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Documento BOE-B-2006-160152

Resolución de la Subdirección General de Energía, Sección de Instalaciones Eléctricas, de 15 de mayo de 2006, por la que se otorga a la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S. L., la autorización administrativa y, en concreto, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de una instalación eléctrica en el término municipal de Santa Susanna (exp. 05/21964).

Publicado en:
«BOE» núm. 160, de 6 de julio de 2006, páginas 7268 a 7269 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2006-160152

TEXTO

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, SL, con domicilio social en la av. Paral·lel, 51, de Barcelona, solicitó ante la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Trabajo e Industria la autorización administrativa y, en concreto, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea de 110 kV de dos circuitos con derivación a la nueva SE Santa Susanna desde el apoyo T-80 de la línea Calella-Tordera, en el término municipal de Santa Susanna (Maresme). En cumplimiento de los trámites que establecen el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, y el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud mencionada ha sido sometida a un período de información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC núm. 4480, de 30.9.2005; en el BOE núm. 223, de 29.9.2005, y en el diario La Vanguardia del 3.10.2005. Paralelamente al trámite mencionado en el párrafo anterior, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 144 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se ha comunicado esta información a los ayuntamientos de los términos municipales donde radican los bienes o derechos afectados por la instalación, para su exposición al público por un período de 20 días, para que puedan comprobar la existencia de errores en la relación mencionada y formular las alegaciones que sean procedentes de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del citado Real decreto. Considerando que la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S. L., no ha podido llegar a un acuerdo con todos los propietarios afectados por esta instalación eléctrica, se les ha notificado esta información individualmente, para que puedan formular las alegaciones que sean procedentes. Dentro del plazo otorgado, uno de los propietarios afectados, el señor Armand Urrutia i Agraz, presidente de Enfermería Evangélica de Barcelona, presenta las alegaciones que se resumen a continuación:

Solicita un trazado alternativo, ya que ante la previsión de una posible venta el precio del terreno afectado se vería reducido.

Que la tala de árboles causará un grave impacto ambiental. Que para la indemnización de los daños y perjuicios causados por la servitud y la ocupación temporal de la línea eléctrica pide una compensación económica de 20.000 euros.

Estas alegaciones han sido contestadas por la empresa solicitante, Endesa Distribución Eléctrica, S. L., que manifiesta lo siguiente:

El trazado de la línea es el más directo y, por tanto, el más corto hasta la subestación, y otro trazado más largo afectaría igualmente a las zonas de bosque.

Al tratarse de suelo no urbanizable, no se puede prever la edificabilidad del terreno afectado por la línea y, en consecuencia, la demanda del crecimiento urbanístico no se puede materializar en este terreno. La valoración de los perjuicios causados por la servidumbre de la línea forma parte de la compensación económica y tendrá en cuenta los pinos afectados y los condicionantes producidos en la finca. Se está negociando con los propietarios afectados para evitar la expropiación. De acuerdo con lo que prevé el artículo 146 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se solicitó un informe a la Agencia Catalana del Agua y a Telefónica, S. A., cuyos condicionados son aceptados por la empresa beneficiaria, y al Ayuntamiento de Santa Susanna, que, con la reiteración previa, no se ha manifestado, por lo que se entiende su conformidad. Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, resuelvo:

1. Autorizar la línea eléctrica aérea de 110 kV de dos circuitos con derivación a la nueva SE Santa Susanna desde el apoyo T-80 de la línea Calella-Tordera a la empresa Endesa Distribución Eléctrica, S. L., en el término municipal de Santa Susanna (Maresme).

2. Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y derechos afectados que fueron sometidos a información pública en el Anuncio publicado en el DOGC núm. 4480, de 30.9.2005, y comporta las afecciones que en él se describen y las que hayan podido surgir o modificarse en la tramitación de este expediente. 3. Aprobar el proyecto de ejecución de esta instalación, con las características técnicas siguientes:

Descripción general: en este proyecto se contempla la alimentación con un circuito de 110 kV de la nueva subestación Santa Susanna realizando una entrada y salida desde la línea existente Calella-Tordera. Esto se realizará substituyendo el apoyo T-80 de esta línea por uno nuevo diseñado para dos circuitos, y se crearán así dos nuevas líneas, que se llamarán Calella-Santa Susanna y Santa Susanna-Tordera. La nueva línea de dos circuitos constará de un solo tramo desde el nuevo apoyo T-80 hasta el nuevo apoyo T-1 de final de línea en el interior de la SE Santa Susanna.

Descripción del trazado: la nueva entrada y salida tiene su inicio en el nuevo apoyo T-80, de tipo GE-15 m, que sustituirá al actual de la línea Calella-Tordera. Este apoyo se ubicará justo al lado del apoyo existente y mantendrá el trazado actual de la línea. Se orientará alineada a la actual Calella-Tordera de manera que los extremos de las crucetas queden en el eje longitudinal de la línea. Así se consigue mantener la alineación existente y se pueden derivar los circuitos entrante y saliente hacia el nuevo apoyo T-1. La nueva línea de dos circuitos en la SE Santa Susanna se desviará 310.º 32' a la izquierda respecto a la línea Calella-Tordera, llegará hasta el nuevo final de línea T-1, de tipo GE-19 m, y de éste se dirigirá hacia el pórtico de la SE Santa Susanna. Entre el apoyo T-1 y el pórtico habrá 14,1 metros de separación, por lo que, para evitar problemas de separación entre conductores en este tramo, el apoyo T-1 se orientará perfectamente encarado al pórtico. El eje longitudinal del apoyo T-1 quedará a 20.º 18' del eje del tramo con el apoyo T-80. La longitud de la nueva línea será de 202 m, y se instalarán 2 nuevos apoyos finales de línea. En la línea actual Calella-Tordera también hay extendido un cable compuesto tierra-óptico de tipo OPGW de 48 fibras, por lo que en la nueva línea hasta el pórtico de la SE Santa Susanna se extenderá también un cable de las mismas características, con 48 fibras ópticas. Para efectuar la derivación de este cable también se instalará una caja de derivaciones para cable OPGW en el nuevo apoyo T-80 y una caja de empalmes para fibra óptica en el pórtico de la SE Santa Susanna. Línea a construir.

Longitud en metros: 202.

Tensión nominal en kV: 110. Número y tipo de circuitos: 2 simples. Número y tipo de conductores: 6 LA-455 de Al-Ac. Número y tipo de cable a tierra: 1 OPGW 48f. Disposición de los conductores: hexágono irregular. Tipo de apoyo y material: apoyos tipo G de acero galvanizado. Número de apoyos: 2. Tipo de aislador y material: 100 kN 110 kV de Composite.

Línea a retensar.

Longitud en metros: 734.

Tensión nominal en kV: 110. Número y tipo de circuitos: 1 simple. Número y tipo de conductores: 3 LA-455 de Al-Ac. Número y tipo de cable a tierra: 1 OPGW 48f. Disposición de los conductores: a tresbolillo. Tipos de apoyo y material: apoyos tipo B de acero galvanizado. Finalidades: Aumento de potencia necesaria para cubrir la demanda y mejorar la calidad del suministro. Atender al mercado de zonas de alto crecimiento de demanda. Generar capacidad a las subestaciones del entorno que permitan atender nuevos crecimientos de mercado. Acercamiento de la transformación AT/MT en el mercado, con la consecuente mejora de calidad en las áreas de actuación del Plan Tramuntana y de influencia. Presupuesto: 84.788,73 euros.

Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo dispuesto en la normativa antes mencionada, así como en el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y está sometida a las condiciones especiales siguientes:

1. Las instalaciones deben realizarse de acuerdo con el proyecto técnico firmado por el ingeniero industrial Sr. Manuel Olea Gragera y visado por el Colegio de Ingenieros Industriales de Cataluña, con el núm. 304311, en fecha 16 de mayo de 2005, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.

2. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo que establecen el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación, aprobado por el Real decreto 3275/1982, de 12 de noviembre, y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobadas por la Orden ministerial de 18 de octubre de 1984; el Reglamento de líneas aéreas de alta tensión, aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre; la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad de las instalaciones industriales, y el resto de disposiciones de aplicación general. 3. La empresa titular es la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente. 4. El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada es de dos años a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. 5. La Dirección General de Energía y Minas podrá realizar, durante las obras y una vez finalizadas, las comprobaciones y las pruebas que considere necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de esta Resolución. 6. Con esta finalidad, el titular de la instalación comunicará al mencionado órgano administrativo el inicio de las obras, las incidencias dignas de mención que se produzcan durante la ejecución y su finalización. Junto con la comunicación del final de la obra se adjuntará el certificado de dirección y finalización de instalación que acredite que se ajustan al proyecto aprobado y que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas y, en su caso, se adjuntarán las actas de las pruebas realizadas. 7. La Administración dejará sin efecto esta autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y, en el supuesto de incumplimiento por parte del titular de la instalación, por las condiciones que esta impone. En este supuesto, la Administración, con la instrucción previa del expediente oportuno, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes. 8. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias que sean competencia de otros organismos o entidades públicos necesarios para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el director general de Energía y Minas (c. Provença, 339, 2.ª, 08037 Barcelona), en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y según la redacción de dicho artículo en la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Barcelona, 15 de mayo de 2006.-Josep María de Juan Capdevila, Jefe del Servicio de Energía Eléctrica.

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