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Documento BOE-B-2005-312082

Anuncio de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Cádiz por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública del proyecto «Gasoducto Costa Noroeste de Cádiz (Fase I)», así como su estudio de impacto ambiental.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 30 de diciembre de 2005, páginas 12666 a 12672 (7 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2005-312082

TEXTO

A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, en relación con los artículos 17 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 56 de su Reglamento (Decreto de 26 de abril de 1957), y al amparo de lo dispuesto en la Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental y el Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se somete a información pública el proyecto cuyas características se detallan a continuación:

Peticionario: Endesa Gas Transportista, S. L., con domicilio a efectos de notificaciones en Zaragoza, C/ Aznar Molina, 2 (C.P. 50002).

Objeto de la petición: Autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones, reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública, y Declaración de Impacto Ambiental del proyecto «Gasoducto Costa Noroeste de Cádiz (Fase 1)», en los términos municipales de El Puerto de Santa María y Rota (Cádiz). Descripción de las instalaciones:

Trazado: tiene su origen en la posición de válvulas final del gasoducto Jerez-El Puerto de Santa María, dentro del término municipal de El Puerto de Santa María; discurre hacia el norte hasta encontrarse con la autovía N-IV y su variante N-IVa, y tras cruzarla se dirige hacia el noroeste dejando al norte el centro penitenciario El Puerto; después de cruzar las carreteras CA-613 y CA-602, el trazado varia a dirección oeste dejando al sur la Base Aérea de Rota; tras superar el recinto militar, finaliza en la posición proyectada. La longitud total del trazado es de 21.760 metros.

Tubería: de acero de grado X-42, según especificación API 5L, con diámetro 12". Irá enterrada aproximadamente a 1 metro de profundidad sobre su generatriz superior. Presión de operación: 45 bar (Alta Presión B). Caudal máximo: 5.000 m3(n)/h. Instalaciones auxiliares: 2 posiciones de válvulas con Estaciones de Regulación y Medida. APB/APA; Válvulas API-6D, ANSI B-16.34, BS 5352.

Presupuesto: Tres millones seiscientos setenta y cuatro mil cuatrocientos doce euros con setenta y cuatro céntimos (3.674.412,74 €).

Afecciones a fincas privadas: La afección a fincas de propiedad privada derivada de la construcción del gasoducto y sus instalaciones, se concreta en la siguiente forma:

Uno.-Expropiación forzosa de los terrenos sobre los que se han de construir los elementos de instalación fija en superficie.

Dos.-Para las canalizaciones:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso a lo largo del trazado de la conducción, con una anchura de cuatro metros, dos a cada lado del eje, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción de gas. Esta servidumbre que se establece estará sujeta, además, a las siguientes limitaciones al dominio. 1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a dos metros, a contar del eje de la tubería.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obras, construcción, edificación o efectuar acto alguno que pudiere dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a diez metros del eje del trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que fije el órgano competente de la Administración. 3. Libre acceso del personal y equipo necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen. 4. Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

b) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, de la franja que se reflejará para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines. Tres.-Para el paso de los cables de conexión y elementos dispersores de protección catódica:

a) Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de terreno de un metro de ancho, por donde discurrirán enterrados los cables de conexión. Para los lechos dispersores de la protección catódica, la franja de terreno donde se establece la imposición de servidumbre permanente de paso, tendrá como anchura, la correspondiente a la de la instalación más un metro a cada lado. Estas franjas estarán sujetas a las siguientes limitaciones: Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros, a plantar árboles o arbustos y realizar cualquier tipo de obras, construcción o edificación a una distancia inferior a metro y medio, a cada lado del cable de conexión o del límite de la instalación enterrada de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el derecho a talar o arrancar los árboles o arbustos que hubiera a distancia inferior a la indicada.

Libre acceso del personal y elementos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago en su caso, de los daños que se ocasionen.

b) Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se reflejará para cada finca en los planos parcelarios de expropiación, y en la que se podrá hacer desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de los terrenos y demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que puedan examinar el expediente en esta Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Cádiz, sita en Plaza Asdrúbal s/n -Edificio Junta de Andalucía- (CP 11008) y presentar, por triplicado ejemplar, las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Los planos parcelarios podrán ser igualmente consultados en los Ayuntamientos afectados.

Cádiz, a 7 de noviembre de 2005.-La Delegada de Innovación, Ciencia y Empresa, Angelina María Ortiz del Río.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de este anuncio.

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