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Documento BOE-B-2005-41027

Resolución de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias por la que se anuncia que se ha establecido un sistema de clasificación de empresas proveedoras aplicando una metodología establecida por RENFE basada en el modelo de gestión EFQM (European Foundation for Qualiyt Management) en los sectores y subsectores de obras y suministros.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2005, páginas 1285 a 1286 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Subastas y concursos de obras y servicios
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2005-41027

TEXTO

1. Entidad Contratante: Administrador de Infraestructuras Ferroviarias. U.N. de Mantenimiento de Infraestructura de Líneas Convencionales. Estación de Chamartín. Caracola, 22, 28036 Madrid (España). Teléfono: (+34) 913007762. Fax: (+34) 913007662. 2. Objeto del sistema de clasificación: La U.N. de Mantenimiento de Infraestructura de Líneas Convencionales del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, anuncia que ha establecido un sistema de Clasificación de Empresas Proveedoras aplicando una metodología establecida basada en el modelo de Gestión E.F.Q.M. (European Foundation for Quality Management), en los siguientes Sectores y Subsectores de Obras y Suministros CPV: 45234100-7; 45315300-1; 31621000-5; 32500000; 28421100-0.

Sector de obras ferroviarias (OA): Subsectores:

Tratamiento de Vía con maquinaria pesada (OAAA).

Tratamiento de Vía con maquinaria ligera (OAAB). Tratamiento de Cambios (OAB). Desguarnecido de Cambios (OAD). Reparación de Túneles (OAEB). Rehabilitación de Puentes y Pasos Superiores Metálicos (OAFA). Reparación de Puentes y Pasos Superiores de Fábrica (OAFB). Pintura de Puentes (OAFC). Sustitución de Puentes (OAFE). Tratamiento de Infraestructura de Vía - Tratamiento de Explanaciones y Tratamiento de Trincheras (OAG). Explanaciones - Incluidos boquillas de túneles, pasos inferiores y pasos a nivel (OAH). Montaje Cambios Pórticos Pesados (OAIA). Montaje Cambios Pórticos Ligeros (OAIB).

Sector de electrificación (IA):

Subsectores:

Catenaria, corriente continua (IAAA).

Catenaria, corriente alterna (IAAB). Subestaciones, corriente continua (IABA). Subestaciones, corriente alterna (IABB). Telemando (IAC). Líneas de energía, tendidos alta (IADA). Líneas de energía, tendidos baja (IADB). Centros de Transformación (IADC). Balizamiento de Líneas (IADD).

Sector de instalaciones de seguridad ferroviarias (IB):

Subsectores:

Sistemas de Señalización de Tecnología Electrónica (IBA).

Sistemas de Señalización de Tecnología Eléctrica de Grupos Geográficos (IBB). Sistemas de Señalización de Cableado Libre (IBC). Sistemas de Telemando CTC (IBD). Sistemas de ATP/ATO (IBE). Sistemas de Señalización Mecánica (IBG). Sistemas de Suministro de Energía para Instalaciones de Seguridad y Telecomunicaciones (IBH). Obras Complementarias (IBI).

Sector de telecomunicaciones (IC):

Subsectores:

Sistemas de Transmisión-sistemas de portadores MIC´s (ICA).

Telefonía de Explotación Ferroviaria (ICB). Centrales Telefónicas de Conmutación (ICC). Tendido y Empalme de Cable de Cobre (ICG). Fibra Óptica -incluidos Tendido y Empalme- (ICH). Radiocomunicaciones Móviles-GSM-R (ICKB).

Sectores de material de instalaciones fijas, vías y obras, señalización y telecomunicación (NAA):

Subsectores:

Carril (NAAA01).

Traviesas de Hormigón (NAAQ05-06-07-08). Aparatos de Vía: Desvíos, cruzamientos, aparatos de dilatación (NAAB01-02 y NAAC01). Balasto y Gravilla (NAAR01). Material de Vía no metálico-Plásticos-Placa aislante aligerada (NAAL02).

3. Condiciones que deben cumplir los proveedores: Descripción del proceso: El proceso de clasificación tiene como objetivo obtener la puntuación inicial del proveedor que indica su posicionamiento entre las empresas de su sector de actividad. Consta de tres fases: a) Registro: Es la inclusión del proveedor en el Registro General de Proveedores a través de la cumplimentación y análisis de la ficha de identificación del proveedor para la acreditación de la capacidad jurídica de los medios humanos, materiales, económicos y financieros. b) Calificación: Es el análisis del sistema de gestión del proveedor en relación al modelo EFQM a través de la cumplimentación y verificación «in situ» de la Guía de Autoevaluación para proveedores del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias. c) Cualificación: Es el análisis del proceso motivo de contratación y a través de la cumplimentación y verificación «in situ» de la información complementaria relativa al sector de actividad.

Será requisito inexcusable para poder acceder al Sistema de Clasificación de Empresas de Proveedores, disponer de la Certificación según Norma ISO 9000:2000, emitida por Organismo acreditado, incluyendo en el alcance de la certificación los subsectores en los que se pretende clasificar. 4. Período de validez del Sistema de Clasificación y trámites para su renovación. El sistema de Clasificación tiene una duración indefinida. Duración del Sistema de Clasificación: La clasificación será válida hasta el momento en que se informe al proveedor de los resultados de una nueva evaluación. Una nueva evaluación será realizada: a) cada tres años. b) A petición del proveedor, una vez implantados los planes de mejora consensuados, no antes de seis de la anterior clasificación. c) Cuando el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias lo considere oportuno, por tener conocimiento de cambios en la estructura jurídica, cese en algunas actividades o no satisfacción de criterio o condiciones requeridas. Cuando los criterios básicos de clasificación sean revisados, se pondrá en conocimiento de las empresas interesadas. 5. Convocatoria de Licitación: Este anuncio sirve de convocatoria de licitación para las contrataciones, que por procedimientos restringidos y negociados, se realicen en los sectores de actividad enunciados en el punto 2; por lo que, en los procedimientos de tal tipo que se abran al amparo de este anuncio, las empresas clasificadas serán convocadas mediante invitación sin que sea necesaria la publicación de anuncios específicos de cada una de ellas. Excepcionalmente, el requisito de clasificación podrá no ser exigido para la adjudicación de obras que, aún perteneciendo a los sectores y subsectores citados, tengan una cuantía, según presupuesto, de hasta 60.000 euros. 6. Información complementaria y documentación: Pueden ser obtenidas en la dirección indicada en el apartado 1.

7. Otras informaciones: Evaluación continua: La puntuación de clasificación de los proveedores o su condición de proveedor ya clasificado como consecuencia de las diversas pruebas realizadas no debe considerarse invariable en el tiempo. Estas puntuaciones podrán verse afectadas en función de las alteraciones en sus sistemas, así como por los resultados de sus relaciones con el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, basadas en los planes de mejora establecidos y en el análisis de méritos y deméritos, como consecuencia de la prestación de servicios o suministros. Esta licitación se rige por la Ley 48/98 de 30 de diciembre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y las telecomunicaciones, del Estado Español.

Madrid, 7 de febrero de 2005.-El Director General de Planificación de Capacidad y Mantenimiento de Infraestructura. Fdo.: Manuel Sánchez Doblado.

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