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Documento BOE-B-2006-167142

Anuncio de la Subdelegación del Gobierno en Teruel, Dependencia de Industria y Energía, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento en concreto de la utilidad pública del proyecto de instalaciones «renovación del cable de telemando y teleproceso del gasoducto Caspe-Alcañiz», en las provincias de Zaragoza y Teruel.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 14 de julio de 2006, páginas 7636 a 7639 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-B-2006-167142

TEXTO

A los efectos previstos en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; en los artículos 78 y 96 del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, en relación con los artículos 17 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 56 de su Reglamento (Decreto de 26 de abril de 1957), se somete a información pública el proyecto cuyas características se señalan a continuación:

Peticionario: Enagas, S. A., con domicilio en Madrid, paseo de los Olmos, 19, C.P. 28005.

Objeto de la petición: Autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución, así como el reconocimiento de la utilidad pública del proyecto «Renovación del cable de telemando y teleproceso del gasoducto Caspe-Alcañiz», en las provincias de Zaragoza y Teruel. Descripción de las instalaciones: Consiste en la construcción de una canalización paralela al trazado existente del Gasoducto constituida por un bitubo portacable de polietileno de alta densidad de diámetro 40 mm y espesor 3 mm, donde posteriormente se alojará un cable dieléctrico de 64 fibras ópticas monomodo y cubierta tipo PKP, instalado por el método de «soplado» con una longitud total de 12.558 metros, de los que 1.999 discurren por el término municipal de Caspe, en la provincia de Zaragoza y 10.559, por el término municipal de Alcañiz, en la provincia de Teruel. Presupuesto: Asciende a la cantidad de doscientos veintiséis mil seiscientos treinta euros con veintisiete céntimos (226.630,27 €), de los que 39.399,82 €, corresponden a la provincia de Zaragoza, y 187.230,45 €, corresponden a la provincia de Teruel. El proyecto incluye planos parcelarios y la relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados. La afección a fincas particulares derivada de la ejecución del presente proyecto se concretará de la siguiente forma:

Para aquellas fincas donde se impuso una servidumbre permanente de paso con motivo de la construcción del gasoducto Caspe-Alcañiz:

A) Imposición de una nueva servidumbre permanente de paso, aumentando en dos metros (uno a cada lado del eje de la tubería) la servidumbre ya existente. Como resultado de esta nueva servidumbre, quedará constituida una servidumbre de cuatro (4) metros, por donde quedará alojado el nuevo cable de telemando y teleproceso y que quedará sujeta a las siguientes limitaciones: Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta (50) centímetros, así como de plantar árboles o arbustos de tallo alto a una distancia inferior a dos metros y medio a contar desde el eje de la tubería.

Prohibición de realizar cualquier tipo de obra, construcción, edificación; o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a diez (10) metros del eje de la tubería. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije el órgano competente de la Administración. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen. Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

B) Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines. Para aquellos casos en que por razones técnicas el tendido del nuevo cable no pueda discurrir en paralelo con el gasoducto existente:

A) Imposición de una servidumbre permanente de paso de cuatro (4) metros (dos a cada lado del eje del cable) por donde quedará alojado el cable de telemando y teleproceso y que estará sujeta a las siguientes limitaciones: Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta (50) centímetros, así como de plantar árboles o arbustos de tallo alto a una distancia inferior a dos metros y medio a contar desde el eje del cable.

Prohibición de realizar cualquier tipo de obra, construcción, edificación, o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a cinco (5) metros del eje del tendido del cable de telemando . Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije el órgano competente de la Administración. Libre acceso del personal y equipos necesarios para poder vigilar, mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen. Posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones.

B) Ocupación temporal, como necesidad derivada de la ejecución de las obras, de la zona que se refleja para cada finca en los planos parcelarios de expropiación. En esta zona se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos u operaciones precisas a dichos fines.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares afectados, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que puedan examinar el proyecto en esta Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno, sita en Teruel, plaza de San Juan, 5, 3.º, C.P. 44001, y en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno, sita en Zaragoza, Gran Vía, 3, 4.º, C.P. 50071, y presentar, por triplicado ejemplar, en cualquiera de dichos centros, las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio. Los planos parcelarios podrán ser, igualmente, consultados en los Ayuntamientos afectados.

Teruel, 22 de junio de 2006.-El Jefe de la Dependencia de Industria y Energía, Francisco José Romero Parrillas.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de este anuncio.

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