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Documento BOE-B-2006-238110

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a Gas Natural SDG, S. A, la línea eléctrica a 220 kV de evacuación de la energía generada en la futura central térmica de ciclo combinado de Málaga hasta la subestación de Los Ramos, en el término municipal de Málaga, y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 5 de octubre de 2006, páginas 10838 a 10839 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-238110

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación de Gobierno en Málaga, a instancia de Gas Natural SDG, S.A., con domicilio en Madrid, Avenida de América, n° 38, solicitando autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación que se cita. Resultando que la petición de Gas Natural SDG, S.A. ha sido sometida a información pública a los efectos previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el artículo 15 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, presentándose alegaciones durante el plazo reglamentario que se refieren básicamente al cambio de trazado propuesto, proponiendo alternativas, así como consideraciones referentes al Estudio de Impacto Ambiental, que son contestadas por la empresa peticionaria. Resultando que el anuncio de información pública fue expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Málaga, recibiéndose certificación acreditativa de su exposición durante el plazo reglamentario. Resultando que a los efectos previstos en los artículos 127 y 131 del citado Real Decreto 1955/2000 se enviaron separatas del proyecto a Red Eléctrica de España, S.A., Telefónica de España, a la Unidad de Carreteras en Málaga del Ministerio de Fomento, a la Empresa Municipal de Aguas de Málaga, a la Compañía Sevillana de Electricidad, S.A., a la Diputación Provincial de Málaga, al Excmo, Ayuntamiento de Málaga y a la Confederación Hidrográfica del Segura. Resultando que por parte de Red Eléctrica de España, S.A. se establecieron condicionados que son aceptados por Gas Natural SDG, S.A,, así como los que establece el Excelentísimo Ayuntamiento de Málaga. Resultando que Telefónica de España y la Empresa Municipal de Aguas de Málaga, S.A., manifiestan su conformidad al proyecto indicando que se les comunique el inicio de las obras, por la Confederación Hidrográfica del Sur, se informa favorablemente sobre la ejecución del Proyecto, así como por la Diputación Provincial de Málaga, y por la Unidad de Carreteras del Estado en Málaga se autorizan los cruzamientos y ubicación de apoyos, estableciendo unas condiciones de carácter general. Resultando que por la Compañía Sevillana de Electricidad se presentaron condicionados que fueron aceptados por la empresa peticionaria. Resultando que por D, Felipe Romero Lubias en representación del Parque Tecnológico de Andalucía, presenta alegaciones respecto a la ocupación deterrenos, solicitando modificar el trazado, siendo aceptado por Gas Natural SDG, S.A. Resultando que por Resolución de 8 de noviembre de 2005 de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático se formula Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de construcción de una central de ciclo combinado de 400 MW de potencia nominal eléctrica, que utilizará gas natural como combustible. Resultando que en la Declaración de Impacto Ambiental se encuentra incluida la línea a 220 kV de evacuación de la energía generada, que conectará la central con la subestación de Los Ramos en el término municipal de Málaga, considerándose adecuado ambientalmente el proyecto en el Estudio de Impacto Ambiental. Visto el informe favorable emitido por la Dependencia de Área de Industria y Energía de la Subdelegación de Gobierno en Málaga. Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 26 de julio de 2006. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a Gas Natural SDG, S.A., la línea eléctrica a 200 kV, de doble circuito, desde la central térmica de ciclo combinado de Málaga hasta la subestación de Los Ramos, cuyas características principales son: Tramo aéreo. Origen: Subestación de la central térmica de ciclo combinado.

Final: Apoyo n° 22 de entronque aéreo-subterráneo. Número de circuitos: Dos, en disposición doble bandera. Número de conductores por fase: Dos, tipo LARL-380 GULL AW, de 381 mm2 de sección total. Cables de tierra: Uno, con fibra óptica incorporada, tipo OPGW-24, de 17,5 mm de diámetro. Aislamiento: Cadenas de aisladores compuestos de goma de silicona. Apoyos: Metálicos, para doble circuito, formados por angulares de lados iguales de acero galvanizado, en estructura de celosía. Cimentaciones: De hormigón en masa, independientes para cada pata del apoyo. Puestas a tierra: En todos los apoyos mediante anillos de varilla de acero descarburado. Longitud: 8.154,09 m.

Tramo subterráneo:

Origen: Apoyo n° 22.

Final: Subestación a 220 Kv. de Los Ramos. Número de Circuitos: Dos, formados por ternas de cables unipolares enterradas a una profundidad de 1.100 mm, bajo tubos de PEAD de 250 mm de diámetro exterior, embebidos en bloques de hormigón. Conductores: de cobre de 2.000 mm2. Pantalla: Hilos de cobre en hélice. Aislamiento: Polietileno reticulado. Cubierta: Polietileno. Cable dieléctrico con fibra óptica: tipo OPSYCOM. Se realizará un conexionado de las pantallas directamente a tierra en los extremos de las mismas. Longitud: 1.237,16 m.

La finalidad de la línea es la de evacuar la energía generada en la central térmica de ciclo combinado de Málaga y su incorporación a la Red de Transporte en la Subestación de Los Ramos (Málaga).

2. Declarar, en concreto la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos previstos en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el limo. Sr. Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 14 de septiembre de 2006.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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