El plazo de Información Pública del Proyecto Constructivo se inició con la Resolución de fecha 7 de febrero de 2006, B.O.E. número 41 de fecha 17 de febrero de 2006, la cual fue precedida por la de fecha 9 de julio de 2003, B.O.E. número 174 de fecha 22 de julio de 2003, que iniciaba el plazo de Información Pública del Proyecto Básico. Posteriormente, ésta última, fue modificada por la Resolución de fe-cha 9 de enero de 2004, B.O.E. número 20, de fecha 23 de enero de 2004, por cuanto no se contemplaba en ésta la concentración parcelaria llevada a cabo en el término municipal de La Robla, quedando vigente lo en ella dispuesto para los restantes términos municipales de Pola de Gordón y Cuadros. Finalizado el plazo de información pública abierto a efectos de subsanar posibles errores que hubieran podido producirse en la relación de bienes, derechos y propietarios afectados por el expediente de referencia, este Ministerio, en virtud de lo dispuesto en el art. 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto fijar para el día 19 de septiembre de 2006 en el Ayuntamiento de Cuadros, para los días 19, 20 y 21 de septiembre en el Ayuntamiento de Pola de Gordón, y para los días 26, 27 y 28 en el Ayuntamiento de la Robla, el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación de los bienes y derechos de necesaria utilización para las obras, situados en los términos municipales de Cuadros, La Robla y Pola de Gordón. Independientemente de la citación de carácter personal, que se realizará a cada uno de los titulares de los bienes y derechos afectados, según lo establecido en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, se expondrán las relaciones completas de los mencionados propietarios en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en dos periódicos de máxima difusión en la provincia. Dicho trámite será iniciado en los Ayuntamientos de Cuadros, La Robla y Pola de Gordón, en los días y horas indicados, donde deberán comparecer los interesados con los documentos que acrediten tanto su identidad como la titularidad de los bienes y derechos que se expropian, tal y como establece el art. 3 de la LEF.
Madrid, 27 de julio de 2006.-La Ministra, P. D., el Director General de Ferrocarriles (Orden FOM/3564/2004, 19-10-04, BOE 3-11-04), Luis de Santiago Pérez.
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