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Documento BOE-B-2005-58077

Anuncio del Presidente del Pleno de la Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional por el que se ordena la publicación del trámite de audiencia al denunciado en varios expedientes iniciados ante este órgano.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 9 de marzo de 2005, páginas 2037 a 2037 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2005-58077

TEXTO

La Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional se encuentra tramitando, en ejercicio de la competencia atribuida por el apartado quinto de la Orden PRE 361/2002, de 14 de febrero (BOE n.º 46, de 22 de febrero), los expedientes referenciados a continuación:

Ref. 238, año 2004, teléfono denunciado: 807 50 53 06, prestador del servicio de tarificación adicional: Promociones Telefónicas 7806 Dapy´s, S. L., de Elche (Ali-cante).

Ref. 339, año 2004, teléfono denunciado: 806 40 10 58, prestador: Buendía Utrilla, Lucas, de Elche (Alicante). Ref. 340, año 2004, teléfono denunciado: 806 40 10 59, prestador: Buendía Utrilla, Lucas, de Elche (Alicante). Ref. 410, año 2004, teléfono denunciado: 807 50 53 62, prestador: Comercial y Servicios Técnicos Integrales 2000, S. L., de Elche (Alicante). Ref. 438, año 2004, teléfono denunciado: 807 50 53 73, prestador: Promociones Telefónicas 7806 Dapys´s, S. L., de Elche (Alicante). Ref. 475, año 2004, teléfono denunciado: 806 46 66 79, prestador: Konkurenz Invest, S. L., de Alfaz del Pí (Alicante). Ref. 476, año 2004, teléfono denunciado: 806 46 67 41, prestador: Promociones Telefónicas 7806 Dapy´s, S. L., de Elche (Alicante). Ref. 489, año 2004, teléfono denunciado: 807 54 38 95, prestador: Promociones Telefónicas 7806 Dapy´s, S. L., de Elche (Alicante).

Los mencionados expedientes se encuentran actualmente en fase de trámite de audiencia al denunciado, el cual ha sido intentado dos veces, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el domicilio de los interesados, conocido mediante los datos facilitados por el operador del servicio de red de tarificación adicional.

Habiendo sido infructuosas las notificaciones a las que se alude en el párrafo anterior, procede realizar el trámite de audiencia a los prestadores de los servicios de tarificación adicional denunciados en los expedientes arriba señalados, a través de publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. En su virtud, esta Presidencia de la Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional, resuelve:

Efectuar la comunicación de trámite de audiencia a los prestadores de los servicios de tarificación adicional denunciados, en los expedientes de referencia, mediante el procedimiento previsto en el artículo 59.4 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 4 de febrero de 2005.-El Presidente de la Comisión de Supervisión de los Servicios de Tarificación Adicional, José Antonio Muñoz Ruiz.

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