La Dirección General de Muface ha resuelto, con fecha 8 de junio de 2006, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y al no haberse podido practicar la notificación de requerimiento de pago de la Resolución de esta Dirección General, de fecha 22 de febrero de 2006, por abonos indebidos del Subsidio de Incapacidad Temporal, por la mutualista doña Blanca de Pedro Santamaría, con domicilio en Velázquez, 1, 3.º C, 28220 Majadahonda (Madrid), que se inserte en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, la notificación de requerimiento de pago, advirtiéndole que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento General del Mutualismo Administrativo, se le concede un plazo de quince días para proceder al abono de la cantidad adeudada, 88,20 euros, mediante ingreso en la cuenta número 9000-0001-20-020000698-7 abierta en Banco de España. Transcurrido dicho plazo sin haberse procedido al indicado ingreso, se dará curso al certificado de descubierto y se procederá a la recaudación en vía ejecutiva.
Contra la presente Resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Ministerio de Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a partir del día inmediato a la fecha de su publicación.
Madrid, 22 de septiembre de 2006.-La Directora General. María Ángeles Fernández Simón.
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