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Documento BOE-B-2006-231097

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la ampliación y reforma de la subestación a 400 kV de «Sentmenat», en el término municipal de Sentmenat y parcialmente en el de Castellar del Vallés, en la provincia de Barcelona, y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 231, de 27 de septiembre de 2006, páginas 10458 a 10458 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-231097

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes, número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la ampliación de la instalación arriba citada. Resultando que la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», ha sido sometida a información pública a los efectos establecidos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, no presentándose alegación ni oposición alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que la ampliación solicitada se realizará en los mismos terrenos ocupados por la actual subestación. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Sentmenat, en cuyo término municipal radica subestación, solicitando informe a los efectos previstos en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, el citado Ayuntamiento emite informe con reparos con fecha de 14 de septiembre de 2005, el cual es remitido a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», y contestado por escrito el 13 de octubre de 2005. Puesta en conocimiento del Ayuntamiento de Sentmenat dicha contestación, no se recibe respuesta, por lo que se entiende su conformidad con la misma, según lo dispuesto en el punto 4 del artículo 127 del real Decre­to 1955/2000. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Castellar del Vallés, en cuyo término municipal radica la subestación, solicitando informe a los citados efectos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, este emite informe favorable recibido el 27 de junio de 2005, el cual es remitido a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», quien toma razón del mismo en escrito de fecha 2 de septiembre de 2005. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a «Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada», con fecha 1 de abril de 2005, solicitando informe a los efectos previstos en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se recibe informe favorable el 27 de abril de 2005. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a la Dirección General de Urbanismo del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña, solicitando informe a los efectos urbanísticos y de ordenación del territorio establecidos en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, se recibe informe favorable fuera de plazo, con fecha 27 de octubre de 2005. Resultando que enviada separata del proyecto y solicitada conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo a la Diputación de Barcelona, y reiterada dicha petición el 27 de junio de 2005, no se recibe respuesta, por lo que se entiende su conformidad con la autorización de la instalación, según lo dispuesto en el punto 2 del artículo 127 del Real Decreto 1955/2000. Visto el informe favorable emitido por la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña. Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 26 de julio de 2006. Considerando que la instalación se encuentra incluida en la Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas 2002-2011 (Revisión 2005-2011) aprobada por el Consejo de Ministros el día 31 de marzo de 2006. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la Ley 13/2003, de 23 de mayo. Considerando que la ampliación-reforma de la subestación de referencia surge del incremento de potencia como consecuencia del desarrollo experimentado por el mercado en el área de Barcelona y la necesaria contribución al refuerzo del la red de la zona de Gerona, permitiendo, además, mejorar la seguridad y fiabilidad del sistema eléctrico, tanto a escala regional como nacional. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la ampliación y reforma de la subestación a 400 kV de «Sentmenat», en el término municipal de Sentmenat y parcialmente en el de Castellar del Vallés, en la provincia de Barcelona, que consisten básicamente en:

Nueva posición de línea de 400 kV: L/Can Barba 2 (calle 2). Nueva posición de línea de 400 kV: L/Bescanó (calle 13). Cambio de la protección principal y modificación de las comunicaciones en la posición de línea 400 kV L/Can Barba 1. Anulación de la actual posición de línea 400 kV L/Begues, que se quedará como reserva equipada, y ejecución de una conexión directa entrada-salida, entre la actual línea Begues-Sentmenat 400 kV y la Sentmenat-Canyet 220 kV (diseñada a 400 kV), que formarán parte de la nueva línea Pierola-Santa Coloma de 400 kV. Cambio de los equipos de teledisparo y de onda portadora, así como de los equipos de comunicación de la posición de línea de 400 kV L/Pierola. Anulación de la actual posición de línea 220 kV L/Manso-Figueres, que se quedará como reserva equipada.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la ampliación-reforma de la instalación que se autoriza, a los efectos previstos en el título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el capítulo V del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 1 de septiembre de 2006.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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