Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo previsto en la vigente legislación de Instituciones de Inversión Colectiva, se pone en conocimiento de todos los participes y del público en general:
Que con fecha 21 de diciembre de 2005, los órganos ejecutivos respectivos de Fortis Gesbeta, Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva, Sociedad Anónima y de Santander Investment, Sociedad Anónima, como entidades Gestora y Depositaria, respectivamente, de los Fondos absorbente y absorbidos, aprobaron, por unanimidad, el acuerdo de fusión por absorción de los mencionados Fondos de Inversión.
Que con fecha 9 de junio de 2006, la Comisión Nacional del Mercado de Valores ha autorizado el Proyecto de Fusión de los citados Fondos, presentado por ambas Entidades, en el que se recoge la fusión por absorción de Beta Crecimiento, Fondo de Inversión (Fondo absorbente) y Beta Euro Acciones, Fondo de Inversión y Beta Usa Acciones, Fondo De Inversión (Fondos absorbidos) , con disolución sin liquidación, del Fondo absorbido y transmisión en bloque de todos los activos y pasivos de los Fondos absorbidos al Fondo absorbente, sucediendo éste, a titulo universal en todos sus derechos y obligaciones a los Fondos absorbidos. Que se procederá a efectuar una refundición del Reglamento de Gestión del Fondo Absorbente (Beta Crecimiento, Fondo de Inversión) como consecuencia de la entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003 de fecha 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva. Que se procederá a modificar el Folleto explicativo del fondo absorbente a los efectos de adaptarlo a la nueva normativa; de incluir la nueva denominación del Fondo absorbente que pasará a denominarse Beta Renta Variable Global, Fondo de Inversión; de incluir a la nueva entidad delegada encargada de la gestión global de los activos del Fondo absorbente, Fortis Investment Management USA Inc; así como para suprimir del folleto y respecto de la comisión de depositaría, el límite máximo del 4 por mil sobre el patrimonio nominal del Fondo absorbente. Que los cambios referidos anteriormente no entrarán en vigor antes de un mes contando a partir de la publicación del presente anuncio o desde el envío de la comunicación individualizada a los participes, si esta se produjera en fecha posterior. Concretamente, la fusión se hará efectiva el día de la ejecución de la misma mediante la firma del correspondiente contrato entre las entidades Gestora y Depositaria de los Fondos implicados; la eliminación del folleto del límite máximo, respecto de la comisión de depositaria, del 4 por mil sobre el patrimonio nominal, se hará efectivo cuando se inscriba en la Comisión Nacional del Mercado de Valores el folleto actualizado y la gestión de Fortis Investment Management USA Inc, como entidad delegada encargada de la gestiçpn global de los activos del Fondo, se hará efectiva cuando se registre en dicha Comisión el correpondiente contrato de delegación.
Por último y dado que los Fondos fusionados no aplican comisiones de reembolso, los participes que lo deseen podrán rembolsar sus participaciones sin comisión de reembolso ni gasto alguno al valor liquidativo del día en que lo soliciten.
Madrid, 30 de junio de 2006.-Constantino Millán Minguell, Consejero-Delegado de la Entidad Gestora. 42.376.
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