El Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Teruel, por Orden de la Dirección General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón, hace saber que, como consecuencia de la caducidad de determinados registros mineros, han quedado francos sus terrenos. En el anexo se detallan dichos registros, además de otros de la Sección B) que han quedado caducados. Este Servicio Provincial, en aplicación de los artículos 53 y 27 de la Ley de Minas, de 21 de julio de 1973, convoca concurso de los comprendidos en esta provincia y, en su caso, quedan incluidas aquellas cuadrículas mineras que, comprendidas entre más de una provincia, su mayor superficie pertenece a esta de Teruel. Asimismo, en concordancia con el artículo 98.2 de! Reglamento General para el Régimen de la Minería, Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, las cuadrículas mineras cuya extensión superficial sobrepase las líneas limítrofes de la Comunidad Autónoma de Aragón quedarán reducidas en la parte que sobrepasen dichos límites. Las solicitudes, que se ajustarán a lo establecido en el artículo 72 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, de 25 de agosto de 1978, así como al artículo 41.1 en su caso, se presentarán en el Registro General, situado en la Plaza de San Juan n° 5, en las horas de registro, dirigidas al Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Teruel, Sección de Minas, durante el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la presente publicación. Las solicitudes que se presenten deberán ser independientes para cada uno de los derechos mineros y serán rechazadas las que comprendan mayor superficie que la convocada. El resguardo acreditativo de la fianza provisional que debe incluirse en el primer sobre será referido a las cuadrículas mineras que se solicitan. Asimismo contendrán certificación de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Los solicitantes podrán complementar su solicitud con toda la documentación que estimen necesaria que permita valorar las condiciones científicas y técnicas y las ventajas económicas y sociales de sus propuestas, y más concretamente la calidad técnica y adecuación del proyecto de investigación o de aprovechamiento en su caso, la concreción y viabilidad del proyecto empresarial subsiguiente, la solvencia técnica del solicitante, la viabilidad financiera del proyecto de investigación o de aprovechamiento, la previsión de creación de empleo y riqueza en la zona, las condiciones de respeto al medioambiente y de afección a otros valores y usos del territorio, así como las condiciones previstas de seguridad y salud. En el caso de concurrencia de solicitudes sobre una misma superficie se elegirá aquella que ofrezca las mejores condiciones científicas y técnicas y las mayores ventajas económicas y sociales, de acuerdo con lo antes expuesto, y siendo por ello la que permita contar con las mayores garantías con respecto al cumplimiento del proyecto presentado. Para recursos de la Sección B) también será valorable el aprovechamiento racional de las aguas, la viabilidad del proyecto y los efectos socioeconómicos en la zona. Al adjudicatario del concurso que de forma no justificada incumpla el proyecto de investigación presentado para el mismo, o el proyecto de aprovechamiento en su caso, se le podrá iniciar expediente de caducidad del Permiso de Investigación o de la Autorización de aprovechamiento, de acuerdo con lo establecido en el Título VII del Reglamento General para el Régimen de la Minería. La mesa de apertura de solicitudes se constituirá a las doce horas de la mañana del vigésimo día siguiente hábil a la expiración del plazo anteriormente citado, a contar desde la publicación más tardía, ya sea en el BOE o en el BOA. Si dicho día coincidiera con sábado, se efectuará al siguiente día hábil. En dicho acto se comprobará el cumplimiento del contenido del primer sobre, siendo posteriormente pública la apertura del siguiente. Podrán participar en la sesión pública quienes hubiesen presentado peticiones, o sus representantes debidamente acreditados. Obran en este Servicio, a disposición de los interesados, durante el horario de atención al público, los datos relativos a la situación geográfica de la superficie sometida a concurso.
El importe de inserción del presente anuncio será prorrateado proporcionalmente entre los adjudicatarios de este concurso.
En Teruel, a 30 de diciembre de 2004.-E1 Director del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Teruel.
ANEXO Relación de derechos mineros caducados que se cita |
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Nombre |
N° |
Sección |
Superficie |
Termino municipal |
C.E. La Julia |
313 |
D) Carbón |
30 Ha |
Rubielos de Mora |
P. I. Porvenir |
2573 |
D) |
20 C.M. |
Torre de Arcas y Monroyo (Te), Morella y Herbés (Cs) |
C.E. Dolores |
4116 |
D) Carbón |
107 Ha |
Rubielos de Mora |
C.E. Mary |
5197 |
C) Caolín |
144 Ha |
Molinos |
C.E. Ampliación a Mary |
5202 |
C) Caolín |
150 Ha |
Molinos |
C.E. El Castillo |
5246 |
C) Barita |
48 Ha |
Nogueras |
C.E. Ramón |
5291 |
C) Caolín |
255,68 Ha |
Alcorisa y Foz-calanda |
C.D. La Godina |
5373 |
B) Agua Minero-medicinal |
18 Ha |
Villarluengo |
P.I. Rillo 1 Fracción 1.ª |
5533 |
D) Carbón |
28 C.M. |
Las Parras de Martín y otros |
P.I. Fuenferrada 1 |
5548 |
D) Carbón |
77 C.M. |
Alpeñés, Fuenferrada, Martín del Rio y Pancrudo |
C.E. Ramón II |
5593 |
D) Carbón |
255,68 Ha |
Alcorisa y Foz-calanda |
P.I. Los Ángeles |
5609 |
D) Carbón |
20 C.M. |
Aliaga e Hinojosa de Jarque |
P.I. El Nogueral |
5676 |
C) Roca Orn. |
7 C.M. |
Villarluengo |
P.I. Fernando |
5693 |
D) Carbón |
35 C.M. |
Bordón y Olocau del Rey (Te-Cs) |
P.I. San Miguel |
5703 |
C) Arcilla |
141 C. M. |
Las Cuevas de Cañart, Ejulve y Molinos |
P.I. Quilez Fracción 1 |
5747 |
C) Arcilla |
11 C.M. |
La Aldehuela |
P.I. Marta 1 |
5751 |
D) Carbón |
1 C.M. |
Portalrubio |
P.I. El Ventorrillo |
5876 |
C) Arcilla |
9 C.M. |
La Puebla de Valverde |
P.I. Galve III |
5899 |
C) Arcilla |
10 C.M. |
Galve |
P.I. Camarillas |
5907 |
C) |
39 C.M. |
Camarillas |
P.I. Aragón Fracción 1.ª |
5912 |
D) Carbón |
176 y 36 C.M. (212) |
Alcorisa, Berge, La Mata de los Olmos y Molinos |
P.I. Aragón Fracción 2.ª |
5913-10 |
D) Carbón |
121 y 76 C.M. (197) |
Alcorisa, Berge, Castellote, Molinos y Seno |
P. I. Aragón Fracción 2.ª |
5913-20 |
D) Carbón |
2 C.M. |
Castellote |
P.I. Saso |
5940 |
C) |
52 C.M. |
Alcorisa y otros |
P.I. Belén |
5951 |
C) Alabastro |
86 C.M. |
Albalate del Arzobispo, Híjar y Urrea de Gaén |
P.I. Leonardo Frac. 1.ª B |
5956 |
C) Alabastro |
10 C.M. |
Albalate del Arzobispo, Híjar y Urrea de Gaén |
P.I. Leonardo Frac. 2.ª |
5956 |
C) Alabastro |
39 C.M. |
Albalate del Arzobispo, Híjar y Urrea de Gaén |
P.I. Alejado |
5971 |
D) Carbón |
8 C.M. |
Castel de Cabra y Palomar de Arroyos |
P.I. Pinarueco |
5973 |
C) Arcilla |
12 C.M. |
Cañada de Benatanduz y Villarluengo |
P.I. Carrascosa |
5974 |
C) Arcilla |
4 C.M. |
Villarluengo |
P.I. Capellanía |
5975 |
C) Arcilla |
9 C.M. |
Cañada de Benatanduz y Fortanete |
P.I. Mosqueruela II |
5981 |
C) Caliza Ornamental |
26 C. M. |
Mosqueruela y Puertomingalvo |
P.I. Puertomingalvo III |
5982 |
C) Caliza Ornamental |
113 C.M. |
Linares de Mora, Mosqueruela y Puertomingalvo |
P. L. Torreta |
5991 |
C) Caliza |
19 C.M. |
Cantavieja y La Iglesuela del Cid |
P.I. Nogueruelas |
5998 |
C) Arcilla |
34 C.M. |
Mora de Rubielos y Rubielos de Mora |
P.I. El Parral |
6005 |
C) Arcilla y Marga |
6 C.M. |
Fuentes de Rubielos |
P.I. Virgen de la Paz II |
6008 |
C) Alabastro |
169 C.M. |
Albalate del Arzobispo y Urrea de Gaén (Te); Lécera (Z) |
P. I. La Val |
6016 |
C) |
10 C.M. |
Castellote y Ejulve |
P.I. Encarna |
6041 |
C) Arcilla |
22 C.M. |
Beceite |
P.I. Otón |
6051 |
C) Arcilla |
20 C.M. |
Monforte de Moyuela y Blesa |
P.I. El Peral II |
6052 |
C) Arcilla |
8 C.M. |
Aliaga |
P.I. Santa Susana |
6084 |
C) Arenisca |
248 C.M. |
Alcañiz |
P.I. Fonfría |
6115 |
C) Caliza Ornamental |
35 C.M. |
Bea, Anadón, Allueva, Fonfría, Salcedillo y Segura de Baños |
P.I. Cerrallosa |
6117 |
C) |
202 C.M. |
Cantavieja, Cañada de Benatanduz, Fortanete, Pitarque, Tronchón y Villarluengo |
Manantial «Del Medio» |
- |
B) Agua Minero-medicinal |
- |
Ariño |
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