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Documento BOE-B-2005-98061

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana referente a la expropiación forzosa para la realización de las obras de mejora del sistema de abastecimiento de la comarca de Azuaga (Badajoz). Adicional. Términos municipales de Hornachos y Llera (Badajoz).

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 25 de abril de 2005, páginas 3508 a 3508 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2005-98061

TEXTO

La Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, declara de interés general del Estado el Proyecto de "Mejora del sistema de abastecimiento de la Comarca de Azuaga (Badajoz)" y la urgencia a los efectos de ocupación de los bienes afectados a que se refiere el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, en la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, sobre Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. En cumplimiento de lo preceptuado en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y el 56 de su Reglamento, se convoca a los propietarios para el levantamiento de las correspondientes Actas Previas de Ocupación, que tendrá lugar los próximos días: 3, 6, 9 y 13 de mayo de 2005, a las nueve horas treinta minutos y a las once horas, en el Ayuntamiento de Hornachos (Badajoz), y 16, 20, 23 y 27 de mayo de 2005, a las nueve horas treinta minutos y a las once horas, en el Ayuntamiento de Llera (Badajoz). No obstante lo anterior, si algún afectado así lo solicita, el citado levantamiento se producirá en los propios terrenos a expropiar. A dicho acto podrán asistir los afectados personalmente, o bien representados por una persona debidamente autorizada, para actuar en su nombre. Aportarán la documentación acreditativa de la titularidad de los bienes objeto de expropiación (Certificado del Registro de la Propiedad, Escritura Pública o fotocopias compulsadas de esos documentos, así como los recibos del IBI de los dos últimos años, o fotocopias compulsadas de los mismos). Los afectados pueden hacerse acompañar a su costa de Perito y Notario si lo estiman oportuno. Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957, las personas que se consideren afectadas podrán formular por escrito, ante esta Confederación, hasta el momento del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir al relacionar los bienes afectados.

La relación de propietarios afectados se encuentra expuesta en el tablón de edictos de los Ayuntamientos citados.

Badajoz, 8 de abril de 2005.-El Secretario General, Diego de la Cruz Otero.

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