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Documento BOE-B-2006-142071

Anuncio del Comisionado para el Mercado de Tabaco sobre expediente de extinción de la concesión de la expendeduría de tabaco y timbre número 130013, sita en el término municipal de Ciudad Real (Ciudad Real), por no estar al corriente de las obligaciones tributarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 15 de junio de 2006, páginas 6275 a 6275 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2006-142071

TEXTO

No habiéndose podido notificar a D. Daniel Loro y Perez-Pedrero en Pasaje Comercial Gutiérrez Ortega, 1 Ciudad Real (Ciudad Real) el acuerdo de expediente de extinción de la concesión, se procede a transcribir íntegramente el texto del acto:

«Expediente de extinción de la concesión de la expendeduría de tabaco y timbre Número 130013 sita en el término municipal de Ciudad Real (Ciudad Real) por no estar al corriente en las obligaciones tributarias.

Con fecha de 12 de diciembre de 2005 este Comisionado notificó que se tenía constancia de las siguientes deudas tributarias devengadas y no pagadas, que se encontraban en periodo ejecutivo:

Número de solicitud

Tipo de deuda

Año

Importe

0102000001827

Tarifa.

2000

300,51

0106000001332

Canon.

2000

240,4

0599010005042

Canon.

2001

649,09

0599020006729

Canon.

2002

925,56

0599030008711

Canon.

2003

817,37

0599040010192

Canon.

2004

925,55

0599050010590

Canon.

2005

817,37

Por todo ello, se resolvió iniciar expediente de extinción de la concesión otorgada a Loro y Pérez-Pedrero, Daniel titular de la Expendeduría de tabaco y timbre número 130013 sita en el término municipal de Ciudad Real, por no estar al corriente en las obligaciones tributarias. Asimismo, se concedió, de conformidad con el artícu­lo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, un plazo de quince días para que dentro del mismo se pudiera examinar el expediente y presentar los escritos, documentos y pruebas que en derecho proceda y el interesado estimara convenientes.

El artículo 30 del Real Decreto 1199/1999, de 9 de julio, por el que se desarrolla la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria establece como causa de extinción de las concesiones de expendedurías de tabaco y timbre, entre otras, la concurrencia de las circunstancias a que se refiere el artículo 26 del citado Real Decreto. Dentro de dichas circunstancias se incluiría el no estar al corriente de las obligaciones tributarias (artículo 26.1.e).1.º del citado Real Decreto, en relación con el artículo 20.f) del Texto Refundido de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas). En este sentido, establece el artículo 13 del Reglamento General de la Ley de contratos de las Administraciones públicas que se considera al corriente en las obligaciones tributarias aquel que no tenga deudas tributarias con el Estado en periodo ejecutivo. Habiendo abonado el interesado todas las deudas objeto de reclamación, regularizando su situación tributaria, no se encontraría incurso en el supuesto de extinción del artículo 30 del Real Decreto 1199/1999. Por ello, este Comisionado acuerda:

El archivo del expediente de extinción iniciado contra D. Daniel Loro y Pérez-Pedrero, al haber regularizado su situación.

La presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante el Sr. Ministro de Economía y Hacienda en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de Enero.»

Lo que se publica para que sirva de notificación al interesado/a, según lo previsto en el artículo 59.4 de la ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 20 de abril de 2006.-El Presidente del Comisionado, Felipe Sivit Gañán.

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