Desconociéndose el actual domicilio de Don José Amador Páez García, titular del contrato de cesión de uso de la vivienda militar, por no hallársele en el de la calle Aviador Collar, n.º 4, 1.º Izquierda, de Figueras (Gerona), se le hace saber por esta Dirección General de este Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas, en las actuaciones previas al expediente que en su caso se incoe, que se ha dictado con fecha de 26 de julio de 2006, Requerimiento de desalojo, por la causa de resolución de contrato contemplada en el artículo 10.1.e) («Cuando la vivienda deje de estar destinada a satisfacer la necesidad de vivienda habitual o se utilice para actividades ajenas a dicho fin») de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de los miembros de las Fuerzas Armadas.
De acuerdo con lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la citada norma, mediante el presente escrito se le requiere para que proceda a desalojar voluntariamente la citada vivienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del mismo, dado que en caso contrario, al amparo de lo previsto en el artículo 10.4 de la Ley 26/1999, de 9 de julio, se incoará el correspondiente expediente administrativo de desahucio.
Madrid, 19 de octubre de 2006.-La Jefe de la Subunidad, Cristina Úbeda Murillo.
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