Al no haberse podido practicar la notificación personal a los interesados, conforme dispone el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en aplicación de lo dispuesto en el mismo artículo, deben publicarse, a efectos de notificación, los acuerdos de inicio de expedientes de revocación de ayudas al estudio. Durante el plazo de diez días, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio, los interesados tendrán a su disposición los expedientes, para que, de acuerdo con el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, aleguen y presenten los documentos y justificantes que estimen pertinentes ante la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa (Sección de Verificación y Control), calle de Torrelaguna, número 58, 28027 Madrid. Teléfono: 91 377 83 73.
Concepto: Revocación de ayudas al estudio. Acuerdos de inicio-Educación especial
Nombre y apellidos: Javier Kraj Álvarez. NIF: 28.337.834-V. Importe: 1.378,80. Curso: 2003-2004. Responsable solidario: María Ángeles Álvarez Martínez. NIF: 28.337.834-V. Domicilio: Calle de Guadalquivir, número 30, 4.º C. Localidad y provincia: 41002 Sevilla.
Madrid, 8 de junio de 2006.-La Subdirectora General de Becas y Promoción Educativa, Amalia I. Gómez Rodríguez.
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