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Documento BOE-B-2006-180082

Anuncio del Instituto para la vivienda de las Fuerzas Armadas, sobre notificación requerimiento de desalojo por impago a Don Julio Antonio Ranallo Navarro.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 29 de julio de 2006, páginas 8261 a 8261 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-B-2006-180082

TEXTO

Deconociéndose el actual domicilio de Don Julio Antonio Ranallo Navarro, por no hallársele en el de la Avenida de Daroca n.º 324, portal 18, de Madrid, se hace saber que por la Subdirectora General de Gestión, (P. D. Res. 4/CO/38236/2004, de 2 de noviembre BOE n.º 277), del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, y en el expediente incoado en el ejercicio del desahucio de la vivienda, de cuyo contrato de cesión de uso es titular, se ha acordado con fecha 8 de junio de 2006, la apertura del correspondiente expediente de desahucio así como Requerimiento de pago, por importe de 1.049,65 euros, por concurrir la causa de resolución de contrato de vivienda militar contemplado en la letra a) («la falta de pago del cánon arrendaticio de uso o de las cantidades cuyo abono haya asumido o sean repercutibles al usuario, correspondientes a las tres mensualidades»), del artículo 10, párrafo 1.º de la Ley 26/1999, de 9 julio, de acuerdo con lo anterior se le requiere para que haga efectivo el pago en el plazo de ocho días ya que, en el supuesto de no proceder al pago en el plazo establecido, se procederá al desalojo de la vivienda en el plazo de un mes, ambos a contar a partir de la publicación del presente requerimiento, bajo apercibimiento de que se instruirá el procedimiento previsto en el artículo 10.4 a fin de obtener su efectividad. En todo caso, de no realizarse el pago en el plazo de los ocho días anteriormente concedidos y de lugar a dictarse la resolución decretando el desahucio, el importe de la deuda no atendída se verá incrementada en el recargo del 10%.

Madrid, 17 de julio de 2006.-La Jefa de la Subunidad, Cristina Úbeda Murillo.

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