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Por resolución dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el recurso contencioso núm. 1/9/2005 interpuesto por Autopista Concesionaria Española, S.A. y otros, contra el Real Decreto número 2219/2004 de 26 de noviembre, por el que adoptan medidas en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 17/10/03 para el restablecimiento del equilibrio económico de los contratos de concesión, se ha acordado se proceda a emplazar ante esa Sala, por nueve días, conforme dispone el artículo 49 de la vigente Ley reguladora de esta Jurisdicción, a los posibles interesados en el mantenimiento del acuerdo o la resolución recurrida, que sean titulares de un derecho subjetivo o de un interés legítimo.
Madrid, 13 de abril de 2005.-El Subdirector General de Recursos, Isidoro Ruiz Girón.
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