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Documento BOE-B-2005-309166

COLEGIO DE ECONOMISTAS DE MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 27 de diciembre de 2005, páginas 12459 a 12460 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2005-309166

TEXTO

Acuerdo de Junta de Gobierno de 20 de septiembre de 2005, que aprueba la creación de los ficheros de datos de carácter personal de Colegiados y Expedientes Disciplinarios del Colegio de Economistas de Madrid (CEM)

El CEM acuerda la creación de los ficheros de datos de carácter personal de Colegiados y Expedientes Disciplinarios. Este acuerdo se publicará en el BOE, entrando en vigor al día siguiente.

Fichero de Colegiados:

1. Responsable del fichero: CEM.

2. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se ejercerán ante el CEM. 3. Nombre y Descripción: Colegiados. Datos necesarios para la gestión colegial y ejercicio de funciones administrativas. 4. Fichero informatizado. 5. Sistema de información: Sistema Información Economistas. 6. Nivel de seguridad: Básico. 7. Datos: DNI/NIF, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono, Fechas de alta y baja, Tipo de cuota. Fecha y Lugar de nacimiento, Sexo. Formación y titulaciones, Historial de estudiante, Pertenencia a colegios o asociaciones profesionales. Datos empresa, ejercicio libre, especialización, actuación profesional. Datos bancarios. 8. Finalidad y usos: Gestión de colegiados y servicios colegiales, ejercicio de funciones publicas y administrativas. 9. Personas a quienes pertenecen los datos: Colegiados del CEM. 10. Procedencia de los datos: El propio interesado, Administraciones Publicas. Procedimiento de recogida: Formularios, Entrevistas, Transmisión electrónica. 11. Cesionarios de datos: Consejo General de Colegios de Economistas, Órganos judiciales, otros Colegios, si se solicita traslado.

Fichero de Expedientes Disciplinarios:

1. Responsable del fichero: CEM.

2. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se ejercerán ante el CEM. 3. Nombre y Descripción: Expedientes Disciplinarios. Datos necesarios para ejercer facultades disciplinarias. 4. Fichero manual. 5. Sistema de información: Sistema información Expedientes Disciplinarios. 6. Nivel de seguridad: Medio. 7. Datos: DNI/NIF, Nombre y apellidos, Dirección, Teléfono. Fecha y Lugar de nacimiento, Sexo. Infracciones. 8. Finalidad y usos: Control deontológico y disciplinario. 9. Personas a quienes pertenecen los datos: Colegiados del CEM. 10. Procedencia de los datos: El propio interesado. Procedimiento de recogida: Entrevistas, formularios.

11. Cesionarios de datos: Órganos jurisdiccionales.

Madrid, 25 de noviembre de 2005.-Secretario de la Junta de Gobierno, Francisco Castellano Real.-65.177.

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