes. Las actas se levantarán aun en el supuesto de que no concurran los propietarios y demás interesados o quien debidamente los representen. A tales efectos podrán concurrir personalmente o debidamente representados, acreditando su personalidad y pudiéndose hacer acompañar a su costa de perito y notario, debiendo aportar la documentación precisa respecto a la titularidad de los derechos que aleguen (títulos registrales, cédulas de propiedad, recibos de contribución, etc.). En aplicación de lo dispuesto en el artículo 56.2 del reglamento para su aplicación de la Ley de expropiación forzosa, los interesados podrán formular escrito dirigido al Presidente de esta corporación, con cuantas alegaciones estimen pertinentes hasta el levantamiento de las actas previas y a los efectos de arreglar los posibles errores que se pudieran padecer al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación, no siendo procedente ningún otro recurso o reclamación, que se entenderán diferidas al momento procedimental posterior.

La relación de propietarios y demás titulares de bienes y derechos afectados por el citado expediente de expropiación está publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo número 174, del 30 de julio del 2004.

Cervo, 10 de octubre de 2005.-El Alcalde-Presidente, José Insua Pernas.

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