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Documento BOE-B-2006-187082

Anuncio de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones por el que se hace pública la Resolución por la que se declara que la entidad Amigalia 2005, S. L., no reúne los requisitos para ser considerado como persona habilitada para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 7 de agosto de 2006, páginas 8633 a 8634 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-187082

TEXTO

No habiendo resultado posible la notificación a la entidad Amigalia 2005, S. L., como interesada en el expediente número 2006/715, por causas no imputables a esta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, se procede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a notificar por este medio que, con fecha 12 de junio de 2006, el Secretario de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones ha resuelto: «No tener por realizada la notificación a la que se refiere el artículo 6.2 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, efectuada por la entidad Amigalia 2005, S. L., por no reunir los requisitos establecidos en dicha Ley». Asimismo, se pone de manifiesto que contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de esta Comisión en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48, apartado 17, de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, la Disposición adicional cuarta, apartado 5, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 116 del la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de lo previsto en el número 2 del artículo 58 de la misma Ley.

El texto íntegro de la Resolución puede ser consultado en la sede de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, sita en la calle La Marina, 16-18, de Barcelona.

Barcelona, 25 de julio de 2006.-P. D. del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones de 18 de diciembre de 1997, B.O.E. núm. 25, de 29.01.1998. el Secretario de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, Jaime Almenar Belenguer.

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