Está Vd. en

Documento BOE-B-2006-189077

Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el «Estudio Informativo del proyecto de línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla La Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Tramo Elche-Murcia. Subtramo Elche-Beniel.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 9 de agosto de 2006, páginas 8741 a 8742 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2006-189077

TEXTO

1. Antecedentes

Con fecha 21 de diciembre de 1999 la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes aprobó técnicamente el «Estudio Informativo del Proyecto de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla la Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Acceso a la Región de Murcia. Tramo Elche-Murcia», siendo sometido a Información pública y Oficial entre los meses de diciembre de 1999 y abril de 2000, mediante publicación del anuncio en el B.O.E. de 23 de diciembre de 1999 y posterior rectificación de erratas en B.O.E. de 4 de febrero de 2000, de acuerdo con lo establecido en la legislación entonces vigente (Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto Legislativo 1302/86 de Evaluación de Impacto Ambiental (modificado por Real Decreto Ley 9/2000)). Como consecuencia de las alegaciones presentadas durante este proceso se desarrollaron diversas alternativas de trazado en el tramo Elche-Murcia, que se recogieron en un Documento Complementario. Con fecha 12 de septiembre de 2000 la Secretaría de Estado de Infraestructuras resolvió aprobar el «Documento Complementario al Estudio Informativo del Proyecto de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla la Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Acceso a la Región de Murcia. Tramo Elche-Murcia». Este documento Complementario fue sometido asimismo a Información Pública y Oficial entre los meses de septiembre y diciembre de 2000, mediante su publicación en el B.O.E. de fecha 15 de septiembre de 2000. En estos dos primeros documentos se estudiaron varias alternativas por distintos corredores (Norte, Norte-Sur y Sur). Tras la valoración de las alegaciones se descartaron todas las alternativas de los corredores Norte y Norte-Sur que, entre otros motivos, no permitían el mantenimiento de la centralidad de la estación de Murcia. Como consecuencia de ello se produjo la segregación de los últimos kilómetros de acceso a Murcia desde Beniel (corredor del Reguerón) ya que una vez tomada la decisión de ubicación de la estación, el tramo de acceso a Murcia era común a todas las soluciones posibles, lo que permitía adelantar su ejecución. La Declaración de Impacto Ambiental de este tramo la formuló la Secretaría General de Medio Ambiente con fecha 25 de julio de 2002 (B.O.E. de 22 de agosto). El expediente de información pública y definitivamente el Estudio Informativo correspondiente al acceso a Murcia fue aprobado por la Secretaría de Estado de Infraestructuras mediante resolución de 8 de octubre de 2002 (B.O.E. de 30 de octubre). Por otra parte, como consecuencia de las alegaciones sobrevenidas tras el segundo proceso de Información Pública, por parte de los ayuntamientos y organismos de regantes de la Vega Baja del Segura, corroborados por informes de la Generalidad Valenciana, que versaban sobre las posibles afecciones sobre el tradicional entramado agrícola y social de la Vega Baja de la alternativa de trazado denominada en el Estudio Informativo como Solución Sur, se consideró conveniente estudiar y desarrollar una nueva alternativa al sudeste de la anterior que no presentase los problemas percibidos por las Instituciones indicadas. Con fecha 3 de julio de 2002 la Secretaría de Estado de Infraestructuras aprobó técnicamente el «Estudio Informativo del Proyecto de la Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla la Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Acceso a la Región de Murcia. Tramo Elche-Murcia. Subtramo Elche-Catral-Beniel. Solución Sudeste». Este Estudio se sometió a Información Pública y Oficial entre los meses de agosto y octubre de 2002, mediante la publicación en el B.O.E. de fecha 1 de agosto de 2002. Durante ese proceso se recibieron 5.764 escritos correspondientes a 5.783 alegantes. Tras el análisis de las alegaciones presentadas a este documento se llegó a la conclusión de que existían serias dificultades para la realización de las soluciones estudiadas hasta ese momento y que no habían sido descartadas (soluciones Sur y Sudeste), además de provocar un impacto socio-económico sensible en la Vega Baja del Segura. Por estos motivos se estimó conveniente el desarrollo de un nuevo trazado que discurriese en la medida de lo posible por el corredor de la línea existente, minimizando los efectos negativos que supone la implantación de una nueva línea. Como consecuencia de ello se desarrolló el «Estudio Informativo del Proyecto de Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla la Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Tramo Elche-Murcia-Subtramo Elche-Beniel. Documento Complementario. Corredor Centro». Este documento fue aprobado técnicamente con fecha 19 de noviembre de 2003, y sometido al trámite de información pública y oficial mediante la publicación en el B.O.E. de 27 de noviembre, proceso en el cual se recibieron 13.477 alegaciones. Una vez analizadas las alegaciones presentadas a los dos últimos procesos de información Pública y Oficial (los correspondientes a las soluciones Sur, Sudeste y Corredor Centro), se elaboró el informe de alegaciones que, junto con el expediente de información pública y los propios Estudios Informativos, se remitieron con fecha 7 de noviembre de 2005 al Ministerio de Medio Ambiente solicitando la Declaración de Impacto Ambiental de la solución Corredor Centro, ya que, tras los contactos mantenidos con las Comunidades Autónomas de Valencia y Murcia se alcanzó finalmente un acuerdo para el desarrollo de esta solución, una vez se desarrollaron ajustes de trazado localizados en Beniel y Callosa de Segura para mejorar las características geométricas de la línea. El Estudio Informativo correspondiente al Corredor Centro estudia la solución óptima y la desarrolla, de una línea de Alta Velocidad entre Elche y Beniel que discurra en la medida de lo posible por el corredor de la línea existente, para poder minimizar las afecciones debidas a la nueva línea. Se trata de una línea ferroviaria en ancho U.I.C. apta para circulaciones en Alta Velocidad que comienza en la estación de Elche, prevista en el Estudio Informativo de la Línea de Alta Velocidad La Encina-Alicante/Elche, y termina en la conexión con el tramo del Acceso a Murcia, en el término municipal de Beniel. El tramo inicial entre la estación de Elche y la línea actualmente existente en los alrededores de El Realengo es de nuevo trazado. Desde ahí hasta Beniel la línea se proyecta anexa a la actual en la mayor parte posible del trazado, si bien cuenta con dos zonas definidas en variante por necesidades técnicas: una a la altura de Callosa de Segura, y otra desde el paso por la localidad de Beniel hasta el final de la actuación. Además, el Estudio Informativo incluye la duplicación (excepto el tramo correspondiente al túnel de Elche) en ancho U.I.C., así como la electrificación y señalización adecuada de la línea existente en el tramo entre El Realengo y el apeadero de Torrellano, donde conecta con el trazado previsto en el Estudio Informativo del Proyecto de Remodelación de la Red Arterial Ferroviaria de Alicante. La línea ferroviaria definida en el Estudio Informativo del Corredor Centro permite cerrar el trazado de la línea de Alta Velocidad de Levante en su conexión con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y forma parte asimismo del itinerario del corredor Mediterráneo. Además, los servicios de cercanías Alicante-Murcia compartirán la nueva infraestructura, lo que permitirá mejorar sensiblemente la calidad del servicio que prestan. La presente aprobación se refiere a la solución Corredor Centro, que es sobre la que se ha formulado Declaración de Impacto Ambiental. La actuación se desarrolla en las provincias de Alicante y Murcia.

2. Informe del servicio jurídico

El Abogado del Estado-Jefe, mediante escrito de fecha 17 de noviembre de 2005, ha informado que el expediente de información pública y oficial del «Estudio Informativo del Proyecto de Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla la Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Tramo Elche-Murcia- Subtramo Elche-Beniel» ha sido tramitado de acuerdo con la legislación en ese momento vigente.

3. Declaración de impacto ambiental

La Declaración de Impacto Ambiental, sobre el «Estudio Informativo del Proyecto de Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla la Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Tramo Elche-Murcia- Subtramo Elche-Beniel», que se incluye como anexo a esta aprobación, se ha formulado por la Secretaría General para la prevención de la contaminación y el cambio climático el 8 de junio de 2006, y se ha publicado en el B.O.E. de fecha 13 de julio de 2006. La Declaración de Impacto Ambiental se ha formulado sobre la solución denominada Corredor Centro con los ajustes de trazado localizados en Beniel y Callosa de Segura, propuesta como la alternativa óptima por la Dirección General de Ferrocarriles tras el acuerdo alcanzado sobre este extremo con las Comunidades Autónomas de Valencia y Murcia.

4. Informe de la Subdirección General de Planes y Proyectos

La Subdirección General de Planes y Proyectos elevó con fecha 19 de julio de 2006 la Propuesta de Aprobación del expediente de información pública y oficial y Aprobación Definitiva del «Estudio Informativo del Proyecto de Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla la Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. tramo Elche-Murcia- Subtramo Elche-Beniel».

5. Resolución

A la vista de todo lo expuesto, esta Secretaría de Estado resuelve lo siguiente:

Primero.-Aprobar el expediente de información pública y oficial y definitivamente el «Estudio Informativo del Proyecto de Línea de Alta Velocidad Madrid-Castilla la Mancha-Comunidad Valenciana-Región de Murcia. Tramo Elche-Murcia- Subtramo Elche-Beniel» seleccionando como alternativa a desarrollar en los sucesivos proyectos constructivos la solución Corredor Centro, sobre la cual el Ministerio de Medio Ambiente ha emitido la Declaración de Impacto Ambiental. Sobre el trazado sometido a Información Pública se producen dos ajustes de trazado en Beniel y Callosa de Segura, que tienen por objeto principal la mejora de las características geométricas de la línea. Estos ajustes son fruto del acuerdo alcanzado con las Comunidades Autónomas de Valencia y Murcia para el desarrollo de esta alternativa.

Segundo.-En los sucesivos Proyectos Constructivos que desarrollen la solución aprobada se tendrán en cuenta las prescripciones siguientes:

2.1 Las establecidas en el condicionado de la Declaración de Impacto Ambiental, cuya copia se incluye como anejo a esta aprobación.

2.2 Durante la redacción de los proyectos constructivos se tendrán en cuenta las consideraciones realizadas por la Confederación hidrográfica del Segura y se mantendrán los contactos necesarios con la misma para asegurar la coordinación en las posibles afecciones sobre elementos de su competencia. 2.3 En las fases posteriores, se mantendrán contactos con la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, a fin de coordinar las actuaciones ferroviarias y viarias a realizar en la zona de forma que se tengan en cuanta las recomendaciones efectuadas por dicha Dirección General en la alegación presentada al Estudio Informativo. 2.4 En las fases posteriores del Estudio se considerará la reposición de viales y servidumbres afectados. Durante la redacción de los proyectos constructivos se mantendrán contactos con los ayuntamientos, asociaciones y otros interesados para concretar con exactitud los caminos y pasos que haya que reparar o construir, así como prever la reposición de redes de riego, acequias y demás servicios afectados. 2.5 Los Proyectos de Construcción incluirán un estudio especifico de ruidos y vibraciones introducidos por la nueva infraestructura. Este estudio establecerá la aplicación de las medidas correctoras precisas (pantallas de ruido, doble acristalamiento, etc.) en caso de superarse, debido al ferrocarril los umbrales máximos admitidos, en lo que a ruido se refiere: 55 dB(A) en horario nocturno y 65 dB(A) en horario diurno, tanto en fase de obras como en fase de explotación. Estos umbrales son los habitualmente admitidos en la legislación europea al respecto. Si se comprueba que, como consecuencia del nuevo ferrocarril, esos niveles sonoros son superados en las proximidades de las edificaciones, se instalarán las pantallas antirruido adecuadas que hagan descender los niveles fónicos por debajo de los niveles antedichos. De este modo, queda asegurada la inexistencia de afecciones sobre la población por este motivo. 2.6 En las zonas en las que se prevea que puedan existir yacimientos arqueológicos se realizará, antes de iniciarse las obras, una campaña de reconocimiento, a fin de preservar el patrimonio artístico y cultural.

Tercero.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer ante la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Planificación, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Asimismo, en el plazo de dos meses, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo anta la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 26 de julio de 2006.-El Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, Víctor Morlán Gracia.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid