Este Tribunal Central, en Sala, en la reclamación económico-administrativa promovida por don Giorgio Aresu Gratieri, contra acuerdo de 2 de abril de 2002, dictado por el Inspector Jefe Adjunto-Jefe de la Oficina Técnica de la Oficina Nacional de Inspección, dictado en ejecución de la Resolución de este Tribunal Central de fecha 21 de diciembre de 2001, número R.G. 4294/99, relativa al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, intereses de demora por la suspensión de la sanción, ejercicio 1995, Acuerda: Estimar la reclamación económica administrativa interpuesta por el interesado y anular la liquidación de intereses suspensivos impugnada.
Lo que notifico reglamentariamente a Vd., advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía económico-administrativa puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio.
Sin perjuicio del recurso de anulación previsto en el artículo 239.6 de la LGT 58/2003.
Madrid, 27 de enero de 2005.-El Vocal, Conrado Montesinos Jaén.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid