El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Castellón, en su sesión celebrada el 9 de mayo de 2006, en uso de las facultades que le confiere el artículo 40.5.ñ) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (modificada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, y por la Ley 48/2003, de 26 de noviembre), a propuesta de la Dirección, acordó otorgar, la concesión administrativa para la construcción y explotación de un complejo de ocio y convenciones en el área de servicio del Puerto de Castellón. Las condiciones por las que se regula dicha concesión, aceptadas por el peticionario, son las siguientes:
Superficie: 49.640 m.2
Objeto: Construcción y explotación de un complejo de ocio situado en el área de servicio del Puerto de Castellón. Plazo: Treinta y cinco años. Tasa por ocupación privativa del dominio público portuario: 428.929,31 €/año. Tasa por aprovechamiento especial del dominio público portuario en el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios: La aplicación del 2% sobre el volumen de negocio con un volumen mínimo anual de 3.250.000 €. Tasa por servicios generales: De acuerdo con lo establecido en el artículo 29 y disposición transitoria sexta de la ley 48/2003.
Dichas tasas se considerarán para el año 2006.
Lo que se hace público de conformidad a lo previsto en el artículo 110.7 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General.
Grao de Castellón, 6 de junio de 2006.-El Presidente, Juan José Monzonís Martínez.
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