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Documento BOE-B-2006-110074

Anuncio de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Soria por el que se somete a información pública la solicitud de autorización de instalaciones y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública del proyecto «Addenda n.º 1 al Oleoducto Zaragoza-Torrejón de Ardoz», en la provincia de Soria.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 9 de mayo de 2006, páginas 4725 a 4727 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-B-2006-110074

TEXTO

De conformidad con lo establecido en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; en el artícu­lo 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 17 y 18 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, se somete a información pública el siguiente proyecto:

Peticionario: Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, S.A., con domicilio, a efectos de notificaciones, en Madrid (C.P.28045), Avenida Méndez Álvaro, 44, Edificio Laboratorio.

Objeto de la petición: Autorización de instalaciones y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública del Proyecto denominado «Addenda n.º 1 al Oleoducto Zaragoza-Torrejón de Ardoz», en la provincia de Soria. Descripción de las instalaciones: Estación de Protección Catódica de la posición de válvula VS-1412, situada en el término municipal de Arcos de Jalón; línea eléctrica a posición de válvulas n.º 1412, en el término municipal de Arcos de Jalón. El resto de las características generales del oleoducto no experimentan cambios respecto al proyecto original. Presupuesto: La ejecución del presente proyecto no supone variación alguna respecto al presupuesto del proyecto original. El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados. Afecciones a fincas de propiedad privada:

La afección a fincas de propiedad privada derivada de la construcción del oleoducto y sus instalaciones, se concreta en la siguiente forma: Uno.-Expropiación en pleno dominio de los terrenos sobre los que han de construirse las instalaciones fijas en superficie.

Dos.-Para las canalizaciones:

A) Imposición de servidumbre permanente de paso de hidrocarburos a lo largo del trazado de la conducción, sobre una franja de terreno de cuatro metros de anchura (4 m), dos (2 m) a cada lado del eje, por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del producto. Esta servidumbre que se establece estará sujeta a las siguientes limitaciones al dominio: 1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o labores similares a una profundidad superior a setenta centímetros (70 cm), así como de plantar árboles o arbustos de tallo alto a una distancia inferior a cinco metros (5 m) contados a partir del eje de la tubería o tuberías en zona rural y a una distancia inferior a dos metros (2 m), contados a partir del eje de la tubería en zona semiurbana.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de obra, construcción o edificación, así como de efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a diez metros (10 m) del eje de la tubería y a ambos lados de la misma zona rural, y a una distancia inferior a cuatro metros (4 m) contados a partir del eje de la tubería a ambos lados de la misma en zona semiurbana. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que en cada caso fije el Órgano competente de la Administración. 3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen. 4. Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

B) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, cubriendo la franja que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines. Tres.-Para el paso de los cables de conexión y elementos dispersores de protección catódica:

A) Imposición de servidumbre permanente de paso sobre una franja de terreno de un metro (1 m) de ancho, por donde discurrirán enterrados los cables de conexión que se requieran. Para los lechos dispersores de la protección catódica, la franja de terreno sobre la que se establece la servidumbre permanente de paso será la superficie de la propia instalación más una franja perimetral de un metro (1 m). Esta servidumbre estará sujetas a las siguientes limitaciones del dominio: 1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros (50 cm), así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a un metro y medio (1,5 m) contados a partir del eje del cable o cables o del límite de la instalación enterrada de los lechos dispersores, pudiendo ejercer el derecho de talar o arrancar los árboles o arbustos que hubiera a una distancia inferior a la indicada.

2. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

B) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, cubriendo la franja que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se podrá hacer desaparecer todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido y montaje de las instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines. Cuatro.-Para las líneas eléctricas:

A) Imposición de servidumbre permanente de paso sobre una franja de terreno de dos metros (2 m) de ancho a cada lado del eje de la línea y a lo largo de todo su trazado, lo que implicará el libre acceso de personal y elementos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

B) Imposición de una servidumbre permanente de vuelo en una franja vertical de quince metros (15 m) centrada en el eje de la línea. Esta servidumbre estará sujeta a las siguientes limitaciones:

1. Prohibición de levantar edificaciones o construcciones de cualquier tipo, ni efectuar acto alguno que pueda dañar el buen funcionamiento de la línea, a una distancia inferior a siete metros y medio (7,5 m) del eje de la línea de postes del tendido.

2. Prohibición de plantar árboles con altura máxima superior a cuatro metros (4 m), a una distancia inferior a tres metros (3 m) del eje de la línea de postes del tendido. 3. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

C) Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, cubriendo la franja que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de la expropiación, y en la que se podrá hacer desaparecer todo obstáculo, así como realizar las obras necesarias para tendido y montaje de las instalaciones y elementos anexos, ejecutando las obras u operaciones precisas a dichos fines.

Lo que se hace público para conocimiento general y para que quienes se consideren afectados puedan examinar el proyecto en esta Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación de Gobierno de Soria, sita en esta ciudad, calle Alfonso VIII, 2 (C.P. 42003), y presentar por triplicado las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio. Los planos parcelarios podrán ser igualmente consultados en los Ayuntamientos afectados.

Soria, 29 de marzo de 2006.-El Jefe de la Dependencia de Industria y Energía, Joaquín María de la Fuente León.

RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS

Proyecto: Addenda n.º 1 al Oleoducto Zaragoza-Torrejón. Provincia de Soria

Protección catódica. Posición de válvulas n.º 1412

Término municipal de Arcos de Jalón

Finca

Titular - Dirección - Población

SE

SP

OT

POL

PAR

Naturaleza

SO-AJ-82DPC

María Pérez Sebastián. Las Heras. Aguilar de Montuenga

25

50

30

5375

Labor secano.

SO-AJ-82/1DPC

Miguel Rodríguez Rodríguez. Aguilar de Montuenga

26

52

30

5372

Pastos.

SO-AJ-82/2DPC

José Rodríguez Lozano. C/ Guillermo Marconi, 1, 1.º Zaragoza

25

50

30

5370

Pastos.

Línea eléctrica a posición de válvulas n.º 1412

Término municipal de Arcos de Jalón

Finca

Titular - Dirección - Población

Apoyo

SE

SP

OT

POL

PAR

Naturaleza

SO-AJ-1LE

Ayto. de Arcos de Jalón. Avda. la Constitución, 1. Arcos de Jalón

1 y 2

24

163

326

17

5.078

Monte bajo.

SO-AJ-2LE

Fidel Aguilar Roldán. Avda. Madrid, 11. Arcos de Jalón

0

56

112

17

925

Monte bajo.

SO-AJ-3LE

Ayto. de Arcos de Jalón. Avda. la Constitución, 1. Arcos de Jalón

0

4

8

0

0

Camino.

SO-AJ-4LE

Aguilar Martínez Arcos de Jalón SC. Avda. Madrid, 9. Arcos de Jalón

3, 4 y 5

12

265

530

17

941

Labor secano.

SO-AJ-5LE

Ayto. de Arcos de Jalón. Avda. la Constitución, 1. Arcos de Jalón

6

4

111

222

17

10.945

Monte bajo.

SO-AJ-6LE

Jesús María Palacios Aguilar. Plza. Pilar, 4. Arcos de Jalón

7

4

145

290

17

957

Labor secano.

SO-AJ-7LE

Ayto. de Arcos de Jalón. Avda. la Constitución, 1. Arcos de Jalón

8

4

50

100

17

10.958

Labor secano.

SO-AJ-8LE

Ayto. de Arcos de Jalón. Avda. la Constitución, 1. Arcos de Jalón

0

8

16

0

0

Camino.

SO-AJ-9LE

Antonio Alonso del Molino y Hnos. Desconocido

9

4

150

300

17

971

Labor secano.

SO-AJ-10LE

Ayto. de Arcos de Jalón. Avda. la Constitución, 1. Arcos de Jalón

10, 11, 12 y 13

16

377

754

17

5.093

Monte bajo.

SO-AJ-11LE

Ayto. de Arcos de Jalón. Avda. la Constitución, 1. Arcos de Jalón

0

7

14

0

0

Camino Chaorna.

SO-AJ-12LE

Ayto. de Arcos de Jalón. Avda. la Constitución, 1. Arcos de Jalón

14 y 15

8

222

444

17

5.220

Monte bajo.

SO-AJ-13LE

Gil Chamarro Marco. Cno. Almaluez, s/n. Arcos de Jalón

16

4

154

308

17

5.219

Labor secano.

SO-AJ-14LE

Servicio Territorial de Medio Ambiente. Plza. Mariano Granados, 1. Soria

17

4

68

136

0

0

Vía pecuaria.

SO-AJ-15LE

Águeda Molino Valverde. Desconocido

18

4

139

378

17

5.231

Labor secano.

SO-AJ-16LE

Ayto. de Arcos de Jalón. Avda. la Constitución, 1. Arcos de Jalón

0

16

32

17

5.230

Labor secano.

SO-AJ-17LE

Ayto. de Arcos de Jalón. Avda. la Constitución, 1. Arcos de Jalón

0

4

8

0

0

Camino .

SO-AJ-18LE

Petra Casado Casado. C/ Brunete, 1. Arcos de Jalón

0

29

58

17

5.233

Monte bajo.

SO-AJ-19LE

Aguilar Martínez Arcos de Jalón SC. Avda. Madrid, 9. Arcos de Jalón

19

4

45

90

17

5.235

Labor secano.

SO-AJ-20LE

Hilaria Roldán Casado y Hno. C/ Félix Cid, 7. Arcos de Jalón

0

50

100

17

5.234

Labor secano.

SO-AJ-20LEBIS

Emilio Marco de León. C/ Medio, 7. Almaluez

0

50

100

17

5.234

Labor secano.

SO-AJ-21LE

Nemesio García Casado. C/ Peñas, 12. Aguilar de Montuenga

20

4

130

260

30

489

Labor secano.

SO-AJ-22LE

Julio César Esteban Menes. C/ Antonio Machado, 10, 3.º A. Arcos de Jalón

0

2

4

30

490

Labor secano.

SO-AJ-23LE

Ayto. de Arcos de Jalón. Avda. la Constitución, 1. Arcos de Jalón

0

3

6

0

0

Camino.

SO-AJ-24LE

Aurora Rodríguez Bartolomé. C/ Las Eras, 9. Aguilar de Montuenga

21

4

98

196

30

685

Labor secano.

SO-AJ-25LE

Teresa Santamaría Bartolomé. C/ La Fuente, s/n. Aguilar de Montuenga

22

4

100

200

30

5.306

Monte bajo.

SO-AJ-26LE

Ayto. de Arcos de Jalón. Avda. la Constitución, 1. Arcos de Jalón

0

4

8

0

0

Camino.

SO-AJ-27LE

Fidel Legido Menes. C/ Campanario, s/n. Aguilar de Montuenga

23

4

40

80

30

684

Labor secano.

SO-AJ-28LE

Comunidad de Vecinos de Aguilar. C/ Extrarradio, s/n. Aguilar de Montuenga

0

39

78

30

5.324

Pastizal ribera.

SO-AJ-29LE

Confederación Hidrográfica del Ebro. P.º Sagasta, 24-28. Zaragoza

0

11

22

0

0

Arroyo.

SO-AJ-30LE

Comunidad de Vecinos de Aguilar. C/ Extrarradio, s/n. Aguilar de Montuenga

0

30

60

30

5.323

Pastizal ribera.

SO-AJ-31LE

Comunidad de Vecinos de Aguilar. C/ Extrarradio, s/n. Aguilar de Montuenga

24

4

27

54

30

5.325

Labor secano.

SO-AJ-32LE

Ayto. de Arcos de Jalón. Avda. la Constitución, 1. Arcos de Jalón

0

6

12

0

0

Camino.

SO-AJ-33LE

Marisol Monge Esteban y Hnos. C/ Ntra. Señora de Begoña, 34, 1.º Madrid

0

41

82

30

5.331

Monte bajo.

SO-AJ-34LE

Manuela Bartolomé Casado. C/ Numancia, 7. Arcos de Jalón

0

14

28

30

5.333

Monte bajo.

SO-AJ-35LE

Manuela Bartolomé Casado. C/ Numancia, 7. Arcos de Jalón

25

4

48

96

30

5.334

Monte bajo.

SO-AJ-36LE

Consuelo Rodrigalvarez Casado. C/ Virgen Milagrosa, 3, 3.º C. Irún

0

36

72

30

5.336

Monte bajo.

SO-AJ-37LE

Pilar Santamaría Rodrigalvarez. C/ Santa Inés, 12. Soria

0

27

54

30

5.341

Monte bajo.

SO-AJ-38LE

Alejandro del Molino Benito. C/ Virgen de la Roca, 1. Madrid

0

12

24

30

5.342

Monte bajo.

SO-AJ-39LE

Consuelo Rodrigalvarez Casado. C/ Virgen Milagrosa, 3, 3.º C. Irún

26

4

89

178

30

5.346

Monte bajo.

SO-AJ-40LE

Luis Esteban León y Hna. C/ Soledad, 14. Aguilar de Montuenga

0

47

94

30

5.347

Monte bajo.

SO-AJ-41LE

Teresa Santamaría Bartolomé. C/ La Fuente, s/n. Aguilar de Montuenga

27

4

39

78

30

5.350

Monte bajo.

SO-AJ-42LE

José Rodríguez Rodríguez. C/ Las Eras, 4. Aguilar de Montuenga

0

26

52

30

5.361

Monte bajo.

SO-AJ-43LE

Vicente Pérez del Amo y Hnos. C/ Calvo Sotelo, 2. Arcos de Jalón

28

4

73

146

30

5.382

Monte bajo.

SO-AJ-44LE

Feliciana Pascual Santamaría. C/ Mariano Castillo, 7. Zaragoza

0

67

134

30

5.381

Monte bajo.

SO-AJ-45LE

María Soledad Abadía Benito. C/ Celso Emilio Fe, 6. Zaragoza

29

4

31

62

30

5.380

Monte bajo.

SO-AJ-46LE

Adelaida Rogríguez Casado. C/ Medio, 3. Velilla de Medinaceli

0

39

78

30

5.385

Monte bajo.

SO-AJ-47LE

Antonio Sobrino del Molino. C/ Antonio Machado, 2, 2.º B. Arcos de Jalón

0

55

110

30

5.379

Monte bajo.

SO-AJ-48LE

Rafael García Rodríguez. Desconocido.

30

4

49

98

30

5.378

Monte bajo.

SO-AJ-49LE

Ayto. de Arcos de Jalón. Avda. la Constitución, 1. Arcos de Jalón

0

5

10

0

0

Camino.

SO-AJ-50LE

Antonio Sobrino del Molino. C/ Antonio Machado, 2, 2.º B. Arcos de Jalón

0

27

54

30

10.594

Labor secano.

SO-AJ-51LE

Ascensión Casado Velamazán. C/ Luis Ibarra Landete, 33, 1.º B. Guadalajara

0

25

50

30

5.376

Monte bajo.

SO-AJ-52LE

Demetrio Benito Rodríguez. C/ Jorge Manrique, 8, 4.º C. Zaragoza

0

16

32

30

5.367

Monte bajo.

SO-AJ-53LE

Josefa Rodríguez Santamaría. C/ Reollo, s/n. Aguilar de Montuenga

31

16

4

10

30

5.372

Labor secano.

Abreviaturas utilizadas: SE: m2-Expropiación en dominio; SP: m.l.-Servidumbre de paso; OT: m2-Ocupación temporal; POL: Polígono; PAR: Parcela.

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