Está Vd. en

Documento BOE-B-2006-163045

Resolución de 29 de mayo de 2006, de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Sevilla, por la que se otorga autorización administrativa, aprobación de proyecto y declaración de utilidad pública en concreto a la instalación denominada «modificación L.A.A.T. 15 KV, denominada Peña la Sal, con origen en S.E. El Romeral y final en apoyo número 4, sito en polígono 12, parcela 299, en el término municipal de Carmona (Sevilla)».

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 10 de julio de 2006, páginas 7400 a 7401 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2006-163045

TEXTO

Antecedentes de hecho

Primero.-Con fecha 31 de enero de 2006, don Fernando Diz-Lois Ruiz, en nombre y representación de la entidad mercantil «Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U.», con domicilio en avenida de la Borbolla, número 5, 41004 Sevilla, presentó en la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de Sevilla, solicitud de autorización administrativa, aprobación de proyecto y declaración, en concreto de utilidad pública de la línea eléctrica referenciada, para el establecimiento de la instalación que se cita, de acuerdo con el titulo VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, de desarrollo de la ley 54/1997, de 27 de noviembre del sector eléctrico.

A tal efecto, se adjuntaba el proyecto de modificación de la línea aérea de A.T. a 15 kv, entre la subestación El Romeral y final en apoyo número 4, sito en polígono 12, parcela 299, en el término municipal de Carmona (Sevilla) separatas para los organismos afectados: Excmo. Ayuntamiento de Carmona (Sevilla) y Departamento de Vías Pecuarias de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía en Sevilla, así como documento técnico y anejo de afecciones del proyecto, conteniendo la información indicada en el artículo 143 del Real Decreto 1955/2000, 1 de diciembre. Segundo.-De acuerdo con los artículos 130 y 144 del Real Decreto 1955/2000 así como los artículos 53 y 54 de la Ley 54/1997, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios que contenían la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados en el BOP de Sevilla número 82 de fecha 10 de abril de 2006, BOJA número 76 de fecha 24 de abril de 2006, BOE número 70 de fecha 23 de marzo de 2006 y anuncio en Diario de Sevilla, de fecha 21 de marzo de 2006, así como en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Carmona (Sevilla) desde el día 28 de marzo al 24 de abril de 2006, según certificación expedida por dicho Ayuntamiento, período en el que no consta que se hayan presentado alegaciones. Tercero.-De acuerdo con los artículos 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000 y el artículo 53 de la Ley 54/1997, fueron notificados los Organismos y Entidades que pudieran ser afectados en sus bienes y servicios, remitiéndose separatas a efectos de su conformidad u oposición, así como al establecimiento del condicionado técnico procedente, a: Excmo. Ayuntamiento de Carmona y Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería Medio Ambiente, Vías Pecuarias. El 19 de mayo de 2006 tuvo entrada en esta Delegación Provincial escrito de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla, Sección de Patrimonio y Vías Pecuarias, en el que se indica que «la línea eléctrica subterránea de media tensión afecta a la vía pecuaria denominada Cordel de las Barcas o de Alcolea o del Alcachofal», así como que actualmente «se está tramitando el oportuno expediente de ocupación», siguiendo el trámite establecido en el reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dándose traslado al solicitante. El 24 de mayo de 2006 tuvo entrada en esta Delegación Provincial escrito del Excmo. Ayuntamiento de Carmona, en el que se indica que «no existe inconveniente para la autorización de las instalaciones» y «No hay condicionado técnico a su instalación», dándose traslado al solicitante. Asimismo, por el secretario del Ayuntamiento se certifica la exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Carmona de la información pública indicada en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000 desde el 28 de marzo al 24 de abril de 2006, período en el que no consta que se hayan presentado alegaciones. Cuarto.-Durante el período de información pública, no se han producido alegaciones a la citada instalación.

A los anteriores antecedentes de hecho, le corresponden los siguientes.

Fundamentos de Derecho

Primero.-Esta Delegación Provincial es competente para resolver sobre la citada Autorización Administrativa, Aprobación del Proyecto y Declaración en Concreto de Utilidad Pública para el establecimiento de la instalación que se cita, según lo dispuesto en el artículo 13.14 de la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía de Andalucía; los Reales Decretos 1091/1981, de 24 de abril, y 4164/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas; Ley 6/1983 del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como los Decretos del Presidente de la Junta de Andalucía 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías de la Junta de Andalucía, y 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, así como en la resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de instalaciones eléctricas en las delegaciones provinciales de Innovación, Ciencia y Empresa.

Segundo.-Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, así como la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999; Ley de Expropiación Forzosa de 16 de noviembre de 1954 (BOE de 27 de noviembre de 1954), la Ley 10/1966 sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas (BOE número 67, de 19 de marzo de 1966), y el Decreto 2619/1966 (reglamento que desarrolla la ley de Expropiación Forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas). Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial, a propuesta del Servicio de Industria, Energías y Minas, resuelve:

Primero.-Otorgar autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y declaración de utilidad pública en concreto de la instalación denominada «Modificación de línea aérea de alta tensión a 15 kv, con origen en la subestación El Romeral y final en apoyo número 4, polígono 12, parcela 299 en el término municipal de Carmona (Sevilla)», a los efectos señalados en el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, y del artículo 52 de la ley de Expropiación Forzosa, a Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., cuyas características principales son: Denominación de la instalación: Modificación de línea eléctrica aérea de alta tensión a 15 kv, con origen en subestación El Romeral y final en apoyo número 4, polígono 12, parcela 299, en el término municipal de Carmona (Sevilla).

Finalidad de la instalación: Evacuación energía planta solar fotovoltaica en Carmona (Sevilla). Término municipal afectado: Carmona (Sevilla). Origen: Subestación «El Romeral». Final: Apoyo número 4, polígono 12, parcela 299. Longitud: 1,26 km aérea-0,11, subterránea. Tensión nominal: 15 kv. Tipo: Aérea-Subterránea, D/C. Conductor: LA-110-RHZ1 12/20 kv. Apoyos: Metálicos. Aisladores: LA U40BS. Presupuesto: 73.937,90 euros. EXP: 243.580 R.A.T.: 104.816.

Segundo.-Antes de proceder a la puesta en servicio de las instalaciones se deberá tener en cuenta lo siguiente:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado y con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.

2. Conforme al artículo 131.10 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el plazo de puesta en marcha será de dos años, contados a partir de la fecha de notificación de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin que el peticionario hubiese obtenido, previa solicitud por razones justificadas, prórroga del mismo, se producirá la caducidad. 3. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros organismos, y sólo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación. 4. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio. 5. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación. 6. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas por ella. En tales supuestos, la administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se derive, según las disposiciones legales vigentes. 7. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionamientos que han sido establecidos por administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al titular de la instalación.

Tercero.-En el expediente expropiatorio, la entidad mercantil Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., asume la condición de beneficiaria.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente de notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por la ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 29 de mayo de 2006.-El Delegado Provincial, Francisco Álvaro Julio.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid