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Documento BOE-B-2006-100120

Resolución de 19 de abril de 2006, de la Secretaría General del Fondo de Garantía Salarial, por la que se hace público el Edicto referente al procedimiento seguido en los de Málaga a instancia del antedicho Organismo contra la Tesorería de la Seguridad Social y la entidad Comercializadora de Productos Textiles, S. A. sobre Tercería de Mejor Derecho.

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 27 de abril de 2006, páginas 4370 a 4370 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-B-2006-100120

TEXTO

Esta Secretaría General, en uso de las facultades legalmente conferidas, resuelve: Disponer la publicación del referido Edicto en el «Boletín Oficial del Estado»:

«Juzg. de 1.ª Instancia 13 de Málaga.

Tomás Heredia 26. Fax: 951 045412.Tel.: 951 045412-13. N.I.G.: 2906742C20040002426. Procedimiento: Proced. ordinario (N) 158/2004. Negociado: B. Sobre: Tercería de mejor derecho. De: Fondo de Garantía Salarial. Contra: Tesorería General de la Seguridad Social y Comercializadora de Productos Textiles, S. A.

Edicto. Cédula de notificación

En el procedimiento Proced. ordinario (N)158/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.º. 13 de Málaga a instancia de Fondo de Garantia Salarial, contra Tesorería General de la Seguridad Social y Comercializadora de Productos Textiles, S. A., sobre Tercería de mejor Derecho, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"Sentencia: En Málaga, a quince de septiembre de dos mil cinco.

Han sido vistos por don José Pablo Martínez Gámez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Trece de Málaga, los autos de Juicio Ordinario sobre Tercería de Mejor Derecho seguidos en este Juzgado con el número 158/2004-B a instancias del Fondo de Garantía Salarial, representado y defendido por el Letrado de dicho Organismo, frente a la Tesorería General de la Seguridad Social, representada y defendida por el Letrado de dicho Organismo, y frente a la entidad Comercializadora de Productos Textiles, S. A., que no se ha personado en los autos.

Fallo:

1. Se desestima íntegramente la demanda de mejor derecho interpuesta por el Fondo de Garantía Salarial frente a la Tesorería General de la Seguridad Social y la entidad Comercializadora de Productos Textiles, S.A.

2. Se condena al Fondo de Garantía Salarial al pago de las costas.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que habrá de prepararse mediante escrito presentado dentro del plazo de cinco días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución y en el que habrá de citarse la resolución que se apela y manifestarse la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamiento que se impugnan.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.-Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr. Magistrado Juez que la firma, en la Audiencia Pública del día de su fecha. Doy fe."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Comercializadora de Productos, S. A., extiendo y firmo la presente en Málaga a veintiuno de marzo de dos mil seis.-El/la Secretario.»

Madrid, 19 de abril de 2006.-El Secretario General, Juan Pedro Serrano Arroyo.

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