El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta, en su sesión ordinaria celebrada en fecha 13 de septiembre de 2006, en uso de las facultades que le confiere el art. 40.5.ñ) de la vigente Ley 27/92 de 24 de noviembre, modificada por la Ley 62/97 de 26 de diciembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, adoptó el acuerdo de autorizar a la Ciudad Autónoma de Ceuta (Consejería de Sanidad y Bienestar Social), en régimen de concesión administrativa la ocupación de 326 m2 de terreno e instalaciones de dominio público, con ubicación en la primera planta del antiguo edificio de la OTP en el muelle Cañonero Dato de la zona de servicio del Puerto de Ceuta, con destino a los fines sociales del Centro Asesor de la Mujer, en las siguientes condiciones:
Plazo: Veinte (20) años.
Tasas: Tasa por ocupación privativa del dominio público portuario = 5.445,74 euros anuales. Tasa de aprovechamiento especial en el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios = Exenta de acuerdo con el art. 17.2.a) de la Ley 48/03 de 26 de noviembre. Tasa por servicios generales, de acuerdo con la legislación vigente.
Lo que se publica para general conocimiento.
Ceuta, 20 de septiembre de 2006.-José Francisco Torrado López, Presidente.
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