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Documento BOE-B-2006-207069

Anuncio de información pública de la resolución de 9 de agosto de 2006, de la Delegación Provincial de la Consellería de Innovación e Industria en Lugo, por la que se somete a información pública el estudio impacto ambiental, autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública, aprobación del proyecto de ejecución y proyecto sectorial de las instalaciones que comprende el proyecto del «parque eólico de modificado Chan do Tenón Fase II: Reubicación de potencia modificado parque eólico de Fonsagrada en zona Monte Padró», promovido por Endesa Cogeneración y Renovables, S.A.U. (Expte.: 091-EOL).

Publicado en:
«BOE» núm. 207, de 30 de agosto de 2006, páginas 9596 a 9596 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Referencia:
BOE-B-2006-207069

TEXTO

Por resolución de 9 de agosto de 2006 de la Delegación Provincial de Lugo, a los efectos previstos en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre de evaluación de impacto ambiental para Galicia, Ley 54/1997, de 27 de noviembre del sector eléctrico, Título VII del Real-Decreto 1955/2000, art. 25 de Ley 10/1995 de ordenación do territorio de Galicia, Decreto 80/2000, de 23 de marzo por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal y Decreto 302/2001 por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Galicia, se ha sometido a información pública la solicitud de la empresa Endesa Cogeneración y Renovables, S.A.U., para el estudio ambiental, autorización administrativa, declaración, en concreto, de utilidad pública, que llevará consigo la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, y aprobación del proyecto de ejecución y del proyecto sectorial de las instalaciones que comprende el proyecto del parque eólico modificado Chan do Tenón Fase II: Reubicación de potencia modificado parque eólico de Fonsagrada en zona Monte Padró, con las siguientes características:

Peticionario: Endesa Cogeneración y Renovables, S.A.U.

C/ Fernando Casas Novoa, 37 portal B-3.º 15771-Santiago de Compostela. Situación: Ayuntamientos de Viveiro y O Vicedo (Lugo). Emplazamiento (coordenadas poligonales en unidades UTM):

V1(606.065,77; 4.833.321,35), V2(607.291,15; 4.835.047,89).

V3(609.119,46; 4.835.536,09), V4(610.544,50; 4.833.954,72). V5(610.544,50; 4.833.012,80), V6(608.884,53; 4.830.634,98). V7(607.028,70; 4.830.634,98).

Emplazamiento dos aerogeneradores (coordenadas poligonales en unidades UTM): V1(608.840,69; 4.833.569,38), V2(609.000,00; 4.833.425,00).

Características técnicas del parque eólico:

N.º de aerogeneradores: 2.

Potencia nominal unitaria: 2000 Kw. Diámetro de rotor: 89,6 m. Número de palas: 3. Altura de torre: 78 m. Potencia total: 4 MW. Producción neta anual estimada: 13.030 MWh/año. Presupuesto total: 2.396.686,20 pesetas.

Características técnicas de la infraestructura eléctrica de generación, transformación e interconexión:

2 aerogeneradores tipo 2000 kW de potencia nominal unitaria.

2 centros de transformación de 2100 kVA de potencia nominal unitaria y relación de transformación 0,69/30 kV, instalados unitariamente en interior de torre de cada aerogenerador con su correspondiente aparamenta de seccionamiento, maniobra y protección. Líneas de media tensión subterráneas para evacuación de energía a 30 kV, de interconexión entre centros de transformación 0,69/30 kV y la subestación transformadora 30/132 kV.

Afección a fincas particulares:

Accesos, viales interiores y canalizaciones para cableado: El área a expropiar será una franja de 12 metros, en régimen de servidumbre, en la cual está incluido el vial con sus respectivas cunetas y la zanja. En los casos en los que esta disposición no sea viable, y se deba proceder a la instalación de zanjas para cableado con trazado independiente al de los viales, se procederá a la expropiación de un área en servidumbre de paso, con un ancho de 10 metros.

Cimentación de aerogeneradores: El área a expropiar, en régimen de pleno dominio, será un área de 15 metros por 15 metros. Plataforma de montaje de aerogeneradores: El área a expropiar, en régimen de pleno domino, será de 50 por 32 metros cuadrados. Zona de vuelo del aerogenerador: El área a expropiar será en régimen de servidumbre. Subestación: El área a expropiar será en régimen de pleno dominio.

Lo que se hace público para conocimiento general y de los propietarios de las fincas y demas titulares afectados que no llegaron a un acuerdo con la entidad solicitante, y que figuran en el anexo de la citada resolución, así como de las personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados fuesen omitidos, para que puedan examinar el proyecto y presentar sus objeciones o alegaciones al mismo, en el plazo de 30 días hábiles, en esta Delegación Provincial sita en edificio administrativo Ronda da Muralla 70, (Lugo-27071).

Es de significar que esta publicación se realiza igualmente para los efectos determinados por el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cuando los interesados sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación no se pudiese realizar.

Lugo, 9 de agosto de 2006.-El Delegado Provincial, Ramón Jesús Cortés Máñez.

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