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Documento BOE-B-2006-25081

Resolución de esta Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía en Sevilla autorizando y aprobando el establecimiento de la instalación eléctrica Modificación de la línea aérea 15(20) kV Subestación Sanlúcar-Castilleja del Campo, así como la Declaración en concreto de la Utilidad Pública de la misma, en el término municipal de Sanlúcar la Mayor.

Publicado en:
«BOE» núm. 25, de 30 de enero de 2006, páginas 918 a 918 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2006-25081

TEXTO

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincial por Endesa Distribución Eléctrica, Sociedad Limitada Unipersonal, en solicitud de autorización de la instalación eléctrica que se reseña a continuación y declaración, en concreto de utilidad pública de la misma, y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y la Sección I del Capítulo II, y el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Vistas las alegaciones formuladas por el siguiente afectado:

Don Carlos Infantes Alcón (en nombre y representación de la entidad mercantil Grupo Familiar Infantes, Sociedad Limitada: en las que en síntesis aduce error en la denominación de la titularidad de las parcelas afectadas, así como determinados defectos en la tramitación del procedimiento en tanto que no han sido consultados la totalidad de los Organismos afectados (en concreto Consejería de Obras Públicas y Transportes y Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor).

Asimismo realiza consideraciones sobre la necesidad de que el trazado de la línea se realice de forma subterránea, en base a ciertos criterios, entre ellos medioambientales. Por último realiza alegaciones sobre la improcedencia de declaración de la Utilidad Pública, en base al interés particular existente y a la exención de la misma por tratarse de una línea directa. Que en absoluto pueden ser estimadas, por cuanto:

1.º Que tal y como obra en el expediente administrativo, han sido consultados la totalidad de los Organismos afectados. En concreto, y en base a las alegaciones realizadas, la instalación proyectada dispone de informes favorables de la Consejería de Obras Públicas y Transporte de fecha 7 de octubre de 2004 y del Excelentísimo Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor de fecha 1 de julio de 2005.

2.º El trazado aéreo propuesto cuenta con informe favorable del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor, a efectos urbanísticos, así como informe favorable de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía mediante Resolución de 27 de julio de 2004. 3.º La instalación proyectada consiste en una instalación de distribución eléctrica, según lo establecido en el artículo 38.º del Real Decreto 1955/2000, no tratándose en ningún momento de una línea directa, y contando por tanto con la consideración de Utilidad Pública, e acuerdo con lo establecido en el artículo 52.1 de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico.

Esta Delegación Provincial, a propuesta de la Sección correspondiente y de acuerdo con la Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan determinadas competencias en materia de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de la citada Consejería, ha resuelto:

Primero,-Autorizar y Aprobar el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica referenciada cuyas características principales son: Peticionario: Endesa Distribución Eléctrica.

Domicilio: Avenida Diego Martínez Barrio, 2. Finalidad de la instalación: Mejorar el suministro eléctrico. Línea Eléctrica:

Origen: Subestación «Sanlúcar».

Final: Línea aérea existente «Subestación Sanlúcar-Castilleja del Campo». T.M. afectados: Sanlúcar la Mayor. Tipo: Subterránea-aérea. Longitud en Km: 0,375-2,210 D/C. Tensión en servicio: 15/20. Conductores: RHZ1 12/20 kv 240 mm² AI - LA-110. Apoyos: Metálicos. Aisladores: Cadena vidrio. Referencia: R.A.T: 13006EXP: 235021.

Segundo.-Declarar en concreto la Utilidad Pública, implicando ésta la Urgente Ocupación, según lo establecido en los artículos 53.º y 54.º de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y a los efectos señalados Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. Con las condiciones especiales siguientes:

1. La presente resolución habilita al titular a la construcción de la instalación proyectada.

2. Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación. 3. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuenta para su ejecución, las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido, las cuales han sido puestas en conocimiento y aceptadas por él. 4. Esta instalación, no podrá entrar en servicio mientras no cuente el peticionario de la misma, con la correspondiente Autorización de Explotación, que será emitida por esta Delegación Provincial, previo cumplimiento de los trámites que se señalan en el artículo 132.º del Real Decreto 1955/2000. 5. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen. 6. El titular de la instalación dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos a esta Delegación Provincial. 7. El plazo de puesta en marcha será de un año, contados a partir de la presente Resolución. 8. La Administración dejará sin efecto la presente Resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven, según las disposiciones legales vigentes.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excelentísimo Sr. Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa en el plazo de un mes contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.º de la Ley 4/1999, de 14 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 31 de octubre de 2005.-Delegado Provincial. Francisco Álvaro Julio.

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